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Wilas

Pension estando al extranjero

Muy Buenas a todos y todas!
mi caso es el siguiente:
tengo un hijo de 2 años y medio con mi expareja (y no estuve casado con ella). Nos separamos ya hace 2 años y desde que nos separamos le ayude voluntariamente cada semana le depositaba al banco (guardé todos los recibos). El primer problema es que cuando se dio cuenta que tenia otra pareja, que hoy es mi esposa, no quizo qe viera mas a mi hijo mas de 4 horas cada 2 o 3 semanas si duraba mas me amenazaba con mandarme la policia ect...
Ahora tengo unos meses de haberme ido con mi esposa a vivir en Europa, no habia podido ayudar a mi hijo porque no tenia trabajo, ahora que encontré uno, le mando plata y llamo a mi hijo minimo 1 vez por semana!
La vez pasada me amenazo con ponerme la pension: estoy viviendo en el extranjero? pueden hacerme algo estando aqui? o podrian no dejarme salir de CR el dia que vaya de vacaciones?
Ademas le he estado comentando que cuando vaya a CR me gustaria poder visitar a mi hijo un poco mas que un par de horas en el patio de la casa de ella y se niega totalmente! y mucho menos si le digo que me lo de un par de dias para llevarlo a pasear?
tengo yo algun recurso para poder ver a mi hijo fuera de la casa de mi expareja?
si vuelvo a irme a vivir a CR puedo pedir tener a mi hijo unos dias cada quincena o algo asi??
Muchisimas gracias a todos por su ayuda!!!
 
Hola

Cómo joden las mujeres verdad!? Lo que más me molesta, es que usen a los hijos como instrumento de sus manipulaciones. Tengo casi 10 años de divorciado y yo sé lo que es. Primeramente, permitame felicitarlo por la dedicación y responsabilidad con la que ha estado ayudando a su hijo por mas de 2 años, de forma completamente voluntaria y aún estando en el extranjero lo sigue haciendo.

Lamentablemente, cuando la mujer vé que uno es bueno y quiere ayudar a los hijos, más se quiere montar... ni modo... así son ellas. Como usted ha estado ayudando de forma voluntaria y tiene todos los recibos, no tiene porqué preocuparse. Ella puede interponer todas las demandas de pensión que quiera, pero usted esta respaldado por su buena fé y los recibos. Usted con eso, puede demostrar que nunca ha fallado y no lo pueden joder. Si ella lo que quiere, es un monto de pensión mayor, pués tendría que buscarse su propio abogado e iniciar los trámites y ya el juez decidirá que monto le corresponde. Basado ésto, en sus ingresos, lo que ha aportado y las necesidades
del menor.

Todo esto es un poco complicado de hacer, si usted está fuera del país por supuesto.
Sería bueno que formalizara los trámites de la pensión, no tanto por la plata ó porque no lo dejen salir del país si vuelve, sino para que quede oficialmente establecido el régimen de visitas, porque lo han tenido restringido con eso y usted tiene todo el derecho de ver a su hijo por más tiempo de el que ella le ha permitido. Entonces, una vez establecida la guarda crianza, el monto de la pensión y el régimen u horarios de visita ella tiene que acatar las disposiciones del juez ó del acuerdo establecido entre ambas partes, si es que llegaran a un mutuo acuerdo.

Otra vez, el que usted esté afuera complica un poco las cosas, pero siempre hay una solución. De todas formas, si usted entra al país y hay una demanda de pensión con impedimento de salida, lo joden. Entonces si vuelve, trate de formalizar la situación antes de volverse a ir. Busque un abogado de confianza y otórgele
un poder especial o general, para que él le haga las vueltas mientras usted esté afuera. En el caso que usted quiera llevarlo a pasear fuera del país, el menor de padres divorciados, puede salir del país con el permiso de uno de los padres únicamente, pero si ella tiene la patria potestad en forma exclusiva, sólo ella puede darle permiso de sacarlo.
 
"En el caso que usted quiera llevarlo a pasear fuera del país, el menor de padres divorciados, puede salir del país con el permiso de uno de los padres únicamente, pero si ella tiene la patria potestad en forma exclusiva, sólo ella puede darle permiso de sacarlo. "

Toda su respuesta es acertada, excepto esta afirmación. En cualquier situación (padres divorciados o no) un menor podrá salir del país SOLAMENTE con la autorización de ambos padres. En la autorización, ambos padres deben y pueden acordar lo siguiente:

1) Si el menor sale solamente acompañado de ambos padres.
2) Si el menor sale, acompañado solamente de uno de los padres.
3) Si el menor sale, acompañado de un tercero que no es sus padres o hermanos.
4) Si las condiciones estipuladas son temporales (una vez), permanentes (hasta que sean mayores de edad) o limitadas (por tiempo limitado).

No existe eso de que el menor de padres divorciados, podrá salir con el permiso de solo uno de los padres. Eso es una de las broncas principales en los divorcios, cuando uno de los padres "se lleva" a los hijos a otro país. Eso es delito de sustracción de menores.

La patria potestad de los menores es la representación de ellos ante cualquier situación legal y formal. Nada tiene que ver con la guarda crianza. En el 99% de los casos, ambos padres siempre ostentan la patria potestad y la madre ostenta la guarda crianza. Para que uno de los padres pierda la patria potestad, debe haber razones de mucho peso (abandono, peligro inmimente, etc) de uno de los padres hacia el menor.
 
Muchas gracias por sus respuestas!!
ahora lo de guarda crianza y eso, cuanto tengo derecho a ver a mi hijo? seguira siendo un par de horas cada semana o bien con algo legal me lo darian un fin de semana cada quinzena o algo asi?
 
Toda su respuesta es acertada, excepto esta afirmación. En cualquier situación (padres divorciados o no) un menor podrá salir del país SOLAMENTE con la autorización de ambos padres.

Muchas Gracias por la aclaración!! Excelente!! :)
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
He leido que la mujer tambien puede pedir pension ademasde la del niño... es cierto eso? osea en mi caso no estuve casado con ella y hace ya 2 años que nos separamos y mas bien ahora yo estoy casado con otra mujer? con cuales condiciones me podria pedir pension para ella?
Gracias
 
He leido que la mujer tambien puede pedir pension ademasde la del niño... es cierto eso? osea en mi caso no estuve casado con ella y hace ya 2 años que nos separamos y mas bien ahora yo estoy casado con otra mujer? con cuales condiciones me podria pedir pension para ella?
Gracias

Aqui le han dado consejos erroneos

La guarda crianza y la patria potestad son dos cosas separadas...la primera es ser el depositario legal del menor y la segunda es un derecho del padre o la madre sobre el menor que solo el PANI y el juzgado pueden revocar.

El hecho de que ud voluntariamente haya estado aportando al menor, no tiene nada que ver el posible monto de la misma, no se engañe, eso solo sirve como un acto de buena voluntad, que el juez podria no darle importancia alguno.

Las leyes en este pais no son justas en el aspecto de la pension alimentaria, para ponerlo en palabras mas vernaculas, a ud se lo van a querer coger por todo lado.

En el momento que ella haga la solicitud de la misma en el juzgado correspondiente, ud no podra volver a salir del pais, a menos que pague una "fianza" de 12 meses de pesion, y aun asi ella puede denegarle la salida sino firma el documento correspondiente.


En el tanto que ella no trabaje, SI puede pedirle pension.

Consejo?

Quedese quedito en Europa, lo siento por ud y su hijo pero estan a la merced de una bruja y las leyes de costarica la amparan
 

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