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Wilas

Problema con una Sociedad anonima

nande

ANÓNIMO
Buenas.. tengo una consulta...

Hace unos 3 o 4 años tenia una sociedad con un amigo. Usabamos el nombre para trabajar en el area de diseño grafico, al final el negocio nunca funsiono y decidi venderle mi parte a mi amigo, para que el hiciera lo que quisiera, al tiempo por algunos problemas perdimos el contacto. Hoy averiguando acerca de algunas propiedades vi que la sociedad todavia existe y todavia estoy dentro de ella, el nunca cambio mi nombre ni me saco de ella.

Por otra parte me di cuenta que el lo que hace con esa sociedad es traer carros a costa rica y venderlos.. Entonces, quisiera saber si hay algun problema en que mi nombre siga ahi...??
Y que puedo hacer para no salir mas es esa sociedad???

Muchas Gracias por su ayuda!!
 
eso es un problema en caso que se presente algun proceso contra esta sociedad, ya que por ejemplo si la persona que importa carros bajo el dominio de esa sociedad se mete en un problema con un cliente xq el carro salio dañado, una simple estafa o no se cualquier conflicto que surga lo que hace es demandar a la sociedad como tal y los demandados en este caso serian los representantes que seria usted y su otro amigo, por lo que eventualmente podrian llegar a convertirse en deudores solidarios, aunque usted no participe de esa actividad economica.

Habria que analizar que tipo de sociedad xq puede ser la simple y comun S.A., pero tambien existe la SRL, entre otras, dependiendo de la razon social.
 
Claro, muchisimas gracias por la respuesta.. voy a moverme para que me saquen de la sociedad!!!

Pura Vida!!
 
eso es un problema en caso que se presente algun proceso contra esta sociedad, ya que por ejemplo si la persona que importa carros bajo el dominio de esa sociedad se mete en un problema con un cliente xq el carro salio dañado, una simple estafa o no se cualquier conflicto que surga lo que hace es demandar a la sociedad como tal y los demandados en este caso serian los representantes que seria usted y su otro amigo, por lo que eventualmente podrian llegar a convertirse en deudores solidarios, aunque usted no participe de esa actividad economica.

Habria que analizar que tipo de sociedad xq puede ser la simple y comun S.A., pero tambien existe la SRL, entre otras, dependiendo de la razon social.
Con todo respeto, no veo porque hayan responsabilidades SOLIDARIAS de por medio. La responsabilidad solidaria no se presume, sino que debe ser expresa, por ley o por contrato. La ley no le da esa condición y por contrato tampoco, porque el companhero no está actuando. Tanto los patrimonios como las responsabilidades de la persona jurídica, como la de sus apoderados, son independientes.
En todo caso, si uno ya no está formando parte de una empresa, lo más sano es dejar de formar parte de ella...
 
Sin embargo compañeros, yo como afectado por una sociedad a la hora de interponer una posible demanda me voy contra todos los posibles miembros de la tal sociedad. Después será el juez quien determine a quien le cae directamente la responsabilidad, pero de hecho todos los acusados se van a ver en una situación muy incómoda por efecto de ser demandados aunque al final se determine que no les corresponde cargar con los eventuales cargos.
Por prudencia es mejor estar en orden con este tipo de situaciones. Si ya no forma parte debía de plantear debidamente la renuncia ante la sociedad de preferencia a través de un notario para que conste en el respectivo protocolo. Suerte.

Con todo respeto, no veo porque hayan responsabilidades SOLIDARIAS de por medio. La responsabilidad solidaria no se presume, sino que debe ser expresa, por ley o por contrato. La ley no le da esa condición y por contrato tampoco, porque el companhero no está actuando. Tanto los patrimonios como las responsabilidades de la persona jurídica, como la de sus apoderados, son independientes.
En todo caso, si uno ya no está formando parte de una empresa, lo más sano es dejar de formar parte de ella...[/QUOTE]
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Estimado amigo(a)
En asuntos legales no vale la pena especular, aunque los alcances de las consecuencias lo correcto es que se las deje a su abogado, para que este se las explique.
Si no tiene en este momento ningún problema de demandas, lo que debe hacer con su participación en la sociedad es lo siguiente:
Si es parte de la Junta Directiva: Una carta de renuncia del puesto, yo le diría que la haga con fecha del momento en que Ud y su amigo tomaron la determinación de separarse y que el se la reciba (déjese copia con nombre, firma y fecha de que su amigo se la recibe)
Si además es socio, proceda a contactarlo y a que se haga el asiento de traspaso (endoso) de las acciones, para que quede completamente desligado de la sociedad.
Cualquier abogado/notario serio y responsable no debería cobrarle menos de cien mil colones, por la confección de la escritura publica en que se realice el cambio de su nombre en la Junta Directiva de la Sociedad así como asentar el endoso de las acciones el el Libro de Accionistas de la Compañía.
Buena Suerte con su caso,
HNRLAW
 

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