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Wilas

Problema de Paternidad y Apellidos

Buenas noches abogados y amigos de Foros de Costa Rica, quiero consultar sobre un problema el cuál le esta sucediendo a un conocido...

- Resulta que tengo un conocido el cuál estando con su pareja salió embarazada...conforme paso el tiempo y se dio el nacimiento y el crecimiento del niño...el decidió realizar una prueba de ADN de forma discreta...el problema es que se dio cuenta en el resultado de la prueba la cuál dio negativa...ahora como indica es una situación que lo tiene muy incomodo y muy inseguro ya que él reconoció a este niño...ahora pues el problema no es solo eso sino que quiere hablar con su pareja y decirle lo que ha sucedido...

- La Pregunta viene aquí: Puede este muchacho quitarle legalmente los apellidos al niño que él reconoció como suyo...?

- Favor algún abogado que sepa aclarar sobre esta situación

Si alguno que no tenga conocimiento del tema y empieza a decir cosas como salado él....Nadie lo tiene o algún argumento que venga a entorpecer una situación por la cuál muchos hombres vienen atravesando hoy en día...Favor atenerse de no comentar nada productivo...

Necesito si me hacen el favor como proceder en este caso que derechos tiene él...de quitar los apellidos al niño o si existe la posibilidad de que esto no tenga vuelta atrás...

:wow1:
 
Si se puede

Lo que pasa es que es todo un proceso y hay muchas formas de evacuarlo.

Por que incluso la otra parte puede decir que ya estaba avisado y acepto as condiciones.

Lo mejor es que se asesore y analice las opciones. Que al final es al pobre niño el que va a sufrir las consecuencias.

Saludos
 
Efectivamente, pero si estaba casado cuando el niño nació, si realizo el reconocimiento via Registro Civil, si se puede tambien, pero necesita mas pruebas, Ocupa un letrado experto, y si estaba casado termina en divorcio, saludos,
 
Buenas noches abogados y amigos de Foros de Costa Rica, quiero consultar sobre un problema el cuál le esta sucediendo a un conocido...

- Resulta que tengo un conocido el cuál estando con su pareja salió embarazada...conforme paso el tiempo y se dio el nacimiento y el crecimiento del niño...el decidió realizar una prueba de ADN de forma discreta...el problema es que se dio cuenta en el resultado de la prueba la cuál dio negativa...ahora como indica es una situación que lo tiene muy incomodo y muy inseguro ya que él reconoció a este niño...ahora pues el problema no es solo eso sino que quiere hablar con su pareja y decirle lo que ha sucedido...

- La Pregunta viene aquí: Puede este muchacho quitarle legalmente los apellidos al niño que él reconoció como suyo...?
(...)

Necesito si me hacen el favor como proceder en este caso que derechos tiene él...de quitar los apellidos al niño o si existe la posibilidad de que esto no tenga vuelta atrás...

:wow1:

Si en efecto, si hubo engaño en el reconocimiento es recurrible el reconocimiento. Debe interponer un proceso el el juzgado de familia el cuál debe pagar a un abogado para se lo presente. Deberá aportar testigos a este proceso donde básicamente indica reconoció el niño de buena fe porque creyo que era su hijo y luego tras querer tener certeza se dió cuenta del engaño. Aporta testigos que le sirvan para declarar sobre que la madre indicó desde un principio que supuestamente era de el hasta se dio cuenta no era cierto. Con todas las pruebas y testimonio será el juez quien decida si se cambian los apellidos y en adelante llevara los de la madre. Si no logra demostrar razonablemente el engaño el niño seguirá llevando los mismos apellidos porque priva el interés superior del menor que ya tiene una filiación, aún cuando este demostrado el no es el padre. Para efectos legales el padre biológico no es lo importante sino si hubo engaño o no, porque aunque no sea el padre en la balanza también se pone el hecho que lo reconoció voluntariamente y debió haberse cerciorado antes si no tenía certeza y el niño no es culpable de eso.
La decisión queda en el juez. Es un proceso de como tres años.
Suerte y espero le haya quedado claro.
 
Sí la demanda de impugnación de paternidad la establece el que hizo el reconocimiento, aunque biológicamente no sea el padre del reconocido, le desestiman la petición en la resolución de fondo, en razón de que el reconocimiento le crea al reconocido una filiación parental que le otorga todos los derechos que la Ley le confiere, es decir, se le establece un estatus quo ante su nueva familia y ante la sociedad, sobre todo si es menor de edad, el cual no puede ser menoscabado por repentino cambio de actitud o de parecer del que provoco el reconocimiento. Para que la demanda tenga cabida, esto es, sea aceptada en sentencia, debe plantearla la Madre del reconocido, o en su caso, el mismo favorecido sí ya alcanzó la mayoría de edad.-
 
Sí la demanda de impugnación de paternidad la establece el que hizo el reconocimiento, aunque biológicamente no sea el padre del reconocido, le desestiman la petición en la resolución de fondo, en razón de que el reconocimiento le crea al reconocido una filiación parental que le otorga todos los derechos que la Ley le confiere, es decir, se le establece un estatus quo ante su nueva familia y ante la sociedad, sobre todo si es menor de edad, el cual no puede ser menoscabado por repentino cambio de actitud o de parecer del que provoco el reconocimiento. Para que la demanda tenga cabida, esto es, sea aceptada en sentencia, debe plantearla la Madre del reconocido, o en su caso, el mismo favorecido sí ya alcanzó la mayoría de edad.-
Me parece acertado este comentario. Imprudentemente reconoció el menor sin hacerle los respectivos análisis de Marcadores Genéticos. El alegar Vicio en la Voluntad por engaño de la madre va a tener poco peso en el Juzgado de Familia. Sin embargo podría recurrir al Instituto de Ayuda al Hombre que para estos casos son excepcionales.
 
Por el fondo

Darnel y demás; aquí las personas vienen a obtener una opinión y dentro de las posibilidades sería bueno no confundir a las personas que necesitan tener un panorama claro de por dónde va la cosa, una vez dicho esto le indico señalar a rajatabla “, le desestiman la petición en la resolución de fondo” es aventurarse y no es en absoluto correