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Wilas

pago de liquidacion, atrasado?

HOla!
espero me puedan ayudar.
renuncie de una empresa hace dos meses, y no me han pagado la liquidacion aun. he enviado montones de correos a mucha gente q supuestamente esta encargada, y incluso, el pago de nominas y otros lo hacen a traves de una compañia q esta contratada para este fin...
ya firme un documento, de finiquito laboral, y q me dijeron q lo tenia q firmar para q me pagaran. y hace dos semanas fue esto, y aun nada...

se de muchas personas q al igual q yo han renunciado de esta empresa y han esperado hasta 4 meses por este pago de ley.
he buscado en la ley laboral y no encuentro algun dato sobre si hay un limite de tiempo para este pago.
que debo hacer? o simplemente esperar hasta q les de la gana, y seguir recibiendo respuestas escuetas de q "le avisaremos cuando le vamos a pagar..."?
mil gracias!!!
 
gsalas dijo:
HOla!
espero me puedan ayudar.
renuncie de una empresa hace dos meses, y no me han pagado la liquidacion aun. he enviado montones de correos a mucha gente q supuestamente esta encargada, y incluso, el pago de nominas y otros lo hacen a traves de una compañia q esta contratada para este fin...
ya firme un documento, de finiquito laboral, y q me dijeron q lo tenia q firmar para q me pagaran. y hace dos semanas fue esto, y aun nada...

se de muchas personas q al igual q yo han renunciado de esta empresa y han esperado hasta 4 meses por este pago de ley.
he buscado en la ley laboral y no encuentro algun dato sobre si hay un limite de tiempo para este pago.
que debo hacer? o simplemente esperar hasta q les de la gana, y seguir recibiendo respuestas escuetas de q "le avisaremos cuando le vamos a pagar..."?
mil gracias!!!


Buenas tardes, efectivamente la ley laboral, no indica el palzo para este pago pero por jurisprudencia, se entiende que se debe hacer inmediatamente al terminar la releacion laboral, sin embargo la costumbre es que se haga un mes despues, si ya han pasado los meses y crees que no te van a pagar tienes dos opciones: la primera solicitar una conciliacion en el ministerio de trabajo y la segunda empezar un proceso directamente en los tribunales de trabajo, te recomiendo que agotes la primera con el ministerio es mucho mas rapido y podria resultar muy efectivo.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Según tengo entendido la obligación del pago de los extremos laborales nace desde el momento mismo de la relación laboral, o sea que el pago tiene que ser simultáneo con la terminación. Si bien es cierto el Código de Trabajo no lo dice así, la Sala Segunda si lo ha señalado en reiteradas ocasiones. Eso es a lo que se refiere Rolomax.

Además un finiquito laboral debe firmarse exclusivamente cuando el dinero se este entregando, antes no.
 
Yo por el contrario te recomiendo DEMANDAR de una vez. Mi experiencia me dice que el Ministerio de Trabajo sirve cuando hablamos de una donha que es la patrona de la empleada que despiden, o empresas pequenhas que no tienen asesoria legal permanente, pero si hablamos de empresas, la verdad es que el tal Ministerio lo que les provoca es risa, y se lo pasan ya sabes por donde.
Suerte!
 
mil gracias a todos por los valiosos aportes!!!
ya me siento mucho mas segura de cuales son mis derechos.
voy a ver como hago para solucionar esto lo mas pronto posible.

saludos y animo siempre!
 
hace un rato envie a esa compañia un correo mencionando la posibilidad de usar la via legal, si no se me hacia el pago esta semana... y me depositaron en menos de media hora!!!
hahah... increibles estas cosas.

de nuevo, mil gracias por el apoyo y los buenos consejos.
 
gsalas dijo:
hace un rato envie a esa compañia un correo mencionando la posibilidad de usar la via legal, si no se me hacia el pago esta semana... y me depositaron en menos de media hora!!!
hahah... increibles estas cosas.

de nuevo, mil gracias por el apoyo y los buenos consejos.

Invite...!!!!!
 

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