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Wilas

Consulta sobre deuda

Creo que los embargos entran antes de..
Efectivamente los embargos los ordena el juez en el momento en que le da curso a la demanda, no tiene que estar notificado el deudor porque los montos embargados no van directo al acreedor si no a la cuenta del juzgado.

Creo que las llamadas correos y mensajes siempre las hacen ..para que lleguen a un arreglo..y así cobrarles intereses.cargos administrativos etc...
Partiendo que los interese vencen al año..

La pulsean para que la gente pague algo y con ese pago la prescripción vuelve a cero. Muchas cobradoras llegan al punto de hacer ellos mismos un pago de 5 mil o menos a nombre del deudor cuando una cuenta esta cerca de prescribir .

Si usted dice que le llegan correos usted esta siendo notificado asi que no espere que le prescriba nada, para que usted le prescriba una deuda no pueden haber llamadas notificaciones ni correos durante 5 años eso era en el pasado cuando solo existía el telefono.
La primera parte ya lo expliqué en el mensaje anterior. Con respecto a los cinco años no es así, cada título tiene cierto plazo de prescripción establecido por ley. Por ejemplo, letras y pagarés, cheques 4 años, prendas 4 años, hipotecas 10 años, tributos municipales 5 años, intereses por deuda mercantil 1 año, extremos laborales 1 año, etc.

en CR se puede embargar el salario, pregunta

Si se puede, lo que este por arriba del salario mínimo más o menos una octava parte es embargable.
 
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Mae a usted cómo que le cuesta la tabla del 1 verdad? ya no solo es que es ignorante si no necio.
 
Pero ustedes solo consejos y asesorías y nada de pruebas.
Jajaja osea le demostré incluso con sus propios mensajes, en donde estaba mamando citando en primera instancia una ley derogada y luego el error que comete al no revisar los artículos, que más quiere papito?
 
Lo de la ley derrogada es la ley que hace muchos años estaba vigente y luego se derrogo por una actual luego recuerdo que me envió a la UCR a consultar y ahora me encuento un articulo de la CIJUL con el logo del colegio y de la UCR en donde comentan sobre el tema.
 
Lo de la ley derrogada es la ley que hace muchos años estaba vigente y luego se derrogo por una actual luego recuerdo que me envió a la UCR a consultar y ahora me encuento un articulo de la CIJUL con el logo del colegio y de la UCR en donde comentan sobre el tema.
No dice nada esos prints de pantalla de algo que publicaron en el 2015.
 
la verdad que el consejo es para el que solicito el foro adicional que investigue bien ya no pierdo mas tiempo con otras personas que cada quien tome sus propias conclusiones.
 
la verdad que el consejo es para el que solicito el foro adicional que investigue bien ya no pierdo mas tiempo con otras personas que cada quien tome sus propias conclusiones.
Mal consejo le estás dando entonces, mejor pague o consulte asesoría gratuita antes de aconsejar, eso le evita quedar en ridículo aunque esto es un foro anónimo.
 
Mae ya hasta le dije tuvimos un caso en los juzgado por ese tema y con resolución de un juez, no lo publico por que es un tema de empresa. Asi que bueno ahi se lo dejo.
 

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