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Wilas

No contratan personas porque tienen deudas atrasadas

Saludos a los lectores y colaboradores que generan el conocimiento y material de este foro y de este grupo en particular, tengo un hermano que ha estado desempleado mucho tiempo, años de hecho, había buscado en muchas ocasiones empleo pero no lo llamaban, ahora participó en un proceso dentro de una empresa donde alguien conocido trabaja y le dijeron que por las deudas no era contratable, me gustaría saber si esto es legal, bajo que amparo y/o fundamento legal una empresa le puede negar a una persona trabajo porque tiene deudas, o si por el contrario esto es ilegal, también me interesa que me remitieran a las fuentes con número de ley, si fuera posible numero de artículo, reglamentos, etc, muchas gracias.
 
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Ninguna empresa esta obligada a contratar... uno puede hacer todos los procesos y ser el mejor para un puesto.. pero si la empresa no quiere contratar personal, no se le puede obligar a darme trabajo.

O sea, si es o no legal no contratarlo por deudas, da igual, porque si la empresa no puede contratarlo o no quiere o no tiene puesto, no se le puede obligar a nadie a darle empleo a otra persona solo porque si. Si le dijeron que era por deudas, es solo un eufemismo para no ser mas directos y decirle, no tenemos trabajo para usted, así que aunque venga a pedirlo todos los días no hay.

Otra cosa es si se puede demostrar que la razón por la que no se le contrata es por xenofobia, segregación deliberada o agentes terceros difamatorios.
 
Agradezco el aporte del último amigo, no sé si era su opinión personal porque no citó ninguna ley, en realidad para puntualizar, el asunto más claro es que a mi hermano le dijeron que llegara a trabajar, pero por alguna razón se les había olvidado verificar algún proceso interno, y luego tuvieron que decirle que no podían contratarlo por deudas, el asunto está muy claro, en ningún momento se está hablando de que deben contratar a alguien, sino (y por experiencia porque he contratado muchas personas) está clarísimo que en nuestro país no se puede discriminar, e incluso si una persona logra probar que cumplía con todo el perfil de un puesto y se le discriminó por sexo, raza, etc, la empresa debe contratarlo, porque el criterio técnico es por competencias, aptitudes, estudios y conocimiento, no por si alguien es hombre, o mujer o tiene o no deudas, para eso el sistema penal establece un procedimiento de cobro judicial y de embargo salarial, con esta aclaración les agradezco su ayuda.
 
para puntualizar, el asunto más claro es que a mi hermano le dijeron que llegara a trabajar, pero por alguna razón se les había olvidado verificar algún proceso interno, y luego tuvieron que decirle que no podían contratarlo por deudas
Solo por curiosidad , su hermano firmo un contrato de trabajo y el primer dia de trabajo le dijeron eso? o nunca firmo nada y solo llego a trabajar, creo que si nunca firmo nada en realidad nunca fue contratado , si me entiende ...
(y por experiencia porque he contratado muchas personas)
Si usted a contratado persomas deberia saber ...



Tal vez este link le ayude (Codigo de Trabajo de Costa Rica)

Costa Rica. Código de Trabajo

Me meti a la pagina y hice una busqueda con la palabra "deuda" y no mencioana nada deudas antes de ser empleado , solo de deudas del patrono al
empleado, pero Usted podria buscar tal vez encuentra algo de ayuda.
 
Última edición:
Si lo llamaron a trabajar y en menos de una semana le dijeron que no podían contratarlo por la razón que sea no se incurre en ningún delito, mas si no hay un contrato firmado, todo dueño de empresa se puede reservar el derecho de contratar o no a un empleado en "prueba"

De hecho no era claro, de ahí mi primer argumento, ahora que nos explica que lo llamaron, trabajo y luego le dijeron que no podían contratarlo, no es un delito, simplemente presiden de sus servicios, mas bien le dieron una excusa vaga... cualquier empresa te puede llamar a trabajar y durante los primeros 3 meses si deciden NO contratarte simplemente predicen de ti y ya. como dijo el compañero; a menos que halla un contrato.

PERO, ya nadie firma contratos precisamente para jugar con los primeros 3 meses de prueba, si no le sirve por la razón que sea va para fuera sin obligaciones patronales.

En resumen; si le dijeron VENGA TRABAJE, luego le dijeron que YA NO, están en su derecho. no es un delito.
 
Gracias amigos, comprendo perfectamente sus observaciones, mi punto para explicarme mejor es, que pasa si se estuviera sometiendo a un tipo de población de ciudadanos costarricenses a discriminación por deudas, es decir si las empresas establecieran una política interna según la cual no se contratan personas con deudas, se están lesionando derechos?, el Estado según la Constitución Política debe velar por el bienestar colectivo antes que el individual, sin embargo por el bienestar o intereses de algunos y me refiero a conglomerados bancarios se podría discriminar un grupo de personas?, ni en el derecho penal se permiten las penas indefinidas, para eso están todos los delitos tipificados, sin embargo al dejar a ese grupo de individuos sin trabajo por una deuda, cuando podrán pagarlas?, se están marcando de por vida?, el punto es de legalidad por comisión de delitos de omisión, como negarle a alguien un trabajo simplemente por un tema fuera de lo técnico que ya mencioné, o más claro si no tuviera deudas lo contratarían porque llena todo el perfil, queda establecido que un patrono despide a quien quiera incluso con años de trabajar para eso está estipulado un proceso de cálculo de prestaciones, pero no es eso mi punto sino el que trato en este comentario, de nuevo gracias por su tiempo.
 
Gracias amigos, comprendo perfectamente sus observaciones, mi punto para explicarme mejor es, que pasa si se estuviera sometiendo a un tipo de población de ciudadanos costarricenses a discriminación por deudas, es decir si las empresas establecieran una política interna según la cual no se contratan personas con deudas, se están lesionando derechos?, el Estado según la Constitución Política debe velar por el bienestar colectivo antes que el individual, sin embargo por el bienestar o intereses de algunos y me refiero a conglomerados bancarios se podría discriminar un grupo de personas?, ni en el derecho penal se permiten las penas indefinidas, para eso están todos los delitos tipificados, sin embargo al dejar a ese grupo de individuos sin trabajo por una deuda, cuando podrán pagarlas?, se están marcando de por vida?, el punto es de legalidad por comisión de delitos de omisión, como negarle a alguien un trabajo simplemente por un tema fuera de lo técnico que ya mencioné, o más claro si no tuviera deudas lo contratarían porque llena todo el perfil, queda establecido que un patrono despide a quien quiera incluso con años de trabajar para eso está estipulado un proceso de cálculo de prestaciones, pero no es eso mi punto sino el que trato en este comentario, de nuevo gracias por su tiempo.

Otro que se equivoco de foro, tenia que ir al foro de los ENGAÑADOS, primero no sabia nada, y ahora arranca con toda la jurisprudencia, a Tarea grupal me suena esto, mi amigo, esa hablada con la que usted salio al final, ya esta conversada aqui, de fijo se ve nuevo en el foro, YA TODO ESTA INVENTADO, (DISCRIMINACION POR DEUDAS) de que pais dijo que era?
 
Todos los convenios internacionales incluyendo la Declaración Universal de los derechos humanos adquieren rango constitucional al ser suscritos por nuestro país, por lo tanto y a pesar de que también en nuestra constitución se declare el derecho al trabajo.

Declaración Universal de los derechos humanos

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 23
Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Constitución de Costa Rica

ARTÍCULO 33.- Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.
(Así reformado por el ARTÍCULO 1º de la Ley No.7880 de 27 de mayo de 1999)

ARTÍCULO 56.- El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad. El Estado debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil, debidamente remunerada, e impedir que por causa de ella se establezcan condiciones que en alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del hombre o degraden su trabajo a la condición de simple mercancía. El Estado garantiza el derecho de libre elección de trabajo.

Según estos artículos aparentemente no debería haber un motivo válido para tomar un estado de deudas atrasadas como motivo para no contratar a alguien, sin embargo esto no me contesta del todo, aún tengo la duda.
 
Que mal ambiente, desde que inicie mi participación el tono es grosero y extraño, esperaba ayuda y bueno nada, al final me sorprende el señor abogado este con que tiene poderes de vidente y ahora dice que yo constituyo un grupo de personas preguntando, la verdad seguro esperaba mucho de este foro de derecho, sin embargo y a pesar de todo, se les agradece el mal trato, definitivamente a la gente se le conoce por el trato y la educación con que tratan a los demás.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Amigo, lamentablemente es algo que está a la libre. Elsector privado contrata a quien le dé la gana, ellos pueden rechazar a uncandidato por cualquier causa (sexo, apariencia, preferencia sexual,discapacidad, etc). Simplemente se escoge al candidato más “apto” y ya. Asícomo no están obligados a contratar personas con enfermedades crónicas,transgénero, mujeres embarazadas o lo que sea, mucho menos están obligados acontratar personas con alto endeudamiento y/o deudas atrasadas.

Yo he pasado por esta situación y se lo angustiante y feoque se siente que lo rechacen a uno como un criminal por estar moroso, y claro,uno sigue entonces sin trabajo, pero con la deuda subiendo cada vez más.

El problema es que las protectoras de crédito privadas ya noson para eso solamente, para proteger las operaciones crediticias de clientesriesgosos, sino que se han convertido en la herramienta usada por las empresaspara verificar datos como domicilio, familia, historial laboral, etc sin tenerque investigar tanto.

Las empresas rechazan a los deudores morosos por dosrazones: creen que alguien con deudas es más propenso a robar en su trabajo(pérdida de confianza), o para evitarse el “engorroso” trámite del embargosalarial mes a mes.

Los accesos deberían ser restringidos, o sea, que lasempresas que contratan puedan verificar datos como histórico laboral y datospersonales básicos (para corroborar que el currículum se apegue a la realidad),pero el histórico financiero debería restringirse al momento en que usted va aun banco o garrotera para solicitar un crédito.

Hace poco fue creada la Agencia de Protección de Datos(Prodhab), la cual debería velar porque estas bases de datos administrencorrectamente la información. La gente debería unirse para crear conciencia, protegersus derechos y que estas injusticias no se sigan dando
 
Saludos a los lectores y colaboradores que generan el conocimiento y material de este foro y de este grupo en particular, tengo un hermano que ha estado desempleado mucho tiempo, años de hecho, había buscado en muchas ocasiones empleo pero no lo llamaban, ahora participó en un proceso dentro de una empresa donde alguien conocido trabaja y le dijeron que por las deudas no era contratable, me gustaría saber si esto es legal, bajo que amparo y/o fundamento legal una empresa le puede negar a una persona trabajo porque tiene deudas, o si por el contrario esto es ilegal, también me interesa que me remitieran a las fuentes con número de ley, si fuera posible numero de artículo, reglamentos, etc, muchas gracias.

Que le hayan dicho " a un conocido de el " no significa ni tiene relevancia alguna partir de ese supuesto, para preguntarse si es o no legal .

Las empresas privadas contratan y hacen lo que deseen mientras no se salgan del marco de la Ley..

Las empresas privadas tienen autonomía y reglamentos internos , y algunas tienen sus disposiciones muy a lo interno para elegir empleados.

A veces algunas compañías por la naturaleza de sus actividades, tienen ya perfiles definidos para puestos de trabajo. ES PURA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD .

Ahora bien si la empresa fuera PUBLICA , todo cambia...

suerte
 

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