El abogado NO puede cobrar lo que le de la gana.
El arancel de honorarios establece:
Art. 83. Traspaso de Vehículos. "...La fijación de honorarios profesionales se hará sobre el valor de bien declarado por las partes contratantes. En caso de ser inferior al valor fiscal asignado por la DGTD, prevalecerá este último valor, que regirá para efecto del cálculo de honorarios, de conformidad con el artículo 69 del arancel" (es decir, lo mínimo son 25 mil colones)
ARt. 70. Tarifa General. a) Hasta 10 millones o fracción se cobra 20 colones por cada mil. (es decir 20 mil por millón, con un mínimo de 25 mil) pero dependerá del valor en que se pacte la compra del vehículo.
El valor fiscal se usa para el cálculo del pago de los impuestos de traspaso y timbres.
En palabras sencillas, si quiere saber cuanto debe pagar por el traspaso de su vehículo:
Multiplique 4.5 millones por 3.5% para que sepa cuanto paga de impuestos y timbres, luego multiplique el valor en que realmente esta comprando el vehículo por 2%, si no pasa de 10 millones, y eso es lo que debe pagarle al notario.
Si le cobra más, busque un notario honesto.
Si le cobra menos, busque un notario honesto.
Buena suerte.
HNRLAW