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Wilas

expediente en Archivo Judicial (San Joaquin)

Buenas noches, pregunta para abogadoesquivel o hnrLawyer, o algún otro forero que sepa:

que pasa cuando un expediente de cobro judicial (una deuda que fue declarada incobrable por un banco estatal) aparece ya el mismo como inactivo y enviado al archivo judicial en san Joaquín? quiere decir que ese expediente ya en definitiva no lo van a mover más, o lo pueden revivir en algún momento?

Yo fui notificado e intentaron embargarme en algún momento (en el año 2011) pero al parecer ya los abogados del banco tiraron la toalla... pero tampoco deseo confiarme

les adjunto imagen de cómo aparece el expediente:

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Saludos!
 

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Buenas noches, pregunta para abogadoesquivel o hnrLawyer, o algún otro forero que sepa:

que pasa cuando un expediente de cobro judicial (una deuda que fue declarada incobrable por un banco estatal) aparece ya el mismo como inactivo y enviado al archivo judicial en san Joaquín? quiere decir que ese expediente ya en definitiva no lo van a mover más, o lo pueden revivir en algún momento?

Yo fui notificado e intentaron embargarme en algún momento (en el año 2011) pero al parecer ya los abogados del banco tiraron la toalla... pero tampoco deseo confiarme

les adjunto imagen de cómo aparece el expediente:

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Saludos!

Hola

El proceso esta en archivo , archivo judicial de San Joaquin de flores, hubo prescripción, pasaron 4 años de inactividad , así lo establece el código de Comercio de Costa Rica .

Hay procesos civiles que prescriben a los 10 años y otros como es tu caso que es de tipo comercial que prescribió a los 4 años por inactividad procesal, y por eso se mando a guardar al archivo judicial de san Joaquin

saludos
 
Hola

El proceso esta en archivo , archivo judicial de San Joaquin de flores, hubo prescripción, pasaron 4 años de inactividad , así lo establece el código de Comercio de Costa Rica .

Hay procesos civiles que prescriben a los 10 años y otros como es tu caso que es de tipo comercial que prescribió a los 4 años por inactividad procesal, y por eso se mando a guardar al archivo judicial de san Joaquin

saludos

Creo que eso YA lo comprendimos, la pregunta es si eso podría "resucitar" de alguna forma, si existe algún peligro o en ese punto se es una persona "libre" de esa deuda
 
Esta en el archivo judicial , por inactividad o impulso procesal de las partes, esto no quiere decir que el proceso este prescrito, QUE QUEDE MUY CLARO, PORQUE VEO QUE UN FORERO INDICA QUE COMO ESTA EN SAN JOAQUIN, ES PORQUE EN EL CODIGO DE COMERCIO INDICA QUE ESTA PRESCRITO??????
Probable tenga algun vicio que algun experto en cobro judicial, pueda captar y presentar alegatos, por lo que tiene que ir usted a San Joaquin, y llevarlo donde el experto
 
Esta en el archivo judicial , por inactividad o impulso procesal de las partes, esto no quiere decir que el proceso este prescrito, QUE QUEDE MUY CLARO, PORQUE VEO QUE UN FORERO INDICA QUE COMO ESTA EN SAN JOAQUIN, ES PORQUE EN EL CODIGO DE COMERCIO INDICA QUE ESTA PRESCRITO??????
Probable tenga algun vicio que algun experto en cobro judicial, pueda captar y presentar alegatos, por lo que tiene que ir usted a San Joaquin, y llevarlo donde el experto

El expediente esta en archivo judicial , porque ahí custodian todos los expedientes inactivos :materia familiar, civil, comercial, Si usted es abogado debe entenderlo, y nada tiene q ver el Codigo de comercio , con la custodia de esos expedientes en ese lugar.

Es sabido que la prescripción de los 4 años la establece el Código de Comercio en materia COMERCIAL , y nada tiene que ver con la custodia en el archivo Judicial .
 
Creo que eso YA lo comprendimos, la pregunta es si eso podría "resucitar" de alguna forma, si existe algún peligro o en ese punto se es una persona "libre" de esa deuda

No no puede resucitar, esta prescrito . Para eso son las etapas procesales , lo que se hizo se hizo y lo que no pues no.
 
Probable tenga algun vicio que algun experto en cobro judicial, pueda captar y presentar alegatos, por lo que tiene que ir usted a San Joaquin, y llevarlo donde el experto

ok ahí es donde va la duda entonces, no me puedo dar por "liberado" porque el expediente este inactivo, si a los abogados del banco les da la gana pueden volver a tratar de embargarme...

