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Wilas

ley de inquilinato (para casas de habitación)

bueno primero que todo un saludo soy nuevo y me encontré éste buen foro un saludos a todos.
mi pregunta es cuales son las causales de desalojo para una casa de habitación denominada de interés social tengo cerca de 39 años de vivir hay por eso agradecería que me mencionaran las posibles causales a parte que ya había recibido dos desalojos uno por falta de pago y otro por vencimiento de contrato la cual ganamos los 2 juicios

gracias de antemano saludos :cool:
 
errolerrol dijo:
bueno primero que todo un saludo soy nuevo y me encontré éste buen foro un saludos a todos.
mi pregunta es cuales son las causales de desalojo para una casa de habitación denominada de interés social tengo cerca de 39 años de vivir hay por eso agradecería que me mencionaran las posibles causales a parte que ya había recibido dos desalojos uno por falta de pago y otro por vencimiento de contrato la cual ganamos los 2 juicios

gracias de antemano saludos :cool:

El contrato de arrendamiento se extingue por las siguientes causas:

Nulidad x hacer el contrato con una persona sin poder sobre el inmueble también se aplica el 1068 c civil. Bienes en fideicomiso o usufructo deben tener contratos inscritos en el registro público. Es nulo el contrato en que se consiente por error, fuerza, intimidación o dolo.
Rescisión.
Evicción.
Pérdida o destrucción de la cosa arrendada.
Expiración del plazo.
Expropiación.
Resolución por incumplimiento del arrendador o del arrendatario.
Falta de pago del precio del arrendamiento.
Cambio de destino de la cosa arrendada.
No permitir al arrendador la inspección del bien arrendado.
Daño al bien arrendado, por omisión de aviso del arrendatario
Goce abusivo del bien arrendado.
Falta de notificación de la subrogación.
Si la cosa arrendada se pierde o es destruida en su totalidad o en su parte principal por caso fortuito o por fuerza mayor, el contrato se extinguirá.
Cuando sobre la propiedad pesa hipoteca o cedula constituida con mas de 3 años de anterioridad y se realice el traspaso forzoso del inmueble.

ARTÍCULO 1068.- No pueden comprar directamente, ni por interpuesta persona:
1.- Los empleados públicos, corredores, peritos, los tutores, curadores y demás personas que administran bienes ajenos, las cosas en cuya venta intervengan como tales empleados, corredores, etc.
2.- Los abogados y procuradores, las que se rematen del ejecutado a quien defendieren.
3.- Los Jueces ante quienes penda o deba pender el pleito, lo mismo que los empleados del Juzgado, y los abogados o procuradores que intervengan en el litigio, los derechos o cosas corporales litigiosas.

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jejeje tremenda respuesta te lo agradezco por el tiempo que te tomastes. Ahora una pregunta más no soy muy entendido en la ley de inquilinato pero en esto alcanza lo que se denomina cosa juzgada o no se algo así en caso que te intente desalojar con un desausio casi que parecido, en este caso lo pide para su hija :-? y GRACIAS por tu tiempo t
 
Un Inquilino alquilo un departamento pago su deposito pero sin previo aviso dijo que iba a desocupar, el cumplia el primero de cada mes y se fue el 6 del mes, no pago la mensualidad de ese mes solo dijo que los dias que estubo de mas que se los rebajara del deposito. Aviso el lunes para irse sábado no lo hizo por escrito sino por palabra, sus motivos son que no se puede vivir en el departamento porque hay mucha bulla, cosa que se le dijo desde el inicio que los departamentos son de pared por medio.
Y ahora que cumple el mes de haberse ido esta pidiendo devolucion del deposito, ahora bien mi pregunta es: ¿No es cierto que si un inquilino, tiene menos de 6 meses de habitar el lugar de residencia, pierde el déposito, o si no da un preaviso de minimo treinta días naturalez, tambien lo pierde?
 
Ley de inquilinato (para casas de habitación)

Un Inquilino alquilo un departamento pago su deposito pero sin previo aviso dijo que iba a desocupar, el cumplia el primero de cada mes y se fue el 6 del mes, no pago la mensualidad de ese mes solo dijo que los dias que estubo de mas que se los rebajara del deposito. Aviso el lunes para irse sábado no lo hizo por escrito sino por palabra, sus motivos son que no se puede vivir en el departamento porque hay mucha bulla, cosa que se le dijo desde el inicio que los departamentos son de pared por medio.
Y ahora que cumple el mes de haberse ido esta pidiendo devolucion del deposito, ahora bien mi pregunta es: ¿No es cierto que si un inquilino, tiene menos de 6 meses de habitar el lugar de residencia, pierde el déposito, o si no da un preaviso de minimo treinta días naturalez, tambien lo pierde?
Dorian dijo:
Un Inquilino alquilo un departamento pago su deposito pero sin previo aviso dijo que iba a desocupar, el cumplia el primero de cada mes y se fue el 6 del mes, no pago la mensualidad de ese mes solo dijo que los dias que estubo de mas que se los rebajara del deposito. Aviso el lunes para irse sábado no lo hizo por escrito sino por palabra, sus motivos son que no se puede vivir en el departamento porque hay mucha bulla, cosa que se le dijo desde el inicio que los departamentos son de pared por medio.
Y ahora que cumple el mes de haberse ido esta pidiendo devolucion del deposito, ahora bien mi pregunta es: ¿No es cierto que si un inquilino, tiene menos de 6 meses de habitar el lugar de residencia, pierde el déposito, o si no da un preaviso de minimo treinta días naturalez, tambien lo pierde?
 
Buenas tardes, tengo una consulta.
Alquilo una casa con contrato y todo, ya estoy por cumplir un año de ser inquilino, he tenido problemas por la presión del agua, resulta que despues de las 7am la presión es casi nula por lo cual la ducha con agua caliente no se puede utilizar ni mucho menos lavar la ropa y otras cosas que requieren de buena presion de agua, mi consulta es si yo puedo apelar a la dueña a que no me suba el porcentaje anual tomando en cuenta estas circunstancias o que derechos tengo en este caso



Gracias!!
 
Desalojo de Vecinos problematicos

Buenas noches, tengo una consulta:

A la par de mi casa hay unos apartamentos; actualmente lo están alquilando un grupo de jóvenes extranjeros y todas las noches hacen mucho ruido, música con volumen alto, gritos y conversaciones escandalosas. Repetidamente también hacen fiestas hasta la madrugada y ya he tenido que llamar a la policía en 3 ocasiones para que bajen el volumen. He tratado de hablar con el dueño del apartamento pero no contesta mis llamadas.

Me gustaría saber si hay algo que se pueda hacer para presentar una queja formal, para que se vean obligados a dejar de hacer bulla, o si es posible pedir su desalojo.

Saludos.
 
urgente que hago....

tengo mas de tres años de alquilar lavivienda donde vivo,hicimos un contrato por tres años se cumplio pasamos tres meses sin contrato y ahora en abril pasado volvimos ha firmar...
el dueño me pide la casa por que aduce el que el hijo compro un terreno y que por su posicion tiene peligro de derrumbes entonces lo vendieron ...y se vendran a vivir donde yo habito que tengo tres meses para irme y que si me voy antes me da la mitad de un mes de renta para que me ayude no quiero irme por que mi esposa yu yo estudiamos y no creo por el momento poder pagar mas que ahorita me quedan 2años y 8 mese con el contrato actual que hago gracias
 
consulta

Buenas Tardes

Yo tengo una casa que actualmente tengo alquilada, mis inquilinos se atrasan en los pagos de la mensualidad muy seguidamente, por lo cual necesito volver después de varios años a mi casa, pero he consultado a varios abogados y todos me han dicho algo diferente, entonces me gustaría tener una nueva opinión y que me indiquen que necesito hacer, mas que necesito coordinar para dar el preaviso donde estoy y hacer todo lo que sea necesario para no quedar mal en ninguno de los dos lados.

Saludos

Kathy
 
Buenas Tardes

Yo tengo una casa que actualmente tengo alquilada, mis inquilinos se atrasan en los pagos de la mensualidad muy seguidamente, por lo cual necesito volver después de varios años a mi casa, pero he consultado a varios abogados y todos me han dicho algo diferente, entonces me gustaría tener una nueva opinión y que me indiquen que necesito hacer, mas que necesito coordinar para dar el preaviso donde estoy y hacer todo lo que sea necesario para no quedar mal en ninguno de los dos lados.

Saludos

Kathy
Estimada amiga, a mi manera de ver las cosas, y con la poca información que aportás, solo veo dos caminos:
1) Esperar a que tus inquilinos se atrasen 8 DÍAS NATURALES en el pago, y presentar el desahucio por falta de pago para recuperar la casa.
2) Buscar la fecha de vencimiento del contrato (verbal o escrito) y notificarle al inquilino con AL MENOS TRES MESES de antelación que ya no querés arrendarle más. Llegado el final del contrato, pueden pasar dos cosas: a) que el inquilino se vaya por las buenas, y vos recuperás la casa; o b) que el inquilino no se vaya, y vos debás desahuciarlo por no irse, y que recuperés la casa.
Aparte de estas opciones, no creo que exista ninguna, salvo que exista alguna información relevante que no hayás expuesto.
Suerte!
 
Me urge saber, gracias??

Si vendo una propiedad rentada, cuanto tiempo tienen los inquilinos para desalojarla??
Hasta que termine el plazo del contrato, que es de un mínimo de tres años...
El negocio que vos estés haciendo NO tiene porqué afectar al inquilino, ese es un problema muy tuyo y de quien va a comprar. A los inquilinos vos y el comprador deben respetarle el contrato, sea verbal o sea escrito. Lo que hay que hacer es notificarle dos cosas: 1) que ahora hay un nuevo dueño, y eso hay que hacerlo formalmente; 2) que al finalizar el término del contrato NO se le va a prorrogar ese contrato, para que ellos queden entendidos que deben irse.
Para efectos prácticos, vender una casa con inquilinos es como venderla con un gravámen. Si el comprador no ocupa la casa para vivir INMEDIATAMENTE, puede ser que no le importe, pero si la ocupa para pasarse inmediatamente, obvio que no le va a servir esa casa.
Suerte!
 
PERO

Hasta que termine el plazo del contrato, que es de un mínimo de tres años...
El negocio que vos estés haciendo NO tiene porqué afectar al inquilino, ese es un problema muy tuyo y de quien va a comprar. A los inquilinos vos y el comprador deben respetarle el contrato, sea verbal o sea escrito. Lo que hay que hacer es notificarle dos cosas: 1) que ahora hay un nuevo dueño, y eso hay que hacerlo formalmente; 2) que al finalizar el término del contrato NO se le va a prorrogar ese contrato, para que ellos queden entendidos que deben irse.
Para efectos prácticos, vender una casa con inquilinos es como venderla con un gravámen. Si el comprador no ocupa la casa para vivir INMEDIATAMENTE, puede ser que no le importe, pero si la ocupa para pasarse inmediatamente, obvio que no le va a servir esa casa.
Suerte!

El contrato terminó hace tiempo, el Señor sigue pagándome,pero pone diferente gente a vivir. El contrato dice que es una bodega. Verbalmente hemos convenido que el puede poner a sus empleados ocasionalmente en la casa. Me preocupa que no quisiera desocupar. Como me puedo defender?
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
El contrato terminó hace tiempo, el Señor sigue pagándome,pero pone diferente gente a vivir. El contrato dice que es una bodega. Verbalmente hemos convenido que el puede poner a sus empleados ocasionalmente en la casa. Me preocupa que no quisiera desocupar. Como me puedo defender?
Y va de nuevo: asesorarse puede ser caro, pero NO asesorarse siempre es más caro!
Mi amigo, los contratos de arrendamiento se "regeneran" (técnicamente el término no es correcto), de forma que cuando termina el plazo de 3 años, AUTOMÁTICAMENTE, y por mandato de la Ley, se prorrogan por 3 años más... Y así sucesivamente, per secula seculorum!
Y cómo rompo eso? Notificando formalmente (Juzgado, Notario Público, correo certificado y manifestado, etc...) al inquilino, con al menos 3 meses antes de la fecha del vencimiento del plazo, mi interés de no prorrogar el contrato, sea verbal o sea escrito. Y si no hago esa notificación en el plazo que indica la ley? Me jodo, porque el contrato se prorroga automáticamente por otros 3 años más...
Así las cosas, no digás que el contrato se venció, porque tu contrato está más vivo que Laura Chinchilla, ya que la Ley lo ha prorrogado automáticamente. Y mientras esa persona PAGUE puntualmente, no lo podés echar.
MI CONSEJO: negociá con él, porque si no, es posible que se te caiga el negocio.
Suerte!
 
Hasta que termine el plazo del contrato, que es de un mínimo de tres años...
El negocio que vos estés haciendo NO tiene porqué afectar al inquilino, ese es un problema muy tuyo y de quien va a comprar. A los inquilinos vos y el comprador deben respetarle el contrato, sea verbal o sea escrito. Lo que hay que hacer es notificarle dos cosas: 1) que ahora hay un nuevo dueño, y eso hay que hacerlo formalmente; 2) que al finalizar el término del contrato NO se le va a prorrogar ese contrato, para que ellos queden entendidos que deben irse.
Para efectos prácticos, vender una casa con inquilinos es como venderla con un gravámen. Si el comprador no ocupa la casa para vivir INMEDIATAMENTE, puede ser que no le importe, pero si la ocupa para pasarse inmediatamente, obvio que no le va a servir esa casa.
Suerte!

compa pero no es cierto que si el inquilino esta atrasado en los pagos de servicios suplico de la casa también se le puede sacar
 
Derechos del inquilino

Hola tengo una consulta respecto a una casa que alquilo hace 10 meses en 2 meses se cumple el año de estar alquilando el dueño me recordo verbalmente hace 2 dias que va a aumentar la mensualidad en marzo hemos tenido problemas con el porque a la semana de vivir ahi el pani llamo a mi mama y le dio la custodia de mis sobrinas pues estaban en una situacion de riesgo el casero vive a la par y se molesto por esto la casa no esta en buen estado cuando llegamos el nos dijo que la repararia y no lo ha hecho en estos 10 meses (las luces no sirven,el agua se sale debajo de la pila de la cocina hay una ventana rota desde que llegamos y el cenicero esta en el patio de atras no tiene desague el cenicero y el agua va a dar al patio aparte de que el patio esta lleno de botellas y sillas que el dueño tiene ahi desde que nos pasamos y nunca quiso limpiar a pesar de haberlo prometido la casa tiene goteras y se me han dañado varias cosas por esto le digo y el dice que yo tengo que repararlo a pesar de que estaba asi desde que nos pasamos ahora me sale con que quiere la casa para que viva la hija pero hay un contrato por 3 años le digo que necesito el deposito para poder irme pero dice que eso no se devuelve que puedo hacer pago 200 mil por una casa en pesimas condiciones aparte el servicio de agua y de luz es compartido con el y yo siempre termino pagando mas del 80% de los servicios me dan ganas de no pagar este mes y irme pero temo que me desaloje ya no se que mas hacer paso encerrada en la casa callada para que no me escuche pues cuando la hace me llama para molestarme yo lo habia denunciado hace 9 meses por una amenaza que me hizo le tengo miedo que puedo hacer ayuda por favor)! La casa no esta habitable y cuando el quiere quita la luz o el agua porque estan del lado de el ahora dice que va a separar la luz y yo tengo que solicitar un medidor pero esto no esta en el contrato y yo no tengo dinero como para pagar eso ahora ademas se supone que tendriamos garage pero el acapara todo el espacio a pesar de que el contrato dice que tendriamos garaje gracias agradezco la pronta respuesta por favor.
 
Última edición:
ley inquilinato Costa Rica

Tengo mas de 8 años viviendo en una casa la cual alquilo, dicha casa no puede venderse como tal ya que esta dentro de una propiedad que no puede segregarse, sin embargo los dueños de la propiedad han decidido vender los derechos de las casas que tienen en alquiler entre ellos donde vivo para lo cual me dijo que yo tenia prioridad de compra y me dijo que tenia el mes de diciembre para darle 100000,00 como señal de trato pero ahora me dice que si no le doy el dinero antes del 15 de diciembre el día 16 nos haría desocupar.Debo aclarar que nunca hemos firmado contrato de alquiler, y en una respuesta que vi acá indica que en caso de venta de la casa el dueño y el comprador deben respetar el tiempo que falte del contrato. Mi pregunta es ¿ en mi caso si yo decidiera no dar los 100000,00 colones como muestra de trato cuanto tiempo debe darse para desocupar la casa y en que condiciones? Se que en casos donde no existe un contrato firmado el hecho de alquilar la casa sin dicho contrato también tiene validez como tal. Muchas gracias por su ayuda.
 
Para usted rige la Ley de Arrendamientos Urbanos, por lo cual el dueño no lo puede echar por usted no comprar el derecho de compra.

¿Cuándo lo puede echar? Cuando usted cumpla el noveno año de habitar esa casa si y sólo si le avisa de la no renovación de contrato con tres meses de anticipo.

Y si el señor lo va a tratar de echar, sólo puede hacerlo por medio de un proceso de desahucio válido (no lo puede echar porque le dé la gana), y eso no se hace de la noche a la mañana.
 

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