PUBLICIDAD
Wilas

sobre la LEY INQUILINATO - DESAHUCIO

buenas, a ver si alguien me puede explicar porque de esto no se nada.
despues de alquilar mas de 2 años un apartamento el dueño me pidio que me fuera ya que tuvimos un altercado.
siempre le pague la renta mes a mes, no hubo un contrato escrito, aunque me daban recibos del pago nunca los guarde.
El punto es que el señor me exige que me vaya y yo por supuesto que estoy deseando irme pero buscar chante como todo es un proceso, por eso pregunto si este doncito me tiene que notificar por escrito que abandone el apto si me tiene qu dar un tiempo prudencial y de cuanto, pero sobre todo si tengo que pagar ese tiempo prudencial.
Gracias y saludos a todos!
 
Re: ley de inquilinato?

Tengo entendido que tiene que salir en la gaceta que tal día tenés que ir saliendo.
 
Re: ley de inquilinato?

Escueto y directo: Usted tiene derecho POR LEY a quedarse AL MENOS 3 años, a partir del día en que hicieron el contrato (aunque sea verbal, es contrato al fin y al cabo). Si el dueño quiere que Usted se vaya, el debe avisarle POR ESCRITO, o de alguna forma que él pueda probarlo, TRES MESES ANTES de que se le venzan los tres años mínimos del contrato. Así, ese es el tiempo que usted tiene para buscar casa. Y si, Usted debe pagar HASTA EL ÚLTIMO DÍA que Usted habite la vivienda.
IMPORTANTE: Si el casero no le hace esa notificación formal con al menos los 3 meses de anticipación para que finalicen los 3 años del contrato, AUTOMÁTICAMENTE la ley prorroga su contrato TRES AÑOS MÁS!
 
Re: ley de inquilinato?

excelente, triboniano solo me queda una duda, yo no he cumplido los 3 años , igual aplica lo de los 3 meses?
que pasa si le pido por escrito el desalojo y el hombre entra en ira y me cierra el chinamo sin que yo pueda accesar mis pertenencias? lo aguevao es que vivo en la misma propiedad del susodicho.
psdt: fijo que estoy deseando jalar de ahi pero por si las moscas hago estas preguntas,
gracicas una vez mas,
 
Re: ley de inquilinato?

O.k. Pacoro, podria ser que cambie el panorama. A ver, explicame: 1) Vivis en la MISMA CASA de tu casero, o sea, en alguna pieza de esa casa, o VIVIS en un espacio INDEPENDIENTE de la casa, aunque sea en la misma propiedad. 2) Cuales son los terminos de tu acuerdo: cuando iniciaste la relacion, pagas por semana, quincena o mes, pagas por adelantado o vencido el mes.
 
Re: ley de inquilinato?

ok, mi apto esta al lado atras de la casa del dueño, es decir entro por la entrada principal de la propiedad aunque el acceso a mi dpto es independiente.

llevo año y 2 meses y pago por mes
saludos!
 
Re: ley de inquilinato?

pacoro dijo:
ok, mi apto esta al lado atras de la casa del dueño, es decir entro por la entrada principal de la propiedad aunque el acceso a mi dpto es independiente.

llevo año y 2 meses y pago por mes
saludos!

O.k. Entonces es válido lo que te puse en la primera respuesta: el te tiene que avisar con AL MENOS TRES MESES de antelación a la fecha en que finalicen los primeros TRES AÑOS (a vos te quedan aún un año y diez meses de contrato) y por supuesto, debe respetar tu permanencia en la propiedad. Si el hiciera algo para que vos no podás ingresar, se vería expuesto a eventuales demandas civiles (interdicto de amparo de posesión, por ejemplo) y hasta penales, ya que el no tiene derecho a impedir tu ingreso a la propiedad (aunque sea el dueño).
 
Re: ley de inquilinato?

muchisimas gracias mas claro ni el agua! saludos ahi estare en algun momento con mas consultas
:p
 
Re: ley de inquilinato?

