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Wilas

Liquidacion Empleada Domestica

hola, mi consulta es la siguiente: desde Enero 26 del año anterior contrate los servicios de una señora de la comunidad a la cual yo le pagaba por horas para que cuidara a mis hijos de 6 y 9 años y ademas se hiciera cargo de labores varias; yo le pagaba 1000 por hora dependiendo de las horas que viniera, ella venia para atenderlos luego de la escuela. Sin embargo desde el jueves 7 de enero ella no se habia presentado, asi que para el miercoles siguiente yo le pedi las llaves. pero ahora ella me trajo un papel del ministerio de trabajo en el que dice que yo le debo de pagar 500 mil colones, puede ella demandarme por esa cantidad, yo asumo que una persona que hace abandono de trabajo no puede reclamar tanto, aparte, yo no tengo esa cantidad de dinero.

tambien, mis hijos me contaron como ella habia metido al compañero sentimental a mi casa sin mi consentimiento y me contaron historias de como ella los llevaba a su casa en horas laborales y les decia que no me dijeran nada. Segun mi concepto eso seria despido sin responsabilidad.. que me aconseja?
 
Realice sus propias gestiones ante el Ministerio de Trabajo.

Es obvio que cuando la empleada va al Ministerio de Trabajo cuenta su historia de forma que mejor le convenga a ella. Por eso es muy importante que ud personalmente vaya a las oficinas que plantee su situación para que le hagan una valoración de lo que le corresponde pagar. Siendo como ud lo cuenta debería ser lo correspondiente a vacaciones y aguinaldo en proporción a lo trabajado y deduciendo lo previamente cancelado. Además de lo que corresponde al preaviso que en este caso es deducible al empleado y no al empleador. El auxilio de cesantía no debe pagarse en caso de renuncia, abandono de trabajo despido por causa justa. Haga sus propias gestiones y recuerde que para el patrono el pago que debe a sus empleados es una seria obligación que no puede eludirse. Suerte.
 
lo que dice respecto a las vacaciones tampoco se las debo, ella tomo una semana de vacaciones en diciembre en la que se fue a visitar a su familia en Quepos, yo tuve que tomar vacaciones por los niños. tambien le cancele lo correspondiente al aguinaldo en diciembre, tomando un estimado de las horas que ella trabajo y ella estuvo de acuerdo, inclusive le di de mas.

esta manana estuve en el ministerio de trabajo pero unicamente atienden con cita, tambien me recomendaron que me esperara hasta que me llamaran, pero me da miedo que piensen que ella esta diciendo la verdad y me cobren ese dineral.
 
Primero ud tiene que hacerle una carta de despido enumerando sus razones para hacelo, (abandono de trabajo y comportamiento inadecuado)

Segundo debe sacar la cuenta de lo que trabajo y calcular el aguinado y vacaciones correspondientes ya que esto por ley se debe pagar.

Cuando se hace abandono de trabajo da pie a un despido sin responsabilidad laboral y esto elimina el pago de cesantia.

Llame al 800-trabajo y ellos le ayudan con el calculo.

Al pagarle esto he incorporando en la carto los montos de pago ella no puede hacer ninguna demanda.
 
Siempre es mejor cubrirse con papeles, vaya a la Oficina de Trabajo aunque tenga que sacar cita. Se lo digo por experiencia porque a mi mamá le pasó, la ex-empleada fue a mentir y a pedir mucha plata, cuando nosotras fuimos nos dio otro monto y como a la señora no le pareció, demandó judicialmente. Ahorita estamos esperando la audiencia, pero siempre es mejor cubrirse y en todo caso, buscar un abogado para que haga un escrito con su versión. Ojalá tenga recibos o manera de probar lo que le canceló por aguinaldo, y que le firmara algo en que había disfrutado las vacaciones.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Estimado(a) Duba
No se deje impresionar por el papel que le llevó su ex-empleada.
Ella hizo abandono de trabajo.
Es probable que a Ud la citen para una conciliación en el Ministerio de Trabajo para tratar de llegar a un acuerdo.
Debe ir al Ministerio de Trabajo y explicar las condiciones de la contratación y el término de la misma, y ahí mismo pedir que le confecciones un calculo de lo que Ud debería pagar.
Si en el MT no se llega a un acuerdo es probable que venga la demanda laboral, ahora bien la gente no siempre va al MT, y se van directo a la demanda laboral, que dura mucho tiempo, más de un año. Es por eso que a la señora habrá que pagarle lo justo, pero preferirá coger lo justo ahora y no lo que fije el juzgado dentro de mucho tiempo. Creame que se puede llegar a un arreglo que le convenga a UD.
Buena Suerte
HNRLAW
 

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