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Wilas

Consecuencias de traspaso de vehículo por Fideicomiso

chilecr4

ANÓNIMO
Hola gente!

Hace unos meses compre un vehículo y realice el traspaso por fideicomiso, por recomendación de la abogada, para ahorrarme algo.


Se supone que la abogada era de confianza de la familia, por eso le hice caso ciegamente. Pero con los dolores de cabeza que tuve para que enviara el traspaso al registro y liberara una prenda que el antiguo dueño cancelo con la plata que le pague, mas un problema que mi hermano tuvo con ella, pues nos vinimos a dar cuenta que ella es medio choricera, y que le gusta hacer traspasos por fideicomiso, porque casi que todo lo que se le paga es para ella.


Mi duda es si ella me aconsejo bien o me embarco. El carro ya esta a mi nombre, pero me preocupa si en un tiempo, cuando lo vaya a vender, eso me conlleve un conflicto.


Saludos y gracias
 
Nota: leyendo un poco, mucha gente dice que todo esta bien cuando el fidei-no recuerdo que (como un heredero) es de confianza del comprador. En este caso es mi papa, por ende es de mi confianza.

Seria bueno conocer la experiencia de alguien que haya comprado carro e hizo traspaso por fedeicomiso y luego vendió.

Saludos,
 
Una cosa es el fideicomiso, y otra un traspaso, si usted adquirio un carro lo que realizo es una compra, cierto, entonces porque no lo va a tener a su nombre.
Ventajas del Fideicomiso, para el comprador, la parte de la inembargabilidad
Para el notario, no paga impuestos de traspaso,
Luego viene la parte de las responsabilidades penales y civiles, a mi criterio el fideicomiso y la compraventa son cosas distintas.
 
Una cosa es el fideicomiso, y otra un traspaso, si usted adquirio un carro lo que realizo es una compra, cierto, entonces porque no lo va a tener a su nombre.
Ventajas del Fideicomiso, para el comprador, la parte de la inembargabilidad
Para el notario, no paga impuestos de traspaso,
Luego viene la parte de las responsabilidades penales y civiles, a mi criterio el fideicomiso y la compraventa son cosas distintas.

Hola abogadoesquivel, gracias por responder, pero debo admitir que no entendí nada :p

Quizás si pudiera explicarlo con palabras un poco más simples.

No comprendo muy bien los término jurídicos, pero para ponerlo en contexto, digamos que con traspaso normal, hubiera pagado más de c350000 solo de traspaso, más honorarios de abogados. Por el método que hizo la abogada, que ella denominó fideicomiso, la pagué a ella en total menos de c150000, ella indicándome que el vehículo pasaría a mi nombre (que de hecho así está), que al antiguo dueño salía de parte (no le afectaría en nada) y que en un futuro, si quiero vender, solo me presento donde un abogado (yo como dueño actual) junto con el nuevo dueño y se hace el traspaso de forma normal, rompiéndose el contrato de fedeicomiso por el cual adquirí el vehículo, esto sin necesidad de buscar al antiguo dueño.

Quedo a la espera de sus comentarios o de quien quiera comentar :)

Gracias,
 
Fideicomiso

Amigo el asunto es asi, en el contrato de fideicomiso existen tres personas: El Fideicomitente quien era en este caso el dueño del vehiculo(persona a la que ud le compro el vehiculo) quien pasa el bien al fideicomiso, el Fiduciario quien es el que se encarga de administrar el bien y tenerlo, osea en este caso usted y el Fideicomisario quien es el beneficiario osea si es alguna cosa que produce a él se le dan las ganacias o es a la persona a la que el fideicomiso pasa el bien (vehiculo en este caso) ud puede ser fideicomisario osea cuando termine el fideicomiso pasa a ser suyo..que es lo que se hace en estos casos...El problema es este cuando se termine o cumpla la funcion el fideicomiso( que va a ser pasar el vehiculo al beneficiario) hay que pagar traspaso a nombre suyo y luego a la persona a la que ud le va a vender...osea no es cierto que uno se gana el traspaso...se lo gana mientras tanto haya fideicomiso..pero cuando lo quiera vender va a tener que pagar traspaso osea no se gano nada..mas bien pago 150000 más por hacer el contrato de fideicomiso....oooh tambien puede hacer lo siguiente deshacer el contrato y que el vehículo vuelva a nombre de la persona que ud se lo compro y que esta se lo venda o haga traspaso a la persona que ud le quiere vender el vehiculo...perooo sorpresa el vehiculo ya no es suyo...para hacer esto la persona a la que usted se lo compro tiene que ser de mucha confianza...porque se lo puede dejar jaja y tendria que iniciar un proceso y demostrar que ud se lo compro y es un cuento que ni pa que le digo y lo puede perder sino lo lograra probar....en conclusion el fideicomiso puede ser util segun sus necesidades pero para coprarle a un extraño y sustituirlo por el trapaso nooo..mejor no lo vuelva a hacer a menos que segun sus circunstancias lo amerite
 
