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Wilas

demanda laboral

Saludos.

Mi hermano tiene una empresa de servicios. El asunto es que un exempleado esta amenzandolo con demandar la empresa (sociedad anonima) para cobrarle unas horas extras y una cesantia que no le corresponde ( el hizo abandono de trabajo, se fue a otra empresa) La sociedad de mi hermano no tiene bienes inscritos. La pregunta es: que pasa en ese caso ? Le pueden embargar algo a la sociedad ? o pueden embargar la casa a mi hermano por ser representante legal?

Por favor ayuda !!!
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
En las sociedades anónimas lo que responde en caso de quiebra o demanda son únicamente los bienes que aportan los socios (capital social) a la hora de iniciar la sociedad o los bienes que se adquirieran a nombre de la sociedad. Cualquier otro bien personal que tengan quedan excluidos.
 
Por supuesto el puede poner la demanda..

El código de trabajo y demás estan a favor del trabajador, entonces apartir de acá en la demanda va a estar a favor del empleado adi es cuando su hermano debe presentar todos los documentos probatorios para demostrar que efectivamente esta persona realizó abandono de trabajo

Por ejemplo registro de marcas, copia de la carta de despido con firma de recibido por el trabajador..

Si el tiene todo al día y guardado no tiene que preocuparse por estas cosas

En caso que fallen a favor del patrono, su hermano solo deberá a hacer el pago correspondiente y no tiene riesgo de embargo bajo ninguna circunstancia ya si su hermano no paga ahi si pueden embargar pero hasta el monto que el tribunal condenó.

Y recuerde que hay tres instancias para apelar y todos lo jueces tienen criterios diferentes

Y recalco si su hermano todo lo hizo como correspondia no hay ningun problema
 
En las sociedades anónimas lo que responde en caso de quiebra o demanda son únicamente los bienes que aportan los socios (capital social) a la hora de iniciar la sociedad o los bienes que se adquirieran a nombre de la sociedad. Cualquier otro bien personal que tengan quedan excluidos.

Gracias por tu repuesta. Me queda la inquietud de si pueden embargar las cuentas bancarias de la sociedad ??
 
Si claro, cualquier activo que se tenga a nombre de la sociedad en caso de demanda o quiebra entra a responder por la sociedad.

Pero estamos hablando que esas son consecuencias muy extremas, primero van a tratar de llegar a un acuerdo, lo llamarían del ministerio de trabajo (si el puso la denuncia ahí) para decirle a su hermano cuanto le corresponde al ex-empleado de liquidación, y ahí es (como dijo Nenejita) cuando su hermano tendría que demostrar que hubo abandono de trabajo, recibos demostrando los pagos que se le hacían si él le liquido algún dinero, si tenia algún contrato o algún otro documento que le pueda servir para fundamentar el hecho que no le debe ningún dinero.

Le recomiendo llevar originales y copias, porque siempre le piden que entreguen los documentos, y en mi caso creo que es mejor entregar las copias.
 

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