PUBLICIDAD
Wilas

Niña violada Autoridades No Hacen Nada

Como tienen que proceder las autoridades se les informa de un hombre teniendo Relaciones Sexuales Con Personas Menores De Edad ( 10 Y 11 AÑOS DE EDAD) resultando con bebes.


Artículo 159.
Quien, aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal
por vía oral, anal o vaginal con una persona de cualquier sexo, mayor de doce años y menor de quince, AUN CON SU CONSENTIMIENTO, será sancionado con prisión de dos a seis años.---


A quien se puede contactar o donde puedo ver un enlace de alguna ley o reglamento que indique CUAL ES EL PROCEDIMIENTO DE LAS AUTORIDADES, del PANI o La Policía, si alguien llama o va físicamente a dichas oficinas y reporta que un hombre mayor de 50 años de edad compartan y vive como pareja sentimental con una niña desde que ella tenía 10 o 11 años de edad la cual tuvo un bebe .

Esta no es la primera niña que el deja embarazada.

Aparte de tener relaciones sexuales con menores, también las agrede físicamente .

Las autoridades van y hablan con ella, pero dicen que el problema está que la niña regresa otra vez donde el señor y que eso les ata las manos. Incluso cuando el hombre abusa físicamente lastimándola, ella se va donde la madre y lo que hace la mama es devolvérsela al señor.

El Artículo 159 de la ley dice: AUN CON SU CONSENTIMIENTO, será sancionado con prisión.

¿ ENTONSES, si las autoridades (PANIA Y POLICIA) se les comunico, pero nadie puso una denuncia formal ante el juzgado o fiscalía, las autoridades están "por ley" incapaces de hacer algo?
y si es asi

!!¡¿CÓMO ES POSIBLE QUE EN COSTA RICA HASTA QUE ALGUIEN NO DENUNCIE EN LA FISCALÍA AUTORIDADES NO PUEDEN HACER NADA, AUNQUE ELLOS LO SEPAN?!!!!

Igualmente la madre debería enfrentar cargos por cómplice puesto que cuando el hombre sopapea a la niña, la mama se la lleva de vuelta al señor, es decir se la entrega.

En otros países se le notifica a la policía y si ellos ven que es así, automáticamente comienza el proceso judicial.

casi estoy seguro que si hubiera sido un gringo, europeo o canadiense, rápido le hubiera caído la ley con solo el hecho que se dieran cuenta por alguien, aunque no se hubiera puesto una denuncia formal ante la fiscalía

El peligro de que una persona denuncie formalmente, puede correr el riesgo de venganza por el mismo violador y su familia.
que mal estamos.
 
Con su ortografía veo que es muy limitado, pero ahí vamos:

Si el PANI sabe de eso, puede el mismo PANI poner la denuncia.

Usted no puede pensar que una autoridad de hecho puede proceder a realizar una denuncia porque la autoridad es imparcial, solamente actúa en actos legítimos, y no se sabe si es cierto que la menor de edad tenga actos sexuales con el señor, porque no ha sido visto in fraganti, ni tampoco puede proceder sin saber quien es el progenitor, porque hasta en menores de edad ocurre.

¿Y por qué usted como civil no denuncia eso? No es necesario ser familiar. Y si usted sabiendo de ello no denuncia, es cómplice.

Llame al PANI y diga todo, no con supuestos, sino con aseveraciones, las denuncias son anónimas.
 
No entendió

Con su ortografía veo que es muy limitado, pero ahí vamos:

Si el PANI sabe de eso, puede el mismo PANI poner la denuncia.

Usted no puede pensar que una autoridad de hecho puede proceder a realizar una denuncia porque la autoridad es imparcial, solamente actúa en actos legítimos, y no se sabe si es cierto que la menor de edad tenga actos sexuales con el señor, porque no ha sido visto in fraganti, ni tampoco puede proceder sin saber quien es el progenitor, porque hasta en menores de edad ocurre.

¿Y por qué usted como civil no denuncia eso? No es necesario ser familiar. Y si usted sabiendo de ello no denuncia, es cómplice.

Llame al PANI y diga todo, no con supuestos, sino con aseveraciones, las denuncias son anónimas. LAS AUTORIDADES SABEN

:emot8:

NO ENTENDIÓ

Pueda ser que mi ortografía es muy limitada, sin embargo varias personas me dicen que si comprenden lo que se quiere decir, pero veo que su habilidad para comprender lo escrito también es bastante limitada, O ni se molesto por leerlo en su totalidad.

Solo voy a contestarle un punto, el cual pienso que es el más importante pero para no gastar mucho tiempo en responderle dado su limitada capacidad para comprender lo escrito, sito un párrafo del post anterior.


A quien se puede contactar o donde puedo ver un enlace de alguna ley o reglamento que indique CUAL ES EL

PROCEDIMIENTO DE LAS AUTORIDADES, del PANI o La Policía, si alguien llama o va físicamente a dichas oficinas y reporta que un hombre mayor

de 50 años de edad compartan y vive como pareja sentimental con una niña desde que ella tenía 10 o 11 años de edad la cual tuvo un bebe .


Es decir, ya 3 personas han reportado el asunto, inclusa uno fue a la fiscalía y no le tomaron importancia al asunto. También se llamo al 911 y hasta el momento nada. ( Incluya esto con las otras instituciones anteriormente citadas.)
 
esta situación me suena 'inconsistente' por algún lado ...

tons ... tiene q MORIR la 'supuesta' infante para q intervengan las SEUDOautoridarsuchas ???

algo no encaja ...
 
NO ENTENDIÓ
Pueda ser que mi ortografía es muy limitada, sin embargo varias personas me dicen que si comprenden lo que se quiere decir, pero veo que su habilidad para comprender lo escrito también es bastante limitada, O ni se molesto por leerlo en su totalidad.

Solo voy a contestarle un punto, el cual pienso que es el más importante pero para no gastar mucho tiempo en responderle dado su limitada capacidad para comprender lo escrito, sito un párrafo del post anterior.

A quien se puede contactar o donde puedo ver un enlace de alguna ley o reglamento que indique CUAL ES EL

PROCEDIMIENTO DE LAS AUTORIDADES, del PANI o La Policía, si alguien llama o va físicamente a dichas oficinas y reporta que un hombre mayor

de 50 años de edad compartan y vive como pareja sentimental con una niña desde que ella tenía 10 o 11 años de edad la cual tuvo un bebe .

d
Es decir, ya 3 personas han reportado el asunto, inclusa uno fue a la fiscalía y no le tomaron importancia al asunto. También se llamo al 911 y hasta el momento nada. ( Incluya esto con las otras instituciones anteriormente citadas.)

Es que es limitado, porque NO dice que edad tiene la ofendida en este momento, NO dice que hayan ido a poner la denuncia, NO es lo mismo que las autoridades sepan por base a rumores, a que EXISTA una denuncia formal.

Así que NO le eche la culpa a otros cuando usted habla mucho y no explica nada.

La policía no puede interceder sin delito evidente o sin una denuncia judicial. El PANI no puede actuar en base a rumores tampoco. Nadie, ni una persona o institución puede ingresar a una propiedad privada si no hay una orden judicial, ellos no pueden entrar en la casa si no los dejan los dueños, y no pueden llevarse a la fuerza a la mujer a hacer exámenes forenses si no es bajo su voluntad, porque todo puede ser denunciado como uso indebido de autoridad. ¿Ve por qué es importante la DENUNCIA FORMAL?

Como le menciono, el PANI puede poner la denuncia en parte de ellos pero en base a una DENUNCIA, no porque alguien diga tal o cual cosa. Sino todo mundo metería chismes sobre otra persona y no habría responsables.

Pero si a usted le da miedo poner una denuncia, no piense que alguien más lo va a hacer.
 
Última edición:


:emot8:

NO ENTENDIÓ

Pueda ser que mi ortografía es muy limitada, sin embargo varias personas me dicen que si comprenden lo que se quiere decir, pero veo que su habilidad para comprender lo escrito también es bastante limitada, O ni se molesto por leerlo en su totalidad.

Solo voy a contestarle un punto, el cual pienso que es el más importante pero para no gastar mucho tiempo en responderle dado su limitada capacidad para comprender lo escrito, sito un párrafo del post anterior.


A quien se puede contactar o donde puedo ver un enlace de alguna ley o reglamento que indique CUAL ES EL

PROCEDIMIENTO DE LAS AUTORIDADES, del PANI o La Policía, si alguien llama o va físicamente a dichas oficinas y reporta que un hombre mayor

de 50 años de edad compartan y vive como pareja sentimental con una niña desde que ella tenía 10 o 11 años de edad la cual tuvo un bebe .


Es decir, ya 3 personas han reportado el asunto, inclusa uno fue a la fiscalía y no le tomaron importancia al asunto. También se llamo al 911 y hasta el momento nada. ( Incluya esto con las otras instituciones anteriormente citadas.)


No se rompa la cabeza , LO UNICO QUE USTED PUEDE HACER es poner la denuncia anónima , NO ES SU TRABAJO juzgar , tampoco investigar .. eso es competencia del PANI, del ministerio publico , todo lo que usted dice debe ser probado , y es muy seguro que estén investigando si ya hay denuncia .