Esta figura contractual se ha explotado mal al punto de usarse en lugar de la tradicional compraventa. Estoy confundido con lo que indica el colega anterior porque me queda la duda, tal vez si alguien participa, no es que dude de la capacidad, es porque creo que ya he sacado carros de fideicomisos y no hay que pagar doble, por todo el resto esta excelente, se les agradece de antemano,​
 
Esta figura contractual se ha explotado mal al punto de usarse en lugar de la tradicional compraventa. Estoy confundido con lo que indica el colega anterior porque me queda la duda, tal vez si alguien participa, no es que dude de la capacidad, es porque creo que ya he sacado carros de fideicomisos y no hay que pagar doble, por todo el resto esta excelente, se les agradece de antemano,​



Si Gracias. En cuanto a tu duda es muy fácil de aclarar con el art 662 del Código de Comercio.

" Cuando sea necesario inscribir en el Registro Público los bienes fideicometidos en favor del fiduciario y en su calidad de tal, estos estarán exentos de todo pago por concepto de derechos de registro y demás impuestos que se pagan por tal inscripción, mientras los bienes permanezcan en el fideicomiso. Cuando el fiduciario traspase los bienes fideicometidos a un tercero diferente del fideicomitente original, se deberá cancelar la totalidad de los cargos por concepto de derechos de registro y demás impuestos que correspondan por esa segunda inscripción"

Entonces aclaro lo de "pagar doble" cuando se saca el vehículo del fideicomiso osea pasa a nombre del Fideicomisario paga impuestos... Recuerda por lo menos en teoría y según esta figura el Fiduciario solo puede entregar el bien(vehículo) al Fideicomisario(no se lo puede dar a un tercero directamente él) quien es el beneficiario que cuando se termine el contrato es a nombre de quien pasan los bienes( Que por lo general es el comprador del vehículo)... ahí paga impuestos y cuando este se lo vende a un tercero pues obviamente paga impuestos de traspaso...(también se lo puedes devolver al fideicomitente pero ya atrás explique el problema) ​Ahora aclaro que en la practica según averigüe casi nadie lo hace creo que pasan el vehículo de una vez al tercero y se brincan unos impuestos o algo así...o también creo que hacen el contrato pero no lo inscriben en el registro y se lo dejan como garantía a la hora de un nuevo comprador lo ponen como fideicomisario y lo inscriben y se lo pasan de una vez a él, todas estas formas son validas, funcionan o el registro se las admite, peroo o estas haciendo evacción fiscal o practicas no muy seguras...Pero la forma de hacerlo bien es como te indique antes...que en la practica se satanice la figura ya es otra historia... según mi opinión si lo haces y nunca tuviste problema con nadie la cosa queda ahí y nadie se dio cuenta, pero si te llegan a poner una demanda o al fisco se le ocurre revisar eso, cosa que creo nunca hace se puede hacer un problema grande o perjudicarte, es cosa de tomar riesgos, yo soy de los que aconsejo de hacer las cosas como son y no tolerar riesgos, depende la situación es muy útil el fideicomiso pero en mi opinión no para un simple traspaso .