Necesito que me evacuen la siguiente consulta: Tengo 8 meses de estar alquilando una casa de habitacion, la casera hizo un contrato que desafortunadamente y por confiado lo firme a la carrera, en el momento en que me estaba pasando, en estos momentos me quiero ir porque he tenido muchas diferencias con la casera, ella me dice que esta bien y que entonces apliquemos lo que dice el contrato, que si yo me voy antes de los dos años que estipula el mismo tengo que pagarle 3 meses de alquiler para poder irme y que no me devuelve el deposito de garantía. Quiero saber si ese cobro de los 3 meses procede y si en realidad puede dejarse el deposito.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Re: ley de inquilinato?

DITTO dijo:
Necesito que me evacuen la siguiente consulta: Tengo 8 meses de estar alquilando una casa de habitacion, la casera hizo un contrato que desafortunadamente y por confiado lo firme a la carrera, en el momento en que me estaba pasando, en estos momentos me quiero ir porque he tenido muchas diferencias con la casera, ella me dice que esta bien y que entonces apliquemos lo que dice el contrato, que si yo me voy antes de los dos años que estipula el mismo tengo que pagarle 3 meses de alquiler para poder irme y que no me devuelve el deposito de garantía. Quiero saber si ese cobro de los 3 meses procede y si en realidad puede dejarse el deposito.

Ilegal. Nadie puede alegar ignorancia a la ley ni estar por encima de ésta. Cualquier cláusula que ella haya puesto que viole la ley queda automáticamente anulada.

Bájese la ley de arrendamiento de aquí y la revisa:

http://asamblea.racsa.co.cr/proyecto/leyes_l7.htm

:idea:
 
Re: ley de inquilinato?

DITTO dijo:
Necesito que me evacuen la siguiente consulta: Tengo 8 meses de estar alquilando una casa de habitacion, la casera hizo un contrato que desafortunadamente y por confiado lo firme a la carrera, en el momento en que me estaba pasando, en estos momentos me quiero ir porque he tenido muchas diferencias con la casera, ella me dice que esta bien y que entonces apliquemos lo que dice el contrato, que si yo me voy antes de los dos años que estipula el mismo tengo que pagarle 3 meses de alquiler para poder irme y que no me devuelve el deposito de garantía. Quiero saber si ese cobro de los 3 meses procede y si en realidad puede dejarse el deposito.

En mi criterio si procedría. Habría que ver como fué que se redactó la cláusula, pero suena a una perfecta CLÁUSULA PENAL, donde AMBAS PARTES ACUERDAN una indemnización en caso de incumplir con los términos del contrato, en donde el plazo es uno de ellos.

Ahora, desde un punto de vista meramente práctico, vos podrías irte, perder el depósito, y esperar a ver si te demanda para cobrarte los 3 meses. Yo no creo que te demande, salvo que el monto del alquiler sea muy alto, ya que podría salir mas caro "el caldo que los huevos", como dice el pueblo. Yo me la jugaría...
 
Re: ley de inquilinato?

Tengo una consulta, que pasa si tengo mas de 12 años de alquilar, no hay contrato escrito, y el dueño de la propiedad me dice que tengo 1 mes para desalojar, que aplica en este caso!???
 
Re: ley de inquilinato?

sylviapd13 dijo:
Tengo una consulta, que pasa si tengo mas de 12 años de alquilar, no hay contrato escrito, y el dueño de la propiedad me dice que tengo 1 mes para desalojar, que aplica en este caso!???


en primer lugar la unica forma para que la desaloje es si el o algun familiar cercano se van a ir a vivir a su casa, y segundo de que forma la notifico, esto se rige por la ley de inquilinato no importa que no haya contrato escrito
 
Re: ley de inquilinato?

