Buenos días.
Consulta: En un aocación, conducía mi automovil, de oeste a este, frente a la esquina de la muni de Montes de Oca, en Sn Pedro, a unos 25kph, iva en el 2do. Crril (de derecha a izquierda) a como se ve en el croquis en el archivo adjunto. En esa ruta, hay un 3er. carril que es para giro a la izquierda.
De forma repentina, un imprudente conductor que venía en el primer carril de la derecha (de color rojo en el croquis), se me atravieza sorpresivamente para tomar el carril de giro izquierdo. Es decir: saltó de una vez, desde el primer carril, al tercero de forma incorrecta.
Pasó frente a mi carro, a unos 2 metros, por lo que me ví obligado a frenar evitando una colisón.
Logré evitar un accidente, pero un señor que conducía un vehículo del poder judicuial, colisionó en la parte posterior de mi carro.
A pesar de la baja velocidad a que circulábamos, el Sr., manifiesta que no pudo evitar la colisión, lo que me hace pensar dos cosas:
1- No guardó la distancia
2- Venía distraído.
Mi carro y yo, estamos a derecho y como no me causó daños materiales, yo le propuse a este sr. que tomara un adesisión a lo qu él respondió que por involucrarse un vehículo del estado, se debía proceder con los trámites respectivos a lo que me pareció correcto.
Lo que me preocupa, es que el Sr. dice en su declaración, que no asume los cargos, aunque reconoce que yo me vi obligado a frenar, pues él mismo indica que vió cuando se me atravesó el otro carro, que por cierto, se dió a la fuga al ver lo que había provocado. No tenemos ningun dato del conductor que se me atravesó y causó el percanse.
No hubo lesionados.
Los daños materiales, fueron leves.
Tenemos audiencia en Mayo 2010.
Mi consulta es: Qué responsabilidad me corresponde asumir en estas circunstancias?
Creo que así como yo pude evitar la colisión con el carro que se me atrvesó, este señor del poder judicial, también pudo evitar colisionar con migo, si hubiera venido atento y guardando su distancia.
Gracias.
Consulta: En un aocación, conducía mi automovil, de oeste a este, frente a la esquina de la muni de Montes de Oca, en Sn Pedro, a unos 25kph, iva en el 2do. Crril (de derecha a izquierda) a como se ve en el croquis en el archivo adjunto. En esa ruta, hay un 3er. carril que es para giro a la izquierda.
De forma repentina, un imprudente conductor que venía en el primer carril de la derecha (de color rojo en el croquis), se me atravieza sorpresivamente para tomar el carril de giro izquierdo. Es decir: saltó de una vez, desde el primer carril, al tercero de forma incorrecta.
Pasó frente a mi carro, a unos 2 metros, por lo que me ví obligado a frenar evitando una colisón.
Logré evitar un accidente, pero un señor que conducía un vehículo del poder judicuial, colisionó en la parte posterior de mi carro.
A pesar de la baja velocidad a que circulábamos, el Sr., manifiesta que no pudo evitar la colisión, lo que me hace pensar dos cosas:
1- No guardó la distancia
2- Venía distraído.
Mi carro y yo, estamos a derecho y como no me causó daños materiales, yo le propuse a este sr. que tomara un adesisión a lo qu él respondió que por involucrarse un vehículo del estado, se debía proceder con los trámites respectivos a lo que me pareció correcto.
Lo que me preocupa, es que el Sr. dice en su declaración, que no asume los cargos, aunque reconoce que yo me vi obligado a frenar, pues él mismo indica que vió cuando se me atravesó el otro carro, que por cierto, se dió a la fuga al ver lo que había provocado. No tenemos ningun dato del conductor que se me atravesó y causó el percanse.
No hubo lesionados.
Los daños materiales, fueron leves.
Tenemos audiencia en Mayo 2010.
Mi consulta es: Qué responsabilidad me corresponde asumir en estas circunstancias?
Creo que así como yo pude evitar la colisión con el carro que se me atrvesó, este señor del poder judicial, también pudo evitar colisionar con migo, si hubiera venido atento y guardando su distancia.
Gracias.
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