tipoti dijo:
Hola
Me podrian decir cuantos embargos pueden hacerse a la misma vez a un mismo salario, o si es solo 1 a la vez,
Y cuanto quitan si se tiene un salario de 500.000
Gracias.
Le pueden embargar el salario las veces que sl monto del mismo lo permita. De conformidad con el art. 172 del Código de Trabajo la tabla para embargar el salario es la siguiente:
De 0,oo hasta el salario mínimo que exista.......................................Inembargable
Del salario mínimo que exista hasta tres veces ese salario mínimo............Embargables en un 12.5%
El exceso de lo anterior..............................................................Embargable en un 25%
Ahora bien, por pensión alimentaria se puede embargar hasta un 50% del salario.
Para poner un ejemplo en números irreales y tontos, será así:
Pensemos que alguien gana 1500,oo colones y que el salario mínimo existente es de 300,oo colones.
De conformidad con este ejemplo, sobre los primeros 300,oo colones NO SE EMBARGA NADA. Sobre los siguentes 900,oo colones (que serían 3 veces ese salario mínimo) se embargaría el 12.5%, o sea, 112,50 colones. Sobre los restantes y últimos 300,oo colones se podría embargar el 25%, o sea, 75,oo colones. A esta persona se le embargaría de su salario 177,50 colones todos los meses. Como ven, realmente no es una suma tan representativa.