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Wilas

Como quitar una pension alimenticia?

Chereveco

ANÓNIMO
Tengo el problema de que mi ex-esposa se fue de Costa Rica, con todo y mi hijo. De eso ya hace casi dos años y medio, los juzgados nada que ayudan, ya perdi la esperanza de volver a ver a mi hijo.

Ahora me encuentro con que no estoy pagando la pension, pero tengo un impedimento de salida del pais, yo se que haciendo un deposito con el INS uno puede volver a salir del pais "sin problemas", pero no se exactamente como es el tramite.

Pero la cuestion es que si ya que no esta le ex, en el pais para reclamar nada, podre quietar dicha pension que repito no la pago desde hacer mas de dos años? No hay quien me ponga orden de captura ni nada.

Atentamente

Chereveco
 
Presentá un incidente de exclusión del pago de pensión demostrando que la señora se fue del país, que no le interesa tener contacto con Ud. y aporta certificación de migración de las entradas y salidas de ella y el menor. Todo a través de abogado, porque si Ud va a Tribunales a gestionarlo personalmente, a ellos no les importa y duran lo que les de la gana.
El juzgado debería resolver sobe eso.
Buena Suerte
HNRLAW
 
gracias por tan pronta respuesta.

pero ella se fue ilegalmente del pais, se fue mojada, el niño tiene impedimento de salida pero por como ella se lo llevo, no hay registros migratorios.

que se puede hacer a partir de esto?

gracias de nuevo,

chereveco.
 
Lo primero es verificar eso con los documentos de migración que te dije, porque al juez hay de demostrarselo.
Solicitar una certificación que indique si ella dejó apoderado en Costa Rica.
Como último recurso testigos que puedan declarar que efectivamente ella está fuera del país.
Hay que recurrir al juez.
HNRLAW
 
estoy en un proceso similar, ya que un par de carros ( menso yo ), estaban a nombre de ella, ella vendio uno, y me dejo con el otro ensartado, y eso que describes se ha hecho para poder libeerarlo, ademas ya fueron los testigos a decir que efectivamante ella se fue del pasi de manera ilegal, y luego me notificaron para que yo diera la direccion conocida de ella ( donde el hermano ). Y hasta ahi vamos. Me imagino que con todo esto lueego se podra copiar al juzgado de pensiones para que salga algo rapido el tramite.

gracias de nuevo. me ha dado luz en el camino.
 
Pura Vida!
El caso se las trae, y está interesante, lo que le digo es que no lo abandone, porque lo tiene limitado.
HNRLAW
 
si estoy en eso, de hecho estoy con ganas de cambiar de abogado, si bien todos los procesos los ha ganado, siento que tambien ha cometido errores muy infantiles o tontos.

a veces no se que hacer.

Sigo con el, pero uno siente que las cosas no avanzan al ritmo que a uno le gustaria.

llevo ya casi cuatro años en esto. Y las cosas se resuelven a mi favor pero ya para esto no son utiles, como por ejemplo lo del regimen de visitas. una vez que me lo concedieron ya la mujer tenia seis meses de haberse ido del pais.

Atte,
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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