Buenas tardes, tengo una consulta.
Alquilo una casa con contrato y todo, ya estoy por cumplir un año de ser inquilino, he tenido problemas por la presión del agua, resulta que despues de las 7am la presión es casi nula por lo cual la ducha con agua caliente no se puede utilizar ni mucho menos lavar la ropa y otras cosas que requieren de buena presion de agua, mi consulta es si yo puedo apelar a la dueña a que no me suba el porcentaje anual tomando en cuenta estas circunstancias o que derechos tengo en este caso


Saludos!
 
Consulta sobre plazo de alquiler.

Alquilè un apartamento, me paso mañana, aùn no firmado el contrato, resulta que lo alqulè y despues lo vi caro y esta en una zona que no es muy segura. Entonces pense en pasarme un mes o a lo sumo 2, e irme a otro. Pero veo que la ley de inquilinato dice:
"ARTICULO 70.- Plazo del arrendamiento. La duración del arrendamiento no podrá ser inferior a tres años. Se entenderán convenidos por el plazo de tres años, los arrendamientos para los que se haya estipulado una duración inferior o no se haya fijado el plazo de duración. El plazo se contará a partir del día en que el arrendatario recibe el bien".
Puedo decir que voy a firmar el contrato por un mes o por dos solamente, o que quiere decir esto, no puede ser que este obligada a alquliar 3 años?

En caso de que mi contrato pueda ser de un mes, el alquiler es del 15 de setiembre al 14 de octubre, puedo decile al arriendado mañana 18 de setiembre, que alquilo hasta el 14 de oct, o cuanto es lo menos en plazo, que puedo firmar en el contrato? Otra duda, el dia que me voy me deben dar el deposito, o hay un plazo??


Gracias. :arrow:
 
Re: ley de inquilinato?

Hola, aver si me pueden orientar en mi problema

en marzo del 2009 cumpi 6 años de alñquilar la vivienda donde vivo. El problema es el siguiente, la vivienda se la alquile a una pareja de personas mayores, hace aproximadamente 8 meses los declararon en insania, y pasaron la casa y oteras propiedades de alquiler que tienn anombre de una sociedad. El mes pasado uno de los hijos de la pajare, nos indico que el pasaria a recoger el alquiler, ya que el era el nuevo curarador de la sociedad, ya que demando al hermano por malversaciòn de los bienes de dicha sociedad, cuando vino a cobrar nos enseño el documento legal donde lo acreditaba como curador. como a los 4dias que le pagamos el alquiler a Danilo (el curador) llego el hermano ynos armo escandalo al decirle que ya la casa habiamos paadado el alquiler. El se puso en realidad bastante malcriado y le tuve que pedir que se fuera de mi casa. Al salir me dijo"la verdad ocupo que me desalojen porque le voy a dar la casa a una hermana, tiene 3 meses". Al hablar Con Danilo, el nos dijo que no nos preocuparamos, de hecho nos trajo los documentos para sacarle copia. A dicho danilo, el dia de ayer le pagamos nuevamente el alquiler y hoy (un domingo) vino el hermano "malo" y otra vez fue el gran problema. que puedo hacer? el "malo" me dice que ya le debo a el dos meses, que lo que le haya dado al curador (Danilo) no vale. Pro lo que lei anteriormente, el no me a pedido la casa por escrito, y en marzo se me renovo automaticamente el contrato por 3 años mas. Sigo pagandole al curador o es mejor seguir depositando judicialmente a nombre de la sociedad?

Gracias por la ayuda
 
inquilinato

hola quiero que algien me ayude si un inquilino no paga el recivo de el servicio electrico y lo suspenden puedo desalojarlo?
 
hola quiero que algien me ayude si un inquilino no paga el recivo de el servicio electrico y lo suspenden puedo desalojarlo?

Completamente, el pago de servicios públicos se asemeja al pago de alquiler, por lo que la falta de pago de los servicios da pie al desahucio
 
Evite multas y sanciones: Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes.
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie