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Wilas

Duda sobre divorcio y "abandono del hogar"

Patricia86

Cambiando...
Hola. Quisiera saber qué pasa si alguien que se quiere divorciar decide irse de su casa a alquilar apartamento y luego iniciar formalmente el proceso de divorcio, es decir a la persona le llegaría la notificación y su cónyugue ya no estaría viviendo con él. Existe la posibilidad de que el abogado de él la acuse de "abandono del hogar" y eso le perjudique a ella en todo el proceso, o eso es solo un mito? Tomando en cuenta que no abandona hijos menores de edad puesto que ya todos son independientes y que no se va a vivir con una nueva pareja ni la tiene, es sólo que la relación ya es insostenible.

Además, la repartición de bienes se hace sí o sí o este señor se podría poner a decir que él no desea vender la propiedad y qué pasa ahí??? Se compró durante el matrimonio y a pesar de eso durante muchos años sólo estuvo a nombre de él porque él siempre a considerado que TODO es suyo. Hasta hace poco se puso a nombre de los dos 50% c/u porque él desea sacar provecho de eso debido a una X circuntancia. Es un matrimonio de 22 años.

Gracias si alguien me pudiera ayudar!
 
Yo supongo que no afectaria si se va de la casa, no se hasta donde es rigido el 50-50, me parece que el que mas aporta o el que mas tiene tiende a salir MOJADO en la reparticion, yo NO me arrimaria a NADIE sin capitulaciones, pero es algo que aun a dia de hoy es un tabu en muchas parejas
 
Gananciales

TODO bien mueble o inmueble adquirido a título oneroso (no regalado, heredado o adquirido por azar tipo lotería o rifa), es decir, que se pagó por él adquirido durante el matrimonio se considera un bien ganancial y se reparte 50/50 entre los cónyuges. Lo del cónyuge "culpable" (que entre otras cosas perdía el derecho a gananciales) se eliminó hace más de 15 años. El abandono del hogar, además de voluntario debe ser malicioso, de conformidad con el Código de Familia. Sin embargo, y para evitar problemas, es conveniente iniciar sino el proceso de divorcio, mínimo el de separación judicial. La notificación de la demanda debe ser personal O en la casa donde efectivamente habita la persona demandada, no donde VIVÍA antes. Aquí parece que el adagio de que "la mejor defensa es el ataque" se hace necesario de aplicar y antes de darle más motivos al cónyuge o de que se agraven los problemas, asesorarse profesionalmente y tomar la iniciativa.
No hay que olvidar que los bienes gananciales se declaran así en SENTENCIA y que antes de la notificación de la demanda son de libre disposición por parte del propietario registral, que perfectamente puede disponer de ellos mientras no sea notificado del proceso de divorcio y anotada la demanda en el Registro Público. Si bien es cierto existen remedios legales para ello, es mejor (y menos complicado) evitar que ello se dé.
Suerte.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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