Estimad@s forer@s,
Soy primerizo en esto de los accidentes de transito. Sin embargo tengo 8 años de tener licencia.
Me pueden brindar algunas recomendaciones para ir declarar al Juzgado de Tránsito de Hatillo, ya que tuve un accidente con un taxista que me invadió el carril por la derecha y me daño las dos puertas del costado derecho y a el se le daño el bumper.
El taxista me dice que yo tengo la culpa por que me abrí mucho y para "conciliar" me pide que le pague ¢50.000,00 por el arreglo de él, pero la reparación de mi carro me sale en ¢230.000,00 y que lo haga por mi cuenta.
Este es el articulo que estaría violentando el taxista:
Ley 9078
ARTÍCULO 143.- Multa categoría A
d) Al conductor que adelante en curvas, intersecciones, cruces de ferrocarril, puentes, túneles, pasos a desnivel, por el espaldón, por el costado derecho.
Espero sus recomendaciones muchas gracias de antemano.
Soy primerizo en esto de los accidentes de transito. Sin embargo tengo 8 años de tener licencia.
Me pueden brindar algunas recomendaciones para ir declarar al Juzgado de Tránsito de Hatillo, ya que tuve un accidente con un taxista que me invadió el carril por la derecha y me daño las dos puertas del costado derecho y a el se le daño el bumper.
El taxista me dice que yo tengo la culpa por que me abrí mucho y para "conciliar" me pide que le pague ¢50.000,00 por el arreglo de él, pero la reparación de mi carro me sale en ¢230.000,00 y que lo haga por mi cuenta.
Este es el articulo que estaría violentando el taxista:
Ley 9078
ARTÍCULO 143.- Multa categoría A
d) Al conductor que adelante en curvas, intersecciones, cruces de ferrocarril, puentes, túneles, pasos a desnivel, por el espaldón, por el costado derecho.
Espero sus recomendaciones muchas gracias de antemano.