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Wilas

Despido del MEP por embarazo! Como se procede.

safito

VERIFICADO
La cuestion esta así a una chavala se incapacito el 20 de noviembre porque ya tenia los 8 meses y medio de embarazo, hizo de la forma de 15 dias antes y 3,50 meses despues, sin embargo ahora a la hora de hablar con la directora esta le dice que la va a despedir por abandono de trabajo.

Resulta ser que cuando se hizo la incapacidad se la hizo un medico general del ebais, y la directora argumenta que en el MEP no se la reciben porque tiene que ser de un ginecologo y no de un medico general, entonces no la van aceptar y la van a despedir.

A la chavala no le sirve que la despidan, o que al final gane un recurso de amparo porque eso significa que la pueden reintegrar hasta dos años despues, la idea es que quiere trabajar a partir dentro de 15 dias cuando es que se le vence la incapacidad.

Ella efectivamente tuvo una bebe, tiene el acta de nacimiento y todo legal en el calderon guardia, que se debe hacer para que el MEP apruebe la incapacidad y no ocurra despido. A mi me parece que esto es anti constitucional.

Ayuda con esto, gracias.
 
Safito, no es mi especialidad, pero creo que hay dos cosas que considerar: 1) entiendo que basta con que el dictamen sea de un médico de la CCSS, sin importar si es especialista o no; 2) también entiendo que la jurisprudencia ha admitido que si el estado de la mujer es EVIDENTE ello se equipara al aviso que ella debe hacer.
Vamos a investigar...
 
Indebido..

El despido de una mujer embrazada requiere de una autorización emitida por el MTSS, esto por cuanto la mujer embarazada se encuentra cubierta por un fuero de protección legal especial.
 
En ese caso que sugiere?..., ir directamente con la empresa contratante (MEP) o entablar directamente con la jefe inmediato?

Pasa lo siguiente y no tiene peso pero hay que considerar...

Ella es la segunda vez , o dicho de otra forma 2 a;os y medio que no imparte clases con un programa, por lo cual los padres de la familia, presionan a la directora... por ende ella se quiere lavar la jacha y pasar la bola... que recomienda>
 
mmmmm las incapacidades no se toman asi.
la incapacidad se da a la semana 36.

el medico tiene que hacer un certificado, si el medico es privado. se lleva a la caja y alli te hacen la incapidad.

si la nena no lo hizo asi , es problema del medico y el es el que se mete en problemas.
la fecha del parto no tiene que ver nada con el asunto.

la incapacidad empieza a correr, por cuatro mess, cuando el medico diga que ya la mujer esta en su semana 36.


asi no lo hizo asi.... pues tambien le puede afectar a ella, el trabajo. y el medico se va en todas.


la incapacidad , se tuvo que ver tramitado en esta fecha, no antes no despues,
el medico le tuvo que haber dicho a ella.
y haberle dado la incapacidad en la fecha correcta.
que hable con el medico y con el dpt de recursos humanos, porque si es un problema.
 
Última edición:
no entiendo muy bien como fue , que lo hizo la muchacha.
a ella le tuvieron que haber dado el papel de la incapacidad, emitido por la caja, diciendo cuando empezo con la incapacidad.
sea medico privad o publico.. el certificado de incapacidad lo da la CAJA,

cuando yo tuve a mi bebe.. mi medico privado me dio el certificado firmado por el.... y fui a la clinica de Coronado.
alli se lo entregue donde me hicieron el papel. y me pidieron la tarjeta de control prenatal
para verificar los datos y comprobar que las 36 semanas se cumplian ese dia.
me dieron la incapacidad.. y la lleve a mi trabajo.
ese dia no volvi por los cuatro meses.

alli tiene dpt legal y puede ir a buscar al abogado o a .. que los representa.
 
otra cosa. es que usted no explica bien.

entiendo que le negaron la incapacidad porque vino de un medico general.???
no creo que tenga nada que ver.
ellos nada mas realizan el tramite. basados en el certifcado firmado por el ginecologo que la vio a ella.


cuando yo fui a dejar el mio..me atendio un medico, que reviso los papeles y me lo aprobo.

pero este no era un ginecologo. era un medico que trabajana donde firman las incapacidades.

como dije. valla al dpt legal, donde le dieron el papel.....



suerte!!!!!!
 
safo en estos casos si la muchacha esta afiliada a alguno de los sindicatos, ellos mismos le brindan toda la asesoría legal para esos casos.

Me han dicho que cuando hacen este tipo de "aperturas de expediente" o "proceso administrativo", si se tienen las pruebas, es realmente muy fácil traérselos abajo. Intente por ese lado, le saldrá mas fácil y mas barato.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Al final no paso nada, se hecho para atras la directora, yo creo que era una forma de presionar para tener contentos a los padres de familia, o tenia algun familiar que queria plaza aqui en SJ.
 
Que bueno que ya se arregló, para en otras, con solo ir al Ministerio de Trabajo la trabajadora obtiene asesoría y protección en este tipo de incidentes, ya que la ley es clara en proteger a la parte mas "débil" de la relación laboral (presuponen siempre que es el empleado), máxime en este caso, en que los derechos de la mujer trabajadora que se embaraza son tan claros.
 
No SE puede

Aclaremos varias cosas

La Directora no tiene potestad para despedir a nadie, eso solo lo puede hacer el Director de Recursos Humanos y despues de hacer un proceso administratvio que en todo caso tiene varios recursos de revocatoria.
segundo, la legislacion laboral de Costa Rica no admite el despido de una trabajadora en estado de embarazo
La directora no puede cuestionar una incapacidad de la caja, pueden iniciar un proceso en contra de ella
el despido es improcedente, por lo que la servidora no puede aplicarsele la prohibición de los dos años, además que tanto la Sala Constitucional como la Sala Segunda han emitido jurisprudencia de que el castigo de los dos años no procede, mi correo es [email protected] soy secretario de Asuntos Legales de mi sindicato y sipuedo ayudarla solo contactenme
 

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