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Wilas

Abogados gratis?

aguacaliente

ANÓNIMO
:rude:

Pregunta del millón..... los consultorios juridicos de las universidades que ayudan a la gente ante los juzgados hacen trámites de prescripción de deudas de tarjetas de crédito y garroteras en general?

:emot177:
 
Gratis??? ahora ni el aire es gratis
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ya en plan serio, yo no me sentiria muy confiado en dejar un tramite que me puedo ver afectado economicamente a un "aprendiz"
 

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Pues yo me divorcie y me quite la pension con los juridicos de la UCR y no eran tan aprendices :D y 2 abogados revisan los casos y ello lo que hacen es acompañar al juzgado...

pero no se si en materia economica tambien ayudan,....
 
En la U latina Hay una casa de justicia ahí también...
No se como funciona, pero se que hay y que atienden casos gratis...
 
Por lo menos...

... en los de la UCR solo se ven casos de familia (en especial pensiones alimentarias, investigaciones de paternidad, etc.) y laboral CALIFICADOS. Hay muchas personas que DE VERDAD requieren esos servicios y no es justo que ocupen su espacio otros que NO les urge o que haciendo un esfuerzo pueden pagar un abogado.
 
... en los de la UCR solo se ven casos de familia (en especial pensiones alimentarias, investigaciones de paternidad, etc.) y laboral CALIFICADOS. Hay muchas personas que DE VERDAD requieren esos servicios y no es justo que ocupen su espacio otros que NO les urge o que haciendo un esfuerzo pueden pagar un abogado.

+1 Máxime cuando el que "ocupa" el abogado gratis es para NO PAGAR UNA DEUDA LEGÍTIMA amparándose inmoralmente a la prescripción. Es decir, los consultorios jurídicos no son para CARA DE BARROS!
 
quiere cortar rabo y orejas...

No quiere pagar la deuda.... ni quiere pagar abogado... y si le cuadra la secre quiere echarle un polvo de seguro
 
Y cual es el problema con la prescriptio?

+1 Máxime cuando el que "ocupa" el abogado gratis es para NO PAGAR UNA DEUDA LEGÍTIMA amparándose inmoralmente a la prescripción. Es decir, los consultorios jurídicos no son para CARA DE BARROS!
Nunca he entendido cuál es la aversión hacia la prescripción. Para empezar, es una de las instituciones más antiguas del Derecho, heredada directamente, y casi sin cambio alguno, del Derecho Romano (prescriptio). Y es una institución necesaria para garantizar la paz social. Inmagínense el caos que sería que, eternamente, tuvieramos que esperar a ver cuando le da la gana al acreedor cobrarse su deuda. Los romanos, que eran de las sociedades más prácticas que han existido, determinaron que la deuda exstiría por "n" cantidad de tiempo, y que si el acreedor no hacía valer su derecho, lo perdía. Y convirtieron por eso a la prescriptio como una forma de extinguir las obligaciones, dandole el mismo estatus que al pago, a la compensación, a la remisión, etc. O sea, que para los romanos una obligación se extinguía POR IGUAL pagándola o prescribiéndola. Esta misma solución fué adoptada por el Code Civil francés (Código de Napoleón), paradigma de la perfección del Derecho Civil y solución que fué adoptada también en nuestro Código Civil. El art. 865 dice que por la prescripción negativa SE PIERDE UN DERECHO, y para eso, basta el mero transcurso del tiempo. Entonces pregunto, qué tiene eso de inmoral, si es una respuesta del ordenamiento jurídico al no ejercicio de un derecho, y por esa inacción, ese derecho se pierde? Ojo, nadie le está quitando nada al acreedor, es el mismo acreedor el que, por no actuar, o por no actuar diligentemente, está él mismo perdiendo su derecho.
Así las cosas, si la Prescriptio es una institución tan antigua como el Derecho mismo, y es una solución que EL MISMO DERECHO DÁ ante la inacción del acreedor, por qué debe ser inmoral?
Una última observación: la moral y el derecho son dos órdenes distintas... El jurista trabaja con el Derecho. La moral, queda para los curas o los filósofos...
 
