La consulta!
Buenas mi amigo:
Aquí estoy de nuevo molestando. Sé que a muchos no les caigo bien, pero ni modo. Bueno, la inquietud es la siguiente: Artículo 81 del código municipal habla de:
SERVIDUMBRES DE PASO.-
LICENCIAS MUNCIPALIDES.- PATENTES.- PLANIFICACIÓN URBANA el artículo 81 del Código Municipal establece la posibilidad de denegar el otorgamiento de licencias municipales “cuando la actividad sea contraria a la ley, la moral o las buenas costumbres, cuando el establecimiento no haya llenado los requisitos legales y reglamentarios o cuando la actividad, en razón de su ubicación física, no esté permitida por las leyes o, en su defecto, por los reglamentos municipales vigentes”.
Pero la ley de planificación urbana en el artículo 28 habla de:que se prohibe dedicar estructuras o edificios a cualquier uso que sea incompatible con la zona, por lo que los propietarios interesados deberán pedir un certificado municipal que acredite la conformidad de uso con los requerimientos de la zona.
Mi inquietud: Mirando las normativas, cree usted que un gimnasio privado, puede ubicarse en una zona meramente residencial, donde utilizan la calle principal de los vecinos como parqueo para sus usuarios? Y en ocasiones, usan los garages privados de los vecinos?
Qué se puede hacer? Los vecinos han solicitado la ley de patentes de la municipalidad del cantón pero dicen que si hay un permiso. Se buscó en el SINALEVI y no aparece nada, solo aparece otras municipalidades-