Si bien es cierto el adulterio es difícil probarlo con pruebas fehacientes, existen miles de situaciones que el juez de familia podrá tomar como "referencias suficientes para deducier que de hecho existe una relación paralela, faltando al deber de fidelidad dentro del matrimonio".
Dichas pruebas pueden ser:
a) Testigos de la pareja (adultero y su amante) en situaciones que SOLO parejas acostumbran, como cenas en restaurantes, viajes, hospedajes de hoteles, etc. O sea, situaciones en donde no se puede alegar que se está por asuntos de trabajo o estudio, por ejemplo.
b) Certificaciones de salidas del país, en donde el adultero y su amante salen y entran del país el mismo dia, con destino o provenientes de un mismo lugar, en donde tal viaje no se justifica en asuntos de trabajo o estudio.
c) Aparición de enfermedades de transmisión sexual en el cónyugue adúltero, y el demandante no está contagiado.
d) Gastos en tarjetas de crédito que reflejan consumos en lugares/tiendas/establecimientos destinados a parejas (hoteles, tiendas de regalos, etc) y las compras no se han justificado en el hogar.
e) Fotografías de ambos en actitudes de pareja o amantes. Incluye fotografías y/o testimonios de entradas y salidas de moteles. Para esto existen cientos de casos de detectives contratados, que luego sirven de testigos. Ningún juez podrá otorgar el beneficio de "duda razonable" si una pareja entra a un motel, sale dos horas después y le cuentan que andaban en una reunión de trabajo o estudiando.
En el asunto de los gananciales, tal situación no afecta a ninguno de los cónyugues. De hecho, ninguna causal de divorcio modifica el derecho sobre gananciales de ninguno de los dos cónyugues. La única diferencia en el caso de divorcio por adulterio (y otro par de causales), es que se puede solicitar que se declare como "conyugue culpable" al adultero, otorgando al otro, el derecho a cobrar indenmización por daño moral. En caso de que haya declaratoria de conyugue culpable, automáticamente este pierde su derecho a pensión por parte del otro, indistintamente si es el hombre o la mujer. Las pensiones de los hijos son irrenunciables y no se pierden por ninguna razón, hasta que cumplan mayoría de edad o se mantengan estudiando hasta los 25 años (o se casen).
La única situación que modifique el derecho a gananciales de cualquiera de los cónyugues, es cuando exista acuerdo prematrimonial (capitulaciones matrimoniales) y en dicho acuerdo se especifique lo que pasa cuando se dé cualquier situación prevista.
Por cierto, en caso de adulterio, el conyugue culpable NO PUEDE utilizar este argumento para pedir el divorcio. Ante la ley de familia esto no tiene validez. Debe haber acusación de parte del cónyugue inocente. En pocas palabras, yo no puedo pedir el divorcio alegando que soy infiel.