q buena explicacion.... supongo q o ud es abogado o conoce bastantillo del tema.....
entonces a ver si entendi, en Costa Rica (q es lo q nos viene a interesar), si me divorcio solo entra en disputa lo adquirido durante el matrimonio?, si al dia siguiente de firmar el divorcio me pego 1 millon de $$ en loteria ella puede pegarse a la vena???.......
q pasa si hay muerte de uno de los dos y hay cosas a nombre de esa persona (como persona fisica) q fueron adquiridas ANTES del matrimonio???
es un buen volado poner bienes a nombre de sociedades creadas con la familia de uno para "protegerlos"?? (suponiendo q la familia no le da x la nuca a uno, pero ya conozco cassos al reves...)
Vamos por partes (Jack el Destripador....!!!)
1) No soy abogado, pero si pasé por un horroroso divorcio.
2) Es bien ganancial lo que se reciba, adquiera u obtenga a título oneroso (comprado) o dádiva, mientras estén casados y NO HAY SEPARACIÓN. En su ejemplo: Usted se puede pegar la lotería pero si YA ESTÁ SEPARADO, entonces ese premio no es bien ganancial. Claro, eventualmente hay que probar que Usted está separado, para lo cual el código de familia prevee ciertas condiciones que tienen que darse, así como ciertas situaciones en donde la supuesta "separación" no existe. Por ejemplo: Si Usted está separado, pero en buenos términos y se le ocurre "de vez en cuando" ir a pasar la noche "calientito", ese detallito anula cualquier alegato de que Usted está separado.
2) En caso de muerte entra a funcionar los derechos sucesorios. En este caso, el conyuge que sobrevive tiene derecho a la MITAD de los bienes del muerto, siempre y cuando este no haya hecho testamento. La otra MITAD le corresponde a sus sucesores si los hay, en el orden que prevee la ley (hijos, nietos, padres, hermanos, etc.). Si no hay sucesores, por lógica no hay disputa y adivine quien se queda con todo?
3) Si pero no... (decía Cantinflas). Si bien es cierto una forma de "distraer bienes gananciales" es ponerlos a nombre de sociedades, se puede llevar una sorpresa al momento de un divorcio. Le pongo un ejemplo: Usted está casado pero ya está pensando en divorciarse.... quiere comprar un buen carro pero no quiere arriesgar "perderlo" en el divorcio. Entonces hace una sociedad con un hermano suyo y compra el carro a nombre de esa sociedad. Luego viene el divorcio y Usted está tranquilo que el carro no lo pueden tocar por cuanto está a nombre de la sociedad, pero:
El abogado de su esposa es muy vivo y basado en el uso y dominio del carro (porque Usted lo usa siempre "como suyo"), por medio del juzgado verifican quienes tienen la personería de la sociedad y hasta podrían exigir el libro de accionistas para ver quienes son los dueños.
¿Me va entendiendo por donde va la cosa? El juzgado puede calificar ese carro como bien ganancial al declarar la sociedad como ganancial (si usted es dueño de al menos una parte del capital social). Tambien podría verse envuelto en un delito de "simulación".
Para que las cosas puedan "ocultarse" en una sociedad y no poder ser declaradas como bienes gananciales, deben hacerse de la siguiente manera:
a) La sociedad debe existir DESDE ANTES DEL MATRIMONIO y debe al menos, tener otros bienes registrados que NO SON DE SU DOMINIO. Por ejejmplo, una sociedad que aparte de tener su carro nuevo, también es dueña de la casa de su mamá o del camión de su hermano.
b) Preferiblemente, USTED no debe figurar en la personería de la sociedad ni tener participación en el capital social. Este es un detalle de extrema confianza con su familia directa, porque es en estos casos en donde pueden "volárselo". Pero Usted SI debe tener alguna relación "laboral o comercial" con esa sociedad, que justifique el uso y dominio del carro (ejemplo)
Como le dije al principio, no soy abogado. Lo que le digo es porque lo aprendí luego de un muy feo divorcio. Es claro que existen miles de aristas que preveer y miles de posibles situaciones que se pueden dar en un divorcio. Cada caso es diferente y aquí, DESGRACIADAMENTE, juega mucho el criterio del juzgador... cosa que siempre parece perjudicar al hombre en 9 de cada 10 casos.