Pongo este ejemplo: Lucas vende un vehículo, Pedro se lo compra, no hacen traspaso, sino un Fideicomiso, en estos casos se hace así: Lucas (Fideicomitente) lo pasa al Fideicomiso, Pedro va ser el Fiduciario( Osea persona que tiene en su poder el vehículo y lo administra) y a la vez va a hacer Fideicomisario o Beneficiario ( Nota en estos casos se hace así) quien es a la única persona que el Fideicomiso va poder pasar el bien, a menos que se lo devuelva a Lucas...Es un contrato que solo hay tres partes, no puede ingresar ningún tercero...( Nota: Nada impide que Fiduciario y Fideicomisario puedan ser la misma persona por eso se hace así); Ahora llega Juan y le ofece comprar el vehículo a Pedro,Las Formas correctas de proceder son las siguientes:

1- Pedro(Fiduciario) deshacen contrato y se lo devuelve a Lucas( Fideicomitente) y este se lo traspasa a Juan.Aquí nos ganamos los impuestos del traspaso pero hay que tener mucha confianza con Lucas por aquello que después no quiera firmar.

2-Se ejecuta, se prosigue o finaliza el contrato como lo quieran llamar..Pedro actuando como Fiduciario se lo traspasa al Beneficiario o Fideicomisario ​quien también es Pedro para traspasarlo a su nombre ( es un contrato de Fideicomiso no se lo puede pasar a nadie más) según el art 662 del Co Comercio.. cuando se pasa a un tercero diferente a Lucas Fideicomitente se deben cancelar todos los impuestos ( que es lo que yo digo no se gano nada) y de una vez se debe hacer un contrato de compra-venta para traspasarlo a Juan ​donde se deben cancelar también impuestos.

Nota: Yo se que el Registro aunque no se haga así lo acepta o mucha gente desconoce esto...pero según la naturaleza de esta Figura se debería hacer como lo indique anteriormente...si no quieren llegar a tener problemas..hagan traspaso normal no fideicomiso...Me disculpan si no quedo claro pero no sabia bien como explicarlo de forma sencilla. Gracias
 
Gracias Rookie Lawyer, realmente fue una clase magistral.

Solo para ver si comprendí bien, en un futuro puedo vender sin problemas, sin necesitar del dueño anterior, con el único inconveniente de que debo pagar lo que en su momento me ahorré (los impuestos)?

Gracias,
 
Última edición:
Gracias Rookie Lawyer, realmente fue una clase magistral.

Solo para ver si comprendí bien, en un futuro puedo vender sin problemas, sin necesitar del dueño anterior, con el único inconveniente de que debo pagar lo que en su momento me ahorré (los impuestos)?

Gracias,

En caso que asi fuera, en teoria siempre saldria bien, porque los vehiculos se deprecian año a año y le saldria mas barato, supongo que en carros caros sigue siendo mejor tenerlos en una sociedad o no sera rentable ya?
 
Gracias Rookie Lawyer, realmente fue una clase magistral.

Solo para ver si comprendí bien, en un futuro puedo vender sin problemas, sin necesitar del dueño anterior, con el único inconveniente de que debo pagar lo que en su momento me ahorré (los impuestos)?

Gracias,

Gracias...si es correcto...la manera correcta es pasarlo al fideicomisario o beneficiario que supongo que eres tu y cancelar todo y cuando ya eres el dueño puedes venderlo a otra persona, pero hay personas que interpretan mal el art 662 y solo leen parte que dice..."estos estarán exentos de todo pago por concepto de derechos de registro y demás impuestos" y se olvidan de todo el resto...esta exento de impuestos mientas este en el fideicomiso. Y lo de cancelar impuestos actualmente es cuestión de correr riesgos..mucha gente no cancela lo debido y nunca se dan cuenta..incluso en el registro se lo inscriben así...pero quien quita un quite y la administración ve esto y se le ocurre revisar quien lo pagaba y quien no...amigo así sucede en muchas cosas yo se de personas que no cancelan impuestos y nadie dice nada incluso pasan los años y nunca se dieron cuenta..pero ami me preocupa los que se pegan la lotería y les toca dar cuentas de por que no cancelaron...yo solo doy mi opinión y argumentos ya es cosa de cada uno si sigue el consejo o no..Espero te haya servido la información
 
