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Wilas

Contratada con 6 meses de embarazo

Bueno les comento. Estoy embarazada de 6 meses y fui contratada por una empresa. Resulta que pase por un proceso largo de reclutamiento e incluso una prueba de orina en un laboratorio, a la cual me presenté y elloa tomaron muestra de mi orina. Pensé que era una prueba de embarazo y que no me contratarian, y para mi sorpresa a la semana siguiente fui contratada. Mi barriguita es notoria, ellos miran mi pancita pero no me preguntan si estoy en cinta. E igual yo no lo menciono porque no quiero ser descriminada por ello. Estoy dando lo mejor de mi, pero pronto me tocará mi licencia, la cual por etica no pienso pedir, solo un permiso sin goce de sueldo de 40 días más o menos para reponerme de la cesárea. Mi consulta es, pueden hacer algun trámite legal ellos por haber ocultado mi estado?. Les agradezco la mayor sinceridad posible.
 
No sabria que decirte, pero estoy segura que notaron su embarazo, hable con el jefe digale que puede hacer y tratar de llegar a un acuerdo, tome la licencia si puede se el xq se lo digo, un niño en su primer año necesita dias para vacunas, control y si enferma. Necesitas esos dias de vacaciones
 
Ya esta contratada le toca por ley la licencia de maternidad no puede renunciar a ella.. Y el patrono menos...
 
Bueno les comento. Estoy embarazada de 6 meses y fui contratada por una empresa. Resulta que pase por un proceso largo de reclutamiento e incluso una prueba de orina en un laboratorio, a la cual me presenté y elloa tomaron muestra de mi orina. Pensé que era una prueba de embarazo y que no me contratarian, y para mi sorpresa a la semana siguiente fui contratada. Mi barriguita es notoria, ellos miran mi pancita pero no me preguntan si estoy en cinta. E igual yo no lo menciono porque no quiero ser descriminada por ello. Estoy dando lo mejor de mi, pero pronto me tocará mi licencia, la cual por etica no pienso pedir, solo un permiso sin goce de sueldo de 40 días más o menos para reponerme de la cesárea. Mi consulta es, pueden hacer algun trámite legal ellos por haber ocultado mi estado?. Les agradezco la mayor sinceridad posible.

1. No oculte su embarazo. Igual, dudo muchísimo que ellos no sepan que usted está embarazada... Manda a la parada.
2. Los derechos que confiere la Ley son irrenunciables. No ofrezca opciones que podrían ser consideradas ilegales; tome su permiso por maternidad tal y como le corresponde.

Artículo 11. Serán absolutamente nulas, y se tendrán por no puestas, las renuncias que hagan los trabajadores de las disposiciones de este Código y de sus leyes conexas que los favorezcan.
 
El patrono podría despedirla si encuentra razones o faltas suficientes para levantar el caso en el ministerio de trabajo, donde inspectores estudiarían o investigarían el caso para determinar si procede.

Si es un trabajo por un tiempo definido la ley no obliga al patrono a mantenerla trabajando.

Normativa:
Código de Trabajo y sus reformas, artículos 81, 94 al 100.
Reglamento del Seguro de Salud de la CCSS, artículo 54.
 
Es por tiempo indefinido. Es un trabajo para un puesto fijo.

El patrono podría despedirla si encuentra razones o faltas suficientes para levantar el caso en el ministerio de trabajo, donde inspectores estudiarían o investigarían el caso para determinar si procede.

Si es un trabajo por un tiempo definido la ley no obliga al patrono a mantenerla trabajando.

Normativa:
Código de Trabajo y sus reformas, artículos 81, 94 al 100.
Reglamento del Seguro de Salud de la CCSS, artículo 54.




Es para un puesto fijo. Tiempo indefinido.
 
El estado de embarazo es un asunto de "doble filo". El patrono no puede "preguntarle" ni tratar su la empleada está embarazada por ningún medio, ya que eso constituiría alguna forma de "discriminación". Por eso en la entrevista de trabajo y prueba médica que se le hizo, no había preguntas sobre embarazo y se examinó (orina) para tal situación.

Pero, al mismo tiempo, el mismo Código de Trabajo, establece que es OBLIGACIÓN de la empleada, el comunicar su estado de embarazo (inicio, pérdida, parto, etc.) a su empleador, en el momento que sepa del hecho u ocurra el cambio de su estado de embarazo, eso con el propósito de establecer las "condiciones especiales de trabajo" dado el estado de embarazo, pérdida (aborto espontáneo), lactancia, etc.

Lo anterior también aplica a la celebración del contrato de trabajo. Su empleador tiene derecho a saber que su condición le impedirá cumplir con el trabajo para lo cual fue contratada, en determinado tiempo. Era su obligación comunicar esto al empleador durante la entrevista, ya que al no hacerlo, le podrán aplicar lo siguiente:


ARTÍCULO 81

.- Son causas justas que facultan al patrono para dar por terminado el contrato de trabajo:
Inciso j): Cuando el trabajador al celebrar el contrato haya inducido en error al patrono,
pretendiendo tener cualidades, condiciones o conocimientos que evidentemente no posee, o presentándole referencias o atestados personales cuya falsedad éste luego compruebe, o ejecutando su trabajo en forma que demuestre claramente su incapacidad en la realización de las labores para las cuales ha sido contratado;


ARTÍCULO 94

.- Queda prohibido a los patronos despedir a las trabajadoras que estuvieren en estado de embarazo o en período de lactancia, salvo por causa justificada originada en falta grave a los deberes derivados del contrato, conforme con las causales establecidas en el artículo 81. En este caso, el patrono deberá gestionar el despido ante la Dirección Nacional y la Inspección General de Trabajo, para lo cual deberá comprobar la falta. Excepcionalmente, la Dirección podrá ordenar la suspensión de la trabajadora, mientras se resuelve la gestión de despido.

Para gozar de la protección que aquí se establece, la trabajadora deberá darle aviso de su estado al empleador, y aportar certificación médica o constancia de la Caja Costarricense de Seguro Social.
(Así reformado por el artículo 32, de la Ley No. 7142 del 8 de marzo de 1990.)






 
Última edición:
ya le an dicho lo correcto , el cesar y giank , nada mas que decir mi joven aprendiz pansa de balin.

no saque ese permiso sin goce de salario, le perjudica aguinaldo y la anualidad se le corre esos 40 dias.
 
40 dias? pobre bebé lo va dejar super pequeñito. Me parece demasiado controlador esto, como si dieras por un hecho de que salís, te hacés cesárea, te recuperás en cuestión de dias y listo! vuelves a trabajar. Con un parto nunca se sabe, no solo el parto, por otras circunstancias tambien... yo no me jugaría el chance, fijo hablaría las cosas como son desde ahorita xq además ud viene entrando eso podría perjudicarle, sea como sea serían, en teoria, 40 dias..
 
notifique por escrito a su patrono del embarazo, de esta manera el patrono no puede decir que usted nunca les notifico de su estado, lo cual si es un deber suyo.
 

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