No entendi mucho lo que Tribo dice, lo que si entiendo es que por mis errores no debo ser marcado toooooda mi vida, la prescripcion es una herramienta en favor de los que realmente no podemos pagar, o vos crees que si tuviera plata no pagaria? pues claro que si pagaria, pero en verdad no puedo!

Sin la prescripcion seria igual que ser esclavo de por vida a una deuda que no puedo pagar....

Dios te bendiga y te provea siempre dinero para que nunca debas nada a nadie para que no sufras lo que al igual que yo muchos ticos sufrimos.... que somos carebarros, ladrones, descarados, pues llamanos como sea, cuando gastamos ese dinero que nos prestaron lo gastamos con la fe de poder pagarlo... no tengo que dar detalles pero la plata que debo fue para pagar gastos medicos, por que preferi darle a mi padre una calidad de vida por un tiempo a verlo morir con el dolor de un cancer.... mejor deberle el alma al diablo y tratar luego de sortearlo que haberlo visto sufrir mas años sin tratamiento...
 
No entendi mucho lo que Tribo dice, lo que si entiendo es que por mis errores no debo ser marcado toooooda mi vida, la prescripcion es una herramienta en favor de los que realmente no podemos pagar, o vos crees que si tuviera plata no pagaria? pues claro que si pagaria, pero en verdad no puedo!

Sin la prescripcion seria igual que ser esclavo de por vida a una deuda que no puedo pagar....

Dios te bendiga y te provea siempre dinero para que nunca debas nada a nadie para que no sufras lo que al igual que yo muchos ticos sufrimos.... que somos carebarros, ladrones, descarados, pues llamanos como sea, cuando gastamos ese dinero que nos prestaron lo gastamos con la fe de poder pagarlo... no tengo que dar detalles pero la plata que debo fue para pagar gastos medicos, por que preferi darle a mi padre una calidad de vida por un tiempo a verlo morir con el dolor de un cancer.... mejor deberle el alma al diablo y tratar luego de sortearlo que haberlo visto sufrir mas años sin tratamiento...
Velo así: no es que a vos te está premiando por ser mala paga, es que al acreedor (a quien le debés la plata) lo están sancionando por haber dejado correr todo el plazo de la prescripción, si haberte cobrado, o sin haberte cobrado diligentemente. De conformidad al artículo 865 del Código Civil por no haberte cobrado a tiempo tu acreedor, éste PERDIÓ SU DERECHO a cobrar... O sea, vos no le quitaste nada, sino que por dejar transcurrir el tiempo sin actuar, ellos PERDIERON, solitos, el derecho que tenían.
Es una solución jurídica al conflicto, solución que desde que se hizo el préstamo a lo mejor vos no lo sabías, pero creeme que ellos si... Si no cobraron, ese es su problema, o de los brutos que tienen en el Depto. de Cobro o de los negligentes abogados que contratan o que tienen en planta.
Una institución que es campeona en tener IMBÉCILES cobrando, tanto administrativos como abogados, es la CCSS.
 
Nunca he entendido cuál es la aversión hacia la prescripción.
Una última observación: la moral y el derecho son dos órdenes distintas... El jurista trabaja con el Derecho. La moral, queda para los curas o los filósofos...

Usted mismo se contesta en su comentario lo que no entiende al principio del mismo. La moral y el derecho son dos temas distintos. No necesito una explicación jurídica pues no la estaba buscando, el que se ampara a la prescripción para NO pagar una deuda es un INMORAL aunque sea un INMORAL amparado por el Derecho en donde el valor SEGURIDAD JURIDICA cede ante el valor JUSTICIA. Si yo tengo una deuda y el acreedor (o sus abogados) por "imbécil" (calificativo que usa Ud.), negligente o lo que sea no logra cobrar bien y se da la prescripción, como a mí me gusta tener la frente en alto y que nadie me ande diciendo sinvergüenza o amarra perros o me vean el resto de la vida como alguien que debe plata NO me ampararía a ese instituto y pagaría y sino puedo pagar vería cómo hago para pagar. Si pude ver como hacía para pedirle la plata a mi acreedor también tengo que ver luego cómo hago para pagarla. Eso soy yo. Allá los INMORALES que muy "legales" se quieran acoger a esa figura. Qué lindos son esos cara de barros (aclaro, no es que alla tenido un problema con un deudor con el que perdí plata...por aquello) pero nunca se aparecen, se ocultan, ponen trabas para que los notifiquen y son magos en desaparecerse, pero como cobardes escondidos como una cucaracha cuentan los días para que prescriba y una vez que ya pueden alegarla, ahora sí, se asoman ellos mismos presentando un escrito solicitando la prescripción. Ahí sí fueron "hombres" y aparecieron. Cochinada de hombre el que hace eso.

Es mi opinión desde un punto de vista moral. Conozco como funciona JURÍDICAMENTE la prescripción pero ese NO es el tema que estoy tocando. Cada uno sabrá.
 
Usted mismo se contesta en su comentario lo que no entiende al principio del mismo. La moral y el derecho son dos temas distintos. No necesito una explicación jurídica pues no la estaba buscando, el que se ampara a la prescripción para NO pagar una deuda es un INMORAL aunque sea un INMORAL amparado por el Derecho en donde el valor SEGURIDAD JURIDICA cede ante el valor JUSTICIA. Si yo tengo una deuda y el acreedor (o sus abogados) por "imbécil" (calificativo que usa Ud.), negligente o lo que sea no logra cobrar bien y se da la prescripción, como a mí me gusta tener la frente en alto y que nadie me ande diciendo sinvergüenza o amarra perros o me vean el resto de la vida como alguien que debe plata NO me ampararía a ese instituto y pagaría y sino puedo pagar vería cómo hago para pagar. Si pude ver como hacía para pedirle la plata a mi acreedor también tengo que ver luego cómo hago para pagarla. Eso soy yo. Allá los INMORALES que muy "legales" se quieran acoger a esa figura. Qué lindos son esos cara de barros (aclaro, no es que alla tenido un problema con un deudor con el que perdí plata...por aquello) pero nunca se aparecen, se ocultan, ponen trabas para que los notifiquen y son magos en desaparecerse, pero como cobardes escondidos como una cucaracha cuentan los días para que prescriba y una vez que ya pueden alegarla, ahora sí, se asoman ellos mismos presentando un escrito solicitando la prescripción. Ahí sí fueron "hombres" y aparecieron. Cochinada de hombre el que hace eso.

Es mi opinión desde un punto de vista moral. Conozco como funciona JURÍDICAMENTE la prescripción pero ese NO es el tema que estoy tocando. Cada uno sabrá.

mae diegose me presta 20 cañas para la fiesta del fin de semana en 4 años se los pago :D

jejejeje
 
mae diegose me presta 20 cañas para la fiesta del fin de semana en 4 años se los pago :D

jejejeje

Con todo gusto aguacaliente. Así me da tiempo para averiguar donde vive, quiénes son sus papas, herman@s, abuelos, hijos, etcétera y saber a quien mando a torturar/matar si no me pagás...jejeje.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Usted mismo se contesta en su comentario lo que no entiende al principio del mismo. La moral y el derecho son dos temas distintos. No necesito una explicación jurídica pues no la estaba buscando, el que se ampara a la prescripción para NO pagar una deuda es un INMORAL aunque sea un INMORAL amparado por el Derecho en donde el valor SEGURIDAD JURIDICA cede ante el valor JUSTICIA. Si yo tengo una deuda y el acreedor (o sus abogados) por "imbécil" (calificativo que usa Ud.), negligente o lo que sea no logra cobrar bien y se da la prescripción, como a mí me gusta tener la frente en alto y que nadie me ande diciendo sinvergüenza o amarra perros o me vean el resto de la vida como alguien que debe plata NO me ampararía a ese instituto y pagaría y sino puedo pagar vería cómo hago para pagar. Si pude ver como hacía para pedirle la plata a mi acreedor también tengo que ver luego cómo hago para pagarla. Eso soy yo. Allá los INMORALES que muy "legales" se quieran acoger a esa figura. Qué lindos son esos cara de barros (aclaro, no es que alla tenido un problema con un deudor con el que perdí plata...por aquello) pero nunca se aparecen, se ocultan, ponen trabas para que los notifiquen y son magos en desaparecerse, pero como cobardes escondidos como una cucaracha cuentan los días para que prescriba y una vez que ya pueden alegarla, ahora sí, se asoman ellos mismos presentando un escrito solicitando la prescripción. Ahí sí fueron "hombres" y aparecieron. Cochinada de hombre el que hace eso.

Es mi opinión desde un punto de vista moral. Conozco como funciona JURÍDICAMENTE la prescripción pero ese NO es el tema que estoy tocando. Cada uno sabrá.
Muy interesante punto de vista, absolutamente subjetivo, pero no por eso menos válido...
Hoy en día, con las leyes de Notificaciones y de Cobro Judicial es casi imposible que un deudor no pueda ser cazado para cobrarle. Con el domicilio contractual se acabó el cuento ese de que el tipo se escondía. Los casos incobrables se dan más que todo por la ligereza con la que se otrogan los créditos. Por ejemplo, los Gollos y Gallos y demás negocios de ese tipo le sueltan el crédito a cualquier pelagatos que ahí llegue. Y claro, como trabajan con intereses de cuasiusura, a los pobres diablos que les pueden cobrar, a esos les clavan lo que dejan de ganar con los que no pagan.
Tengo varios clientes que prestan dinero, y desde hace varios años los convencí de no trabajar con hipotecas, sino solo con fideicomisos, con lo que desde que hacemos eso el porcentaje de morosidad bajó sustancialmente y la incobrabilidad la mantenemos en CERO!
 
Muy interesante punto de vista, absolutamente subjetivo, pero no por eso menos válido...
Hoy en día, con las leyes de Notificaciones y de Cobro Judicial es casi imposible que un deudor no pueda ser cazado para cobrarle. Con el domicilio contractual se acabó el cuento ese de que el tipo se escondía. Los casos incobrables se dan más que todo por la ligereza con la que se otrogan los créditos. Por ejemplo, los Gollos y Gallos y demás negocios de ese tipo le sueltan el crédito a cualquier pelagatos que ahí llegue. Y claro, como trabajan con intereses de cuasiusura, a los pobres diablos que les pueden cobrar, a esos les clavan lo que dejan de ganar con los que no pagan.
Tengo varios clientes que prestan dinero, y desde hace varios años los convencí de no trabajar con hipotecas, sino solo con fideicomisos, con lo que desde que hacemos eso el porcentaje de morosidad bajó sustancialmente y la incobrabilidad la mantenemos en CERO!

Pues sí, el fideicomiso de garantía es una figura interesante desde hace décadas usada por los bancos y hoy día se ha puesto más de "moda" entre prestamistas particulares pero sin ser las leyes mi campo ni especialidad, creo que el fideicomiso de garantía tampoco es la pomada canaria porque igual, el fiduciario tiene muy limitado su campo de acción y como el pacto comisorio es prohibido, si se entra en mora igual hay que seguir el procedimiento de ejecución establecido en dicho fideicomiso y proceder, en la mayoría de los casos, con el proceso de venta privada (generalmente por medio de corredor jurado) de los bienes que aunque, estamos claros, más rápido que una ejecución hipotecaria también tiene su trámite, trámite éste que si el deudor es leguleyo le mete un ordinario para cuestionar el procedimiento (el papel aguanta lo que le pongan) o se va a arbitraje si hay cláusula de arbitraje solo para empantanar todo. Desde el momento en que se inicia el mecanismo de ejecución y venta de los bienes fideicometidos por caer en default hasta que ya el fideicomisario pueda disponer de los bienes como suyos se puede llevar su buen tiempo y máxime, repito, si el deudor es un leguleyo...
 
