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Wilas

Valor legal de una propuesta de trabajo

Saludos foreros:

Esto le pasa a un amigo que se cambió de brete hace como año y medio. El ahora jefe -quien también es uno de los accionistas- le hizo en su momento una oferta de trabajo por escrito (firmada por ambos) en la que se establecía que de lo que se vendiera de cierto producto que este compa desarrollaba, le tocaba un porcentaje importante (creo que era algo así como un 20%), adicional al sueldo, y que se le iba a reconocer este monto cada mes según las ventas del mes pasado.

Al ser muy atractiva la oferta, la aceptó. Según me cuenta nunca firmó un contrato como tal, y siempre asumió que la propuesta era sincera.

Sin embargo, ya han pasado más de 6 meses desde que empezaron a vender el producto en cuestión. Él calcula que la compañía ha tenido ventas por alrededor de $10000 pero no ha visto aún ni un centavo. Siempre que le pregunta al jefe si pueden revisar eso, le responden que sí, que ya casi, que se lo van a dar todo y que esté tranquilo. Pero ya se lo han llevado así varios meses y aún no le dan nada (nota, el sueldo sí se lo pagan puntualmente). Obviamente el mae se está empezando a ahuevar con el asunto y tiene ganas de jalar, porque siente que se lo vacilaron.

Qué valor legal tiene esta propuesta (sobre todo al no haber un contrato por escrito), y si, en caso de que el mae se harte, puede reclamar esta deuda de alguna manera? O será que su jefe se lo puede seguir vacilando sin que pase nada?

Saludos a todos.
 
Buenas tardes, creo aqui la situacion es mas bien contarctual, habria que ver cuan legal es ese documento y las clausulas que el mismo estipula, es decir si hay alguna clausula de cuanto es la meta de ventas que el tiene que hacer para ganarse el bono, pero al ser solo una oferta me parece que esta dificil poder cobrarlo, ya que todo eso se debio estipular en el contrato de trabajo, para que realmente adquiriera validez y el pueda cobrarlo, ya que el contrato si tiene fuerza de ley entre las partes, aqui entrariamos en materia de lo que es una oferta que es distinta a un contrato, ya que esta requiere de ciertas formalidades (mantener la oferta por un tiempo determinado, plazo para aceptarla, condiciones, forma en la que la oferta se realizo), creo que lo mejor es analizar ese documento, porque los duenos de la empresa podrian alegar que a la hora de hacer el contrato se cambiaron las condiciones, o la oferta no se acepto
 
Mi amigo, CONTRATO en escencia no es ningún documento específico, ninguna solemnidad especial (menos en el derecho laboral!!!), sino que contrato es simplemente un ACUERDO entre ALGO QUE SE VA A HACER (la actividad en este caso) y el PRECIO (el monto de la comisión). Así que, lo mejor es que a tu amigo algún profesional le vea ese documento que el tiene, la famosa oferta, porque si como decís esa oferta está firmada por el oferente (el jefe) y firmada por él (aceptándola) perfectamente podríamos estar en presencia de una obligación por parte de la empresa en favor de tu amigo.

Te cuento un caso parecido: algo similar, solo que en este caso ni siquiera hay oferta por escrito, todo fué de palabra. El caso es que el empleado cobró su comisión (la que le prometieron y no le pagaron) y ya se ganaron la primera y la segunda instancia. El caso está ahora en la Sala Segunda, pero este señor demandó solo con prueba testimonial, y como te digo, va 2 a 0. El cobra una comisión de más de US$ 100.000,oo que le ofrecieron y después se quitaron. Así que el caso de tu amigo al rato y no está tan jalado del pelo.

Suerte!
 
Muchas gracias de nuevo.

Excelentes noticias. Es bueno tener una confirmación de que hay posibilidades en dado caso de que el compa decida reclamarlo (y está en su derecho, a él le ofrecieron algo y es justo que se lo otorguen). De lo contrario, cómo se protege el trabajador si alguien llega a tentarlo para que se cambie de trabajo y no paga nunca lo ofrecido.

Una pregunta más qué pasa si se quedan las cosas así por un tiempo, digamos, que pasen 2 ó 3 años y no se pague esa obligación del patrono, ¿este tipo de compromisos -pago de comisiones, etc- prescriben de alguna manera?

Saludos.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Claro que si prescriben, pero la prescripción empieza a contar hasta que SE ROMPA LA RELACIÓN LABORAL. Como el sigue trabajando, no corre la prescripción. Cuando finalice la relación, tiene un año para hacer el reclamo.
 

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