Gracias...si es correcto...la manera correcta es pasarlo al fideicomisario o beneficiario que supongo que eres tu y cancelar todo y cuando ya eres el dueño puedes venderlo a otra persona, pero hay personas que interpretan mal el art 662 y solo leen parte que dice..."estos estarán exentos de todo pago por concepto de derechos de registro y demás impuestos" y se olvidan de todo el resto...esta exento de impuestos mientas este en el fideicomiso. Y lo de cancelar impuestos actualmente es cuestión de correr riesgos..mucha gente no cancela lo debido y nunca se dan cuenta..incluso en el registro se lo inscriben así...pero quien quita un quite y la administración ve esto y se le ocurre revisar quien lo pagaba y quien no...amigo así sucede en muchas cosas yo se de personas que no cancelan impuestos y nadie dice nada incluso pasan los años y nunca se dieron cuenta..pero ami me preocupa los que se pegan la lotería y les toca dar cuentas de por que no cancelaron...yo solo doy mi opinión y argumentos ya es cosa de cada uno si sigue el consejo o no..Espero te haya servido la información

Nuevamente gracias Rookie Lawyer.

Ahora tengo una duda más, donde dice lo de no pagar impuestos es cuestión de riesgos, a que momento se refiere, ahorita o cuando lo vaya a vender? Ahorita estoy con las de ley, aunque haya sido por medio de un vacío legal, o estoy corriendo algún riesgo, aunque sea mínimo?

Podría valorar en un año, esperando a que baje el valor fiscal del vehículo, pagar los impuestos y mejor dejar todo en orden. Sería posible?

Lamento un poco el mal consejo de un abogado y haber creído ciegamente en eso, pero ya ni modo, lo que quedara es buscar la forma de estar en orden, perdiendo la menor cantidad de dinero posible.

Gracias,
 
Nuevamente gracias Rookie Lawyer.

Ahora tengo una duda más, donde dice lo de no pagar impuestos es cuestión de riesgos, a que momento se refiere, ahorita o cuando lo vaya a vender? Ahorita estoy con las de ley, aunque haya sido por medio de un vacío legal, o estoy corriendo algún riesgo, aunque sea mínimo?

Podría valorar en un año, esperando a que baje el valor fiscal del vehículo, pagar los impuestos y mejor dejar todo en orden. Sería posible?

Lamento un poco el mal consejo de un abogado y haber creído ciegamente en eso, pero ya ni modo, lo que quedara es buscar la forma de estar en orden, perdiendo la menor cantidad de dinero posible.

Gracias,

Si creo que estas un poco enredado...ahorita quédate tranquilo así como estas no corres ningún riesgo...lo que digo es que cuando le vayas a vender a otra persona el vehículo, el notario debería, cancelar para sacarlo del fideicomiso y después para el traspaso. Mucha gente talvez sabe como realizar los contratos pero no maneja bien la cuestión tributaria. Por ahora déjalo así, tampoco es tan complicado solo estoy diciendo que a la hora de venderlo trata de que el notario haga las cosas bien...y creo que es bueno eso de que el vehículo baje el valor tributario con el tiempo buen punto, ya que lo hiciste así por lo menos aprovecha la protección de que el vehículo quedara fuera de tu patrimonio eso contra embargos...
 
Si creo que estas un poco enredado...ahorita quédate tranquilo así como estas no corres ningún riesgo...lo que digo es que cuando le vayas a vender a otra persona el vehículo, el notario debería, cancelar para sacarlo del fideicomiso y después para el traspaso. Mucha gente talvez sabe como realizar los contratos pero no maneja bien la cuestión tributaria. Por ahora déjalo así, tampoco es tan complicado solo estoy diciendo que a la hora de venderlo trata de que el notario haga las cosas bien...y creo que es bueno eso de que el vehículo baje el valor tributario con el tiempo buen punto, ya que lo hiciste así por lo menos aprovecha la protección de que el vehículo quedara fuera de tu patrimonio eso contra embargos...

Pues bueno, ya con la duda aclarada y tranquilo, pues solo basta decir gracias.

Saludos,
 
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