¡Hola!
Quisiera exponer una inquietud respecto a los oficios de embargo. Les resumo el caso: Existe un caso en materia laboral dentro de un juzgado de menor cuantía el cual ya cuenta con la resolución por parte del juez. Actualmente el caso se encuentra en estado "Legajo de ejecución". En una manifestación verbal, se hizo solicitud al juzgado de enviar oficios de embargo a determinadas entidades donde la demandada tiene cuentas bancarias. Ahora bien, al momento en que las entidades reciban el oficio de embargo, ¿cuál es el procedimiento que siguen las entidades para llevar a cabo el embargo de cuentas? ¿De cuánto plazo cuenta la entidad para llevar a cabo el embargo? Supongamos que la demandada en el momento del embargo solo cuenta con $100 en las cuentas, a partir de hacerse oficial el embargo, ¿La cuenta quedará congelada aun después de que la demandada continue recibiendo depositos en la cuenta? ¿La entidad que recibe el embargo puede objetarse a llevar a cabo tal procedimiento?
Nota: espero que alguien formal y con conocimiento sólido en la temática me ayude a responder tales inquietudes.
Saludos.
Quisiera exponer una inquietud respecto a los oficios de embargo. Les resumo el caso: Existe un caso en materia laboral dentro de un juzgado de menor cuantía el cual ya cuenta con la resolución por parte del juez. Actualmente el caso se encuentra en estado "Legajo de ejecución". En una manifestación verbal, se hizo solicitud al juzgado de enviar oficios de embargo a determinadas entidades donde la demandada tiene cuentas bancarias. Ahora bien, al momento en que las entidades reciban el oficio de embargo, ¿cuál es el procedimiento que siguen las entidades para llevar a cabo el embargo de cuentas? ¿De cuánto plazo cuenta la entidad para llevar a cabo el embargo? Supongamos que la demandada en el momento del embargo solo cuenta con $100 en las cuentas, a partir de hacerse oficial el embargo, ¿La cuenta quedará congelada aun después de que la demandada continue recibiendo depositos en la cuenta? ¿La entidad que recibe el embargo puede objetarse a llevar a cabo tal procedimiento?
Nota: espero que alguien formal y con conocimiento sólido en la temática me ayude a responder tales inquietudes.
Saludos.