Los colegios de profesionales tienen algunas maneras de operar un poco distintas y otras reglas muy propias. Creo que en el caso del CFIA la colegiatura es para poder ejercer la profesión y que los diseños de cualquier profesional sean aceptados para revisión, consecutivo y registro en caso de responsabilidad civil.
Sé que el sector público exige estar incorporado al colegio respectivo, en el caso privado no necesariamente lo piden así, ya que el título es suficiente para ejercer la profesión, pero, y es donde creo está el detalle, si estando en una empresa privada y se ocupa de su firma para un plano o diseño no se lo aceptan en el CFIA por su morosidad si deja de pagar la colegiatura. Si trabaja en lo propio y se dedica a eso lo ocupa de manera obligatoria para firma de planos.
Usted dice que nunca ha trabajado, supongo que en alguna profesión que acoge ese gremio. Si no la ejerce, entonces es un desperdicio de dinero, pero si algún día lo ocupa le van a cobrar todas las cuotas y morosidad.