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Wilas

Crear Pagina de Damas de Compañia

iceman8

ANÓNIMO
Compañeros abogados las leyes de Costa Rica pueden castigar si se crean este tipo de páginas en nuestro país un amigo que es diseñador de paginas web quiere implementar una página de este tipo pero no conoce si existen castigo por esto, el brindara el servicio gratuito la ganancia seria de la publicidad interesada en manifestarse en dicha página. Gracias por sus comenatios.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
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De acuerdo con el artículo 169 del Código Penal, “quien promueva la prostitución de personas de cualquier sexo o las induzca a ejercerla o las mantenga en ella o las reclute con ese propósito será sancionado de dos a cinco años”.
 
Aún así muchos proxenetas se salvan diciendo que solo alquilan habitaciones y que las muchas llegan sin que nadie las reclute.

Pero obviamente es un riesgo. Recuerdo un gringo que fue condenado por tener una pagina de escort service, pero en ese caso el problema fue que reclutaba menores de edad.
 
Por eso mi consulta en este caso no existira pago de por medio y mucho menos se incluiran menores en Costa Rica han habido intentos de páginas de este tipo pero siempre le han cobrado a las anunciantes no creo que por dar un servicio gratuito a personas mayores de edad sucedan gravamenes con la ley.
 
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