Última edición:
leguleyo ? ....

leguleyo, ya.
(Del lat. legulēius).


1. adj. Nic. discutidor.

2.
m. y f. Persona que aplica el derecho sin rigor y desenfadadamente.


3.
m. y f. Nic. Persona que hace gestiones ilícitas en los juzgados.

algo asi como yo jejejeeje
 
Pues sí, el fideicomiso de garantía es una figura interesante desde hace décadas usada por los bancos y hoy día se ha puesto más de "moda" entre prestamistas particulares pero sin ser las leyes mi campo ni especialidad, creo que el fideicomiso de garantía tampoco es la pomada canaria porque igual, el fiduciario tiene muy limitado su campo de acción y como el pacto comisorio es prohibido, si se entra en mora igual hay que seguir el procedimiento de ejecución establecido en dicho fideicomiso y proceder, en la mayoría de los casos, con el proceso de venta privada (generalmente por medio de corredor jurado) de los bienes que aunque, estamos claros, más rápido que una ejecución hipotecaria también tiene su trámite, trámite éste que si el deudor es leguleyo le mete un ordinario para cuestionar el procedimiento (el papel aguanta lo que le pongan) o se va a arbitraje si hay cláusula de arbitraje solo para empantanar todo. Desde el momento en que se inicia el mecanismo de ejecución y venta de los bienes fideicometidos por caer en default hasta que ya el fideicomisario pueda disponer de los bienes como suyos se puede llevar su buen tiempo y máxime, repito, si el deudor es un leguleyo...
El asunto es saber escoger a tu deudor... Solo dos veces hemos tenido que "ejecutar" a alguien, y como la garantía es pura carnita (no podés recibir de garantía cualquier rancho) en ambos casos se fueron en menos de un mes... Hay infinidad de personas con dinero que están deseando tener una buena propiedad para invertir dinero. Más ahora que en el banco no te pagan nada.
Gracias por tus interesantes y oportunos comentarios.
 
la prescripción no es inmoral

Nada le impide al acreedor cobrar su crédito, o intentarlo.. si logra notificar al deudor y llevar el proceso a sentencia no hay prescripción al menos no de cuatro años...

La prescripción nos viene a dar seguridad jurídica, no es moral o inmoral, simplemente existe en el sistema, la creo el legislador, se puede utilizar sin reparo alguno.

En el campo penal es sumamente útil... no me imagino un pobre ciudadano perseguido de por vida por una causa penal...

Con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 98, y de acuerdo con Ley de Reorganización de Tribunales, algunas causas que para la entrada en vigencia de dicho Código en 1998 ya estaban elevadas a Juicio, NUNCA PRESCRIBIRAN.-

Así, cualquier acto del Tribunal de Juicio, como por ejm un recordatorio a la Sección de Localizaciones del OIJ, para que busque al imputado, ese simple memorandum o nota, INTERRUMPE la prescripción y empieza a correr el plazo de DIEZ AÑOS de nuevo.-

A todas luces INJUSTO y DESIGUAL con la normativa actual.-

Ya se intentó en la Sala Constitucional pero ahí se predica que la prescripción no es un derecho del imputado sino una sanción en contra de la inoperancia de los operadores del sistema.-

A mi criterio, la norma procesal vigente es la que debe prevalecer, y la Ley de Reorganización de Tribunales que crea esa situación caótica en cuanto a la NO PRESCRIPCION de esas causas es inconstitucional.-

Saludes Triboniano... supongo que sos el único que entendió mi comentario.-
 

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