Por el momento no me está creando ninguna afectación, ni me están embargando ni me tiene manchado ese banco, pero entonces debo fijarme cada cierto tiempo a ver si mueven ese expediente...

Pero si el expediente fue enviado al archivo judicial entonces quiere decir que el juez lo tiene en "abandono", y SUPONGO que es poco probable que al banco le interese mover ese expediente cuya deuda fue declarada incobrable. Puede ser que está en abandono porque no han liquidado intereses a pesar de haber sido yo notificado?
 
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No no puede resucitar, esta prescrito . Para eso son las etapas procesales , lo que se hizo se hizo y lo que no pues no.

Bueno hasta donde conozco, sería ilegal que un juez declare de oficio una deuda como prescrita, la prescripción la decide el juez producto de que la parte deudora lo solicite.

Yo no he solicitado la prescripción porque fui notificado en el 2011, el temor que tengo es que al banco se le ocurra liquidar intereses y eso interrumpe la prescripción,

lo que no estoy seguro y quizá si me pueden aclarar, es si tengo que esperar 4 o 10 años después de la notificación, para poder pedir la prescripción y que ya el banco en definitiva no pueda actuar?...

Gracias a tod@s por los aportes!
 
Bueno hasta donde conozco, sería ilegal que un juez declare de oficio una deuda como prescrita, la prescripción la decide el juez producto de que la parte deudora lo solicite.

Yo no he solicitado la prescripción porque fui notificado en el 2011, el temor que tengo es que al banco se le ocurra liquidar intereses y eso interrumpe la prescripción,

lo que no estoy seguro y quizá si me pueden aclarar, es si tengo que esperar 4 o 10 años después de la notificación, para poder pedir la prescripción y que ya el banco en definitiva no pueda actuar?...

Gracias a tod@s por los aportes!


Mantengo mi tesis y la sostengo y puedo pruebas, el hecho de que este en Flores, no quiere decir que este ni prescrito ni caduco, y se puede reactivar en cualquier momento,
 
ok eso ya lo tengo claro, mi duda ahora es:

para yo contratar un abogado y pedir la prescripción, cuanto tengo que esperar 4 o 10 años luego de ser notificado? He escuchado que si uno es notificado ya no son 4 años para prescribir sino 10, pero no tengo certeza de eso. Y también tengo claro que si el banco liquida intereses o solicita embargo se interrumpe la prescipción, pero bueno PARECIERA que ya no les interesa recuperar la cuenta... Pero como ahora hay tantas empresas dedicadas a comprar y luego cobrar este tipo de deudas viejas, uno nunca sabe...


Yo se que debo contratar un abogado para que analice el expediente, pero por eso busco info por acá, para hacer un cálculo a partir de cuando fui notificado y actuar. Y además para que la gente con situaciones similares si informe un poco...

Gracias y saludos!!
 
ok eso ya lo tengo claro, mi duda ahora es:

para yo contratar un abogado y pedir la prescripción, cuanto tengo que esperar 4 o 10 años luego de ser notificado? He escuchado que si uno es notificado ya no son 4 años para prescribir sino 10, pero no tengo certeza de eso. Y también tengo claro que si el banco liquida intereses o solicita embargo se interrumpe la prescipción, pero bueno PARECIERA que ya no les interesa recuperar la cuenta... Pero como ahora hay tantas empresas dedicadas a comprar y luego cobrar este tipo de deudas viejas, uno nunca sabe...


Yo se que debo contratar un abogado para que analice el expediente, pero por eso busco info por acá, para hacer un cálculo a partir de cuando fui notificado y actuar. Y además para que la gente con situaciones similares si informe un poco...

Gracias y saludos!!

varias cosas

cuando el expediente judicial tiene mas de 1 año en el juzgado sin actividad, lo menten en una lista para enviarlo conforme a esta a san joaquin al archivo judicial , aveces al año y un mes ya esta allá otras pasan 2 años y sigue en el juzgado , como dijo esquivel eso no quiere decir que este prescrito simplemente esta allá por una cuestión de espacio, en cualquier momento se puede reactivar


la prescripción para comercial es de 4 años
para civil de 10 años

La prescripción extintiva o liberatoria es aquella mediante la cual se pierde el derecho de ejercer una acción por el transcurso del tiempo. en otras palabras tienen que pasar 4 años sin que exista movimiento en el expediente para que pueda alegar prescripción
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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