Efectivamente los embargos los ordena el juez en el momento en que le da curso a la demanda, no tiene que estar notificado el deudor porque los montos embargados no van directo al acreedor si no a la cuenta del juzgado.Creo que los embargos entran antes de..
Creo que las llamadas correos y mensajes siempre las hacen ..para que lleguen a un arreglo..y así cobrarles intereses.cargos administrativos etc...
Partiendo que los interese vencen al año..
La pulsean para que la gente pague algo y con ese pago la prescripción vuelve a cero. Muchas cobradoras llegan al punto de hacer ellos mismos un pago de 5 mil o menos a nombre del deudor cuando una cuenta esta cerca de prescribir .
La primera parte ya lo expliqué en el mensaje anterior. Con respecto a los cinco años no es así, cada título tiene cierto plazo de prescripción establecido por ley. Por ejemplo, letras y pagarés, cheques 4 años, prendas 4 años, hipotecas 10 años, tributos municipales 5 años, intereses por deuda mercantil 1 año, extremos laborales 1 año, etc.Si usted dice que le llegan correos usted esta siendo notificado asi que no espere que le prescriba nada, para que usted le prescriba una deuda no pueden haber llamadas notificaciones ni correos durante 5 años eso era en el pasado cuando solo existía el telefono.
en CR se puede embargar el salario, pregunta
Si se puede, lo que este por arriba del salario mínimo más o menos una octava parte es embargable.