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Wilas

Impedimento Salida

Hola! les cuento..mi padre ha sido muy tortero y tiene embargado su salario..

Yo vivo fuera de Cr y él dice que no puede venir a visitar porque por el embargo, tiene impedimento de salida.
mi pregunta es.. si a él le debitan eso de su salario y su trabajo es estable.. por qué también le aplican ese impedimento, si bien se lo pueden rebajar estando él fuera del país? cómo funciona ésto.. ?

Además.. él estaba enredado con una gente que le ofreció ser "intermediario" y aquellos que necesitaran dinero.. por cada enredo él se ganaba una comisión.. en una de esas una señora puso como 2 millones.. al final la gente a la que le prestaron la plata desapareció, no pagó o tenían documentos falsos y en algunos casos mi papá por tonto la verdad firmó por ellos.. ahora la señora dice que mi padre le debe como 6 millones por los intereses y que lo puede acusar de estafa. Puede hacerlo??

Muchas gracias por la ayuda.. :) necesito buscar la mejor forma para sacar a mi tata de esos líos..
 
Compa que yo sepa el impedimento de salida solo se ponde si la persona ha cometido algun delito o fraude. Pero por deudas nunca, amenos que le hayan puesto la pension alimenticia. Pero nunca hay carcel por deudas y mucho menos impedimento de salida. O por lo menos asi lo entiendo yo y asi me lo han contado.
 
Hola 9imena, te cuento que los impedimentos de salida del paìs se establecen para aquellas personas con pensiòn alimentaria, y el impedimento es hasta cierto punto, si deposita un año de pensiòn puede salir sin problemas. Ahora bien las otras restricciones de salida son por medidas cautelares que impone un juez en un proceso penal. Como dije son medidas cautelares, no necesariamente la persona ya se establezca como autor del delito, pero si como imputado, y la medida de impedimento de salida se aplica por el peligro de fuga del imputado. En cuanto a lo de la estafa, serìa muy aventurado de mi parte darle una opiniòn cien por ciento segura, lo lògico serìa ver la documentaciòn, pero por lo que ud escribe puede decir que si hubo distorsiòn de informaciòn hacia los inversionistas, documentaciòn falsa, o de alguna manera se le indujo a error, pues lamentablemente si podrìa existir eventualmente el delito de estafa, y hasta de falsificaciòn de documentos.

Saludos
 
DAV dijo:
Hola 9imena, te cuento que los impedimentos de salida del paìs se establecen para aquellas personas con pensiòn alimentaria, y el impedimento es hasta cierto punto, si deposita un año de pensiòn puede salir sin problemas. Ahora bien las otras restricciones de salida son por medidas cautelares que impone un juez en un proceso penal. Como dije son medidas cautelares, no necesariamente la persona ya se establezca como autor del delito, pero si como imputado, y la medida de impedimento de salida se aplica por el peligro de fuga del imputado. En cuanto a lo de la estafa, serìa muy aventurado de mi parte darle una opiniòn cien por ciento segura, lo lògico serìa ver la documentaciòn, pero por lo que ud escribe puede decir que si hubo distorsiòn de informaciòn hacia los inversionistas, documentaciòn falsa, o de alguna manera se le indujo a error, pues lamentablemente si podrìa existir eventualmente el delito de estafa, y hasta de falsificaciòn de documentos.

Saludos

Muchas gracias DAV..
 
Buenas Noches, tengo una pregunta con respecto al impedimento de salida del pais. . . Existe alguna posibiladad de que si se le debe dinero a alguien por razones personales, por ejemplo si se le presto dinero a un amigo o conocido, o si se presto algun servicio sin haber firmado ningun contrato y simplemente por contrato verbal, se pueda ir a instancias legales y solicitar el impedimento de salida a esa persona que no pago, osea una persona comun puede ir y simplemente poner una demanda porque ¨su amigo no le pago lo que acordaron¨ y solicitar una accion legal que conlleve a un impedimento de salida, o eso no se puede solicitar?, solo un juez lo puede dictaminar? Gracias...
 
Ricardo1025 dijo:
una persona comun puede ir y simplemente poner una demanda porque ¨su amigo no le pago lo que acordaron¨ y solicitar una accion legal que conlleve a un impedimento de salida

Hola Ricardo1025, si bien es cierto la ley reconoce los contratos verbales y obviamente los escritos, sin embargo para establecer un proceso de este tipo serìa en la via civil, podes oponer un proceso basado en una letra de cambio, un pagare, una factura etc, ya que esos documentos serìan la prueba documental de tal caso. Ahora bien si le prestaste dinero a un amigo por ejemplo para pagar el cel, y acordaron que te lo pagarìa a fin de mes y èl incumplio, pues esta como dificil. Depende que tipo de contrato verbal tengan?? Es de tipo laboral?? Y definitivamente no podes solicitar a un juez un impedimento de salida del pais, a no ser que se haya interpuesto una denuncia por estafa y juez lo considere conveniente, pero son dos vias distintas civil para cobrar plata y penal para establecer como responsable a una persona por x delito.

Saludos :cool:
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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