La administración publica no trabaja, bajo supuestos , ejecuta bajo investigaciones objetivas , entonces SU DEBER es DENUNCIAR hasta ahi. tranquilo !!!
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Me es dificil creer que el PANI con lo que jode no haga nada, en todo caso el PANI puede poner la denuncia solo con el decir de la menor, si usted conoce de la situación por qué no ha denunciado?
usted afirma que los supuestos empezaron caundo la menor tenia 11 años, ya debe tenr otra edad por el verbo tenía, y que espera para ir a denunciar al OIJ si no sabe como se llama el abusador? Y si sabe como se llama en la Fiscalía? y si no le dieron pelota, por qué no fueron a la inpeccion judicial, para qué pregunta si la respuesta es muy simple a quien le toca poner la denuncia? A quien conozca los hechos, a todos por ley y al que tenga conocimiento del asunto.
No se escude en una pregunta, vaya usted y ponga la denuncia.
 
Usted es complice, como usted conocia de esto y no lo habia denunciado

Este mae si habla pura mier... mae, al chile ud es abogado o es que el nick es nada mas de chingue?

Con respecto al asunto que comentas te recomiendo que llames al pani y pongas la denuncia. Si la menor es mayor de 15 años lamentablemente no se podria hacer nada, en esto me baso en que hace poco salio en el periodico un caso de un cuarenton que andaba con una wila de 15 y supuestamente a esa edad ya pueden tener relaciones sexuales consentidad con un mayor de edad.
 
Este mae si habla pura mier... mae, al chile ud es abogado o es que el nick es nada mas de chingue?

Con respecto al asunto que comentas te recomiendo que llames al pani y pongas la denuncia. Si la menor es mayor de 15 años lamentablemente no se podria hacer nada, en esto me baso en que hace poco salio en el periodico un caso de un cuarenton que andaba con una wila de 15 y supuestamente a esa edad ya pueden tener relaciones sexuales consentidad con un mayor de edad.

No es verdad, según el artúculo 159 del Codigo Penal sigue siendo delito, y con todo respeto si es complice.
 
No es verdad, según el artúculo 159 del Codigo Penal sigue siendo delito, y con todo respeto si es complice.

sebnav, aunque no lo creas, eso es asi. El sexo con menores de 15 es ilegal, si la chica actualmente fuese mayor de 15 años seria mas dificil hacer algo. Hace poco salio un caso de una chica de 15 años que se fue de la casa a vivir con un hombre mayor y su madre quiso tomar riendas en el asunto, y el pani no pudo hacer nada debido a que era mayor de 15. Y desde mi punto de vista el compa que inicio el tema no es complice, aca te dejo la definicion segun la rae de complice:

2. m. y f. Participante o asociado en crimen o culpa imputable a dos o más personas.
3. m. y f. Persona que, sin ser autora de un delito o una falta, coopera a su ejecución con actos anteriores o simultáneos.
 
sebnav, aunque no lo creas, eso es asi. El sexo con menores de 15 es ilegal, si la chica actualmente fuese mayor de 15 años seria mas dificil hacer algo. Hace poco salio un caso de una chica de 15 años que se fue de la casa a vivir con un hombre mayor y su madre quiso tomar riendas en el asunto, y el pani no pudo hacer nada debido a que era mayor de 15. Y desde mi punto de vista el compa que inicio el tema no es complice, aca te dejo la definicion segun la rae de complice:

2. m. y f. Participante o asociado en crimen o culpa imputable a dos o más personas.
3. m. y f. Persona que, sin ser autora de un delito o una falta, coopera a su ejecución con actos anteriores o simultáneos.
Primero le cito el artículo 159

Relaciones sexuales con personas menores de edad Artículo 159.-

Será sancionado con pena de prisión de dos a seis años, quien aprovechándose de la edad,se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años y menor de quince años, por la vía oral,anal o vaginal, con su consentimiento.Igual pena se impondrá si la acción consiste en laintroducción de uno o varios dedos, objetos o animales por la vía vaginal o anal.

La pena será de cuatro a diez años de prisión cuando la víctima sea mayor de trece años ymenor de dieciocho años, y el agente tenga respectode esta la condición de ascendiente,tío, tía, hermano o hermana consanguíneos o afines,tutor o guardador. (Así reformado mediante el artículo 1° de la ley N°8590 del 18 de julio del 2007).

sobre complicidad
Art. 47: Son cómplices los que presten alautor o autores, cualquier auxilio o cooperación para la realizacion del hecho punible.
Quedarse callado cuando se sabe de un delito y no denunciarlo se ha tomado en los tribunales penales como complicidad, existen varias jurisprudencias que respaldan mis aseveraciones en ambas situaciones.

 
Primero le cito el artículo 159

Relaciones sexuales con personas menores de edad Artículo 159.-

Será sancionado con pena de prisión de dos a seis años, quien aprovechándose de la edad,se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años y menor de quince años, por la vía oral,anal o vaginal, con su consentimiento.Igual pena se impondrá si la acción consiste en laintroducción de uno o varios dedos, objetos o animales por la vía vaginal o anal.

La pena será de cuatro a diez años de prisión cuando la víctima sea mayor de trece años ymenor de dieciocho años, y el agente tenga respectode esta la condición de ascendiente,tío, tía, hermano o hermana consanguíneos o afines,tutor o guardador. (Así reformado mediante el artículo 1° de la ley N°8590 del 18 de julio del 2007).

sobre complicidad
Art. 47: Son cómplices los que presten alautor o autores, cualquier auxilio o cooperación para la realizacion del hecho punible.
Quedarse callado cuando se sabe de un delito y no denunciarlo se ha tomado en los tribunales penales como complicidad, existen varias jurisprudencias que respaldan mis aseveraciones en ambas situaciones.


Creo que AHÍ está su problema, el asunto es MAYORES de 15 años, la gente se enreda porque si la persona menor acusa de violación es una soberana BRONCA, pero si la menor de 15-17 se va por su voluntad con un mayor de edad "responsable" o algo así el pani NO interviene a menos que ande en la calle haciendo loco o algo similar, en ese caso el asunto cambia, lamentablemente también se de un caso similar :idea:
 
como tienen que proceder las autoridades se les informa de un hombre teniendo relaciones sexuales con personas menores de edad ( 10 y 11 años de edad) resultando con bebes.


artículo 159.
quien, aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal
por vía oral, anal o vaginal con una persona de cualquier sexo, mayor de doce años y menor de quince, aun con su consentimiento, será sancionado con prisión de dos a seis años.---


a quien se puede contactar o donde puedo ver un enlace de alguna ley o reglamento que indique cual es el procedimiento de las autoridades, del pani o la policía, si alguien llama o va físicamente a dichas oficinas y reporta que un hombre mayor de 50 años de edad compartan y vive como pareja sentimental con una niña desde que ella tenía 10 o 11 años de edad la cual tuvo un bebe .

esta no es la primera niña que el deja embarazada.

aparte de tener relaciones sexuales con menores, también las agrede físicamente .

Las autoridades van y hablan con ella, pero dicen que el problema está que la niña regresa otra vez donde el señor y que eso les ata las manos. Incluso cuando el hombre abusa físicamente lastimándola, ella se va donde la madre y lo que hace la mama es devolvérsela al señor.

el artículo 159 de la ley dice: Aun con su consentimiento, será sancionado con prisión.

¿ entonses, si las autoridades (pania y policia) se les comunico, pero nadie puso una denuncia formal ante el juzgado o fiscalía, las autoridades están "por ley" incapaces de hacer algo?
Y si es asi

!!¡¿cómo es posible que en costa rica hasta que alguien no denuncie en la fiscalía autoridades no pueden hacer nada, aunque ellos lo sepan?!!!!

igualmente la madre debería enfrentar cargos por cómplice puesto que cuando el hombre sopapea a la niña, la mama se la lleva de vuelta al señor, es decir se la entrega.

En otros países se le notifica a la policía y si ellos ven que es así, automáticamente comienza el proceso judicial.

casi estoy seguro que si hubiera sido un gringo, europeo o canadiense, rápido le hubiera caído la ley con solo el hecho que se dieran cuenta por alguien, aunque no se hubiera puesto una denuncia formal ante la fiscalía

el peligro de que una persona denuncie formalmente, puede correr el riesgo de venganza por el mismo violador y su familia.
Que mal estamos.
aqui el problema y la bronca radica que habria que ir a la fiscalia , a poner la denuncia con nombres y apellidos y por supuesto dejar nuestro nombre y direccion , solo asi se haria una intrevencion rapida de las autoridades, pañi ,oij.etc....de todos es sabido que para que el pani intervenga rapido tiene que ser un familiar cercano que ponga la denuncia..de lo contrario hasta que aparezcan los abusadores y abusados en las noticias..solo ahi aparece el nombre pani....que tenian, denuncias que ya estaban investigando y un largo etc...
Aqui se va claramente que es la familia cercana la alcahueta ,ya sea por interes economico, o por poder ejercido para con ella..dinero, drogas, violencia .....
 
Vaya a la fiscalia de su distrito, o cantón, asi de simple. Ellos inician la investigacion de oficio. Ud no es complice de nada, cumpla con su deber de denunciar, pero si esta interesad@ de verdad, hagalo personalmente.
 

Nuevos temas

Evite multas y sanciones: Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes.
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie