PUBLICIDAD
Wilas

Banco Popular Intereses

Buenas

Mi consulta es la siguiente ya he leido que las deudas en este caso prestamo personal prescriben luego de 4 años y los intereses despues de un año (si me podrian explicar bien esto por favor)..............me acerque al banco a Popular a averiguar el estado de la cuenta pero resulta que me quieren cobrar practicamente el doble de la deuda principal en intereses y cuotas atrasadas lo cual me parece ridiculo y algo que no creo que pueda pagar las cuotas atrasadas responden a 38 lo cual son 3 años me dijeron que esta en cobro judicial desde hace un par de años pero parece que no tiene como cobrarme a mi o a mis fiadores ya que ellos no cotizan en la caja y yo reporto un salario minimo supongo que tal vez por eso no ha habido ningun tipo de embargo...mi pregunta es la siguiente...de alguna manera se puede acordar la cancelacion de la deuda original el saldo real (sin los ridiculos intereses) con el banco.. o seria mejor dejar que el tiempo pase hasta que prescriba la deuda.

Gracias !!
 
Los intereses prescriben los anteriores a 1 año, después del cobro del capital, ej. usted debe un millón de colones de capital y tiene 3 años de interes, si lo pasan a cobro y usted alega la prescripción de intereses, solo le cobrarían el capital y el último año de intereses. Efectivamente la deuda prescribe a los 4 años, dependiendo del título, y si se ha interrumpido o no la prescripción. Ejemplo, si le llegó un telegrama, o si usted firmó en el banco algo después de que estuviera en mora, con ello, interrumpió la prescripción y le nace nuevamente los 4 años de la prescripción. Si no ha hecho nada de eso, esperese a que prescriba, aunque con la nueva ley de notificaciones, y la exigencia de actualizar datos en el Registro Civil, dudo que muchas deudas vayan a prescribir en el futo.

Suerte,

Lic. Manuel Giménez
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
muchas gracias!! ...pues si me enviaron telegramas avisando diciendo que la deuda iba para cobro supongo que esos cuentan a pesar de que yo personalmente no he firmado nada pero ahi los mandaron a donde yo vivia antes... otra duda me viene ahora el tiempo para que la prescripcion se de corre a partir de la notificacion del cobro en este caso eso entonces no vendria a ser 4 años a partir de que se dejo de pagar si no a partir de que se recibio la notificacion(del cobro judicial) supongo es ese caso estaria retraso un año y en lugar de 3 serian 2 años habria forma de saber cuanto lleva la deuda en el proceso judicial ?? gracias
 

Nuevos temas

Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes. Contrate al WhatsApp 64320305 de ASESORIA TRIBUTARIA
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie