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Wilas

Empresa no paga horas extra porque tiene empleados de "confianza"

Hace tiempo laboré en una empresa grande donde se contrataba a la gente como empleados de confianza (no marcan tarjeta a la hora de entrar). Esto lo mencionaban los entrevistadores de ese lugar como un "beneficio", es decir, el tener un horario flexible era un atractivo para los interesados en trabajar ahí. Y por la misma razón, no había hora de salida fija si no que era a discreción de la persona. Lo que pedían los jefes es que i se cumplieran los objetivos planteados por los ejecutivos del negocio. El horario exacto de entrada y salida entonces lo decidìa cada empleado.

Con el tiempo los trabajadores se daban cuenta que esto se usaba como excusa para recargarlos de trabajo, poniendo objetivos de negoghcio que no se podían cumplir en las 48h semanales que se suponía cada uno hacía. Al final mucha gente terminaba trabajando 4h de más diariamente, fines de semana completos y hasta feriados. Y la empresa no pagaba estas extras por ser empleados "de confianza". Se supone que lo compensaban dandole tiempo libre a la persona que se había quedado más tiempo, pero esto tampoco se cumplía a cabalidad.

Para mí esto es una forma de abuso. Cómo defenderse de algo así?
 
Contrato

Si firmó el contrato y venía estipulado, creo que no hay nada que hacer.

Lo único que veo viable, es ir a hacer la consulta al ministerio de trabajo con el contrato en mano o llamar al 800trabajo y que lo orienten, si es para poner una denuncia.

suerte
 
Si firmó el contrato y venía estipulado, creo que no hay nada que hacer.

Lo único que veo viable, es ir a hacer la consulta al ministerio de trabajo con el contrato en mano o llamar al 800trabajo y que lo orienten, si es para poner una denuncia.

suerte

Gracias por la consulta. Lo que pasa a veces es que los contratos mencionan cosas genericas ("es posible que la empresa lo requiera en fines de semana") y los entrevistadores le dicen a uno que eso pasa en forma ocasional y que no debería preocuparse. Pero la práctica se lleva hasta el extremo del abuso.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
El modelo del empleado de confianza si existe, pero no aplica para todos, sólo para los puestos más altos... Me parece que una restricción que se pide en la ley es tener personal a cargo.

Enviado desde mi Moto G (4) mediante Tapatalk
 
Solo el hecho de tener un horario flexible no los convierte en empleado de confianza, lease esto: Empleado de confianza puede trabajar hasta 12 horas por día

Y el codigo de trabajo dice : ARTICULO 143.- Quedarán excluidos de la limitación de la jornada de
trabajo los gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos
empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata: los
trabajadores que ocupan puestos de confianza; los agentes
comisionistas y empleados similares que no cumplan su cometido en el
local del establecimiento; los que desempeñan funciones discontinuas o
que requieran su sola presencia; y las personas que realizan labores que
por su indudable naturaleza no están sometidas a jornada de trabajo.
Sin embargo, estas personas no estarán obligadas a permanecer más de
doce horas diarias en su trabajo y tendrán derecho, dentro de esa
jornada, a un descanso mínimo de una hora y media.

En resumen no es solo el horario el que lo hace empleado de confianza, existen pautas hasta en el salario, muchas empresas utilizan ese "timo"
 
Yo hice la consulta al Ministerio y lo que dices no aplica, están abusando de los trabajadores, las empresas toman esa moda pues saben que el tico es miedoso y no va interponer denuncia alguna

Enviado desde mi HUAWEI GRA-L09 mediante Tapatalk
 
Yo hice la consulta al Ministerio y lo que dices no aplica, están abusando de los trabajadores, las empresas toman esa moda pues saben que el tico es miedoso y no va interponer denuncia alguna

Enviado desde mi HUAWEI GRA-L09 mediante Tapatalk

Se le agradece el aporte. Creo que tiene ud toda la razón.
 
Como le puse desde el principio el ponerle a alguién "empleado de confianza" no lo convierte en tal se deden de cumplir una serie de pautas que estipula el codigo de trabajo y ya el ministerio de trabajo está hasta las orejas de ese timo que muchos utiizan para darle por la cabeza a sus empleados.
 
Usted puede firmar el contacto diciendo bla bla y bla q si el mismo esta contra la ley ese contrato no vale

Enviado con mi Pene
 
Usted puede firmar el contacto diciendo bla bla y bla q si el mismo esta contra la ley ese contrato no vale

Enviado con mi Pene

Tendría que buscar un contrato para releerlo bien. Pero me parece que usualmente para esto está Recursos Humanos: para hacer q el contrato luzca lo más correcto posible ante la Ley y evitar demndas. Después cuando la persona ya es empleada entonces le aplican las arbitrariedades.
 
Alguien que me ayude

Tendría que buscar un contrato para releerlo bien. Pero me parece que usualmente para esto está Recursos Humanos: para hacer q el contrato luzca lo más correcto posible ante la Ley y evitar demndas. Después cuando la persona ya es empleada entonces le aplican las arbitrariedades.

Bueno yo trabajo en una bodega donde es de tres pisos hay tres gradas y no hay tecle o ascensor para subir La mercadería o bajarla... La mercadería es pesada es una bodega De repuestos puertas costados tapas etc y La carrocería esta en el último piso hay que subir y bajar con pedido todos los días y yo hace meses que tengo La espalda jodida ya no aguanto trabajar aquí.....pero me da cólera renunciar y irme así todo echo mierda sin recibir nada... Yo puedo hacer algo nose alguna demanda donde les pueda cobrar???
 
Bueno yo trabajo en una bodega donde es de tres pisos hay tres gradas y no hay tecle o ascensor para subir La mercadería o bajarla... La mercadería es pesada es una bodega De repuestos puertas costados tapas etc y La carrocería esta en el último piso hay que subir y bajar con pedido todos los días y yo hace meses que tengo La espalda jodida ya no aguanto trabajar aquí.....pero me da cólera renunciar y irme así todo echo mierda sin recibir nada... Yo puedo hacer algo nose alguna demanda donde les pueda cobrar???

Ud como asegurado tiene derecho a ir a un Dr (particular o de la Caja), para que lo examine, le preescriba un tratamiento y si es necesario pueden darle días de incapacidad para que se recupere, y el patrón debe respetar eso. Así lo hice yo en su momento cuando tuve problemas de salud y la empresa en la que estaba lo entendió. Y durante una incapacidad no se puede despedir a un empleado, según entiendo.

Además, sus prestaciones ud las va a recibir independientemente de si renuncia o lo echan. Sí hay diferencia entre renunciar y ser despedido, pero sigue siendo su derecho recibir prestaciones en ambos casos. En el Ministerio de trabajo creo que le pueden ayudar a calcular cuanto le deben pagar.

Lo de las condiciones laborales que afectan la salud es un tema que quizá alguien con más experiencia pueda comentar.
 

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