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Wilas

Consulta: Sobre horarios de trabajo y horas de almuerzo y café

batisex

ANÓNIMO
Hola de nuevo. Sigo yo con las consultas!

Les explico.

Hace un par de meses asumí la administración y operación de un condominio de playa de alrededor de 50 casas.

Cuando asumí el puesto, la Junta Administradora de Condóminos tenía apenas una semana de elegida, y una de las primeras acciones fue bajar costos.

En el lugar trabaja un muchacho que se encarga de todo el mantenimiento de las áreas comunes. Su jornada laboral era de 6am a 2 pm, horario normal, y de 2pm a 5pm se le pagaban tres horas extras. Además goza de un día libre a la semana.

La Junta Administradora decidió bajarle una hora extra y acordó que tomara una hora completa de almuerzo, por lo que el horario quedó: 6am a 10am horario normal, de 10am a 11am hora almuerzo, de 11am a 3pm horario normal y de 3pm a 5pm dos horas extras. Y siempre se le mantiene su día libre.

El muchacho inteligentemente hizo algunas consultas, no sé si en el Ministerio de Trabajo o por medio de otras personas, y dijo que ese cambio es ilegal, dado que el patrono está obligado a cubrir la hora de almuerzo, la cual debe de ser pagada. Por lo que yo entiendo, él estaría equivocado y de ahí surge mi duda: ¿Es legal lo que se hizo con el reajuste de su horario?

Saludos.
 
Loco para no entrar en detalles, existe el teléfono del ministerio de trabajo, usted llama le expone la situación, ellos lo asesoran le dicen las cosas como deben ser y así usted ni estafa ni se siente estafado, pues sigue las cosas como le indican el el ministerio o va directamente a alguna sucursal y allí lo atiende habiendo sacado cita

Aveces el informarse le evita sanciones o problemas mas adelante

suerte
 
Hasta donde entiendo dentro de la jornada laboral de 8 horas tiene que estar la hora de alimentacion ya sea 15y15 de cafe con 30 de almuerzo o la hora de almuerzo.
 
La hora de almuerzo va incluida en esa jornada de 8 horas, lo que quiere decir que se la deben dar si o si y pagada, no pueden descontarla de las 8 horas que trabaja el pobre esclavo. de paso después de 48 horas semanales lo que se trabaje de mas sobre eso es hora extra. ( de Lunes a Sábado X 8 horas = 48 horas)

Le están robando una hora al día porque el almuerzo se paga. tal como dice el compañero 15 minutos de mañana 15 de tarde y media hora de almuerzo o bien una hora completa a medio día para que coma la cual se paga y cuenta como hora laboral.
 
Por cierto, me parece que después de las 48 horas, la hora extra se paga a 1.5 en vez de tiempo normal, por lo que deberían pagarle esas 18 horas de trabajo como si fueran 27 horas laboradas extra


Saludos
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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