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Wilas

Accidente de transito, arreglo sin juicio

Buenas Noches Foreros!
La historia es la siguiente, la semana pasada tuve un accidente de transito en el cual gracias a Dios no hubieron daños fisicos, solo materiales.
El carro es mio, y está a mi nombre, el camion con el cual choqué está a nombre de una persona fisica, pero lo andaba un empleado.
Llegamos a una acuerdo en el cual yo (yo acepto la responsabilidad del percance) le cancelo los daños del camion.
Segun yo entiendo funciona así, el chofer (por ser el que aparece en la boleta de citacion) y no el dueño registral, y yo, tenemos que presentarnos juntos en el juzgado de transito del lugar, a declarar que llegamos a un acuerda, y que ambas partes estan conformes. ¿Estoy en lo cierto, o ando perdido? de esta forma ambos mi licencia y mi carro quedarian libres verdad?
Agradezco su ayuda, porque quedamos de ir el Viernes
Gracias mis amigos!
 
Efectivamente está perdido.
Para poder llegar a un acuerdo extrajudicial, el finiquito o arreglo solo lo pueden firmar los propietarios registrales de los vehículos. y en su caso, además, el chofer.
El acuerdo lo pueden hacer directamente los 3, ante el juzgado.
Suerte
HNRLAW
 
Gracias HNRLAW, hoy por medio de una llamada al juzgado respectivo me di cuenta que andaba en la luna!
Efectivamente tiene que comparecer el dueño registral del camion.
Una pregunta mas, en el juzgado me dicen que si ninguno de los dos declara simplemente se archiva el caso, y punto. ¿Eso es asi de facil? ¿no existe la posibilidad de que si se le mete el agua a la otra parte lo puedan demandar a uno despues? De todos modos no me la voy a jugar, pero me da curiosidad si eso no deja campo para que alguien le juegue sucio despues.
Gracias!
 
Si ninguna parte tiene interes en el proceso y ninguna va a declarar y en suma a ello tampoco se pusieron de acuerdo en finiquitar, el Juzgado de Transito, resuelve algo así como un empate, y cada una de las partes asume la reparación de su vehículo.
Lo que sucede es que la gente es muy tramposa, te pueden prometer no declarar y luego lo hacen a última hora.
La recomendación para todo el mundo es:
Si se tiene una colisión aunque sea mínima, siempre llamen al tránsito, que se hagan los partes y se va a declarar. Lo que da seguridad jurídica a quien sigua el proceso y declare. Un arreglo puede darse en cualquier momento del proceso.
Suerte
HNRLAW
 
una ? antes de diciembre me chocaron x detras y hicieron el parte y todo, ya fui a declar y me dijeron que esperara notificacion del juzgado para ver que se hace. Ahora me han dicho que yo puedo arreglar los danos y presentar los gastos para q me lo page el culpable. la culpable no quizo hechar ni llegar acuerdo x q dice el INS se lo cubre. entonces yo quiero arreglarlo y q me lo pague y no ir al INS(debe ser un dolor y lerdo) La cosa es si arreglo el carro antes de la notificacion o despues o debo esperar el juicio, que al paso que va, toda la vida.
 
ud lo rregla y como solicitud en el proceso pide que se le indemnizen los daños y presenta la factura con el detalle de los arreglos como prueba.

y en 500 trillones de años el juez resolvera y si le dan la razon eso se lo cobran al mae.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
como solicitud en el proceso pide que se le indemnizen los daños y presenta la factura con el detalle de los arreglos como prueba

entonces, cuando solicito q se indemnizen los danos? antes de la notificacion, o en el juicio O tengo que ir otra vez al juzgado a pedir q me indemnizen??? help..:ganzo1:
 
Colisión por detrás.

Buenas Tardes,

Aprovechando el tema...
Hace aproximadamente 7 meses le colisionamos por detras a otro carro. El proceso esta en los tribunales. Quería saber si alguién sabe cuanto es el tiempo que se tiene para presentar pruebas de daños físicos producto de la colisión al juzgado de tránsito.

Muchas gracias
 

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