Con gusto
1-) El bb nacerá irremediblemente con los apellidos de tu ex si aun estan casados, solución:
A- si el padre biologico quiere reconocerlo, una vez que nace puede acudir a un abogado o abogada, NO ESTUDIANTE ni esas tonterias que le van a recomendar aca, a un ABOGADO o ABOGADA, cualquiera, y este le hará un trámite que se llama RECONOCIMIENTO DE HIJO DE MUJER CASADA, es un proceso especial de filiación que no requiere ni siquiera prueba de ADN, solo dos testigos que el bb es del padre biologico, la solicitud de este, se notifica al ex , usted esta de acuerdo, el Juez hace una audiencia y ordena que se cambie el apellido.- FACIL.-
Contrate un abogado o abogada, no es tan caro.-
B- si padre biologico no quiere reconocerlo, entonces usted acuda a UN ABOGADO, o ABOGADA y este interpone un proceso especial de filiacion en contra de los dos padres, el registral y el biologico, primero para impugnar la paternidad del registral y luego para investigar si efectivamente es hijo de mae biologico, ambos es ante el Juzgado de Familia de su localidad, igual que en el caso anterior, se le hace prueba de ADN a todos, se llevan dos testigos, etc, y listo.- No tan facil pero posible.-
Contrate un abogado o abogada, no es tan caro.-
2-) Pensión: igual, contrate un abogado o abogada, pero no necesario, puede ir directamente al Juzgado de Pensiones donde le llevan el expediente, firme orden de captura, solo mes a mes, o sea si firma mayo puede seguir cobrando para adelante, ejm: mayo 2014, junio 2014, julio 2014 etc,
Puede acumular hasta seis meses con orden de captura si firma consecutivamente, si no firma en un mes, ejm, junio 2014, perdio la secuencia y empieza de nuevo en julio 2014 para adelante.-
Los meses para atras, ejm: abril 2014, marzo 2014, febrero 2014, si no los firmo ya los perdio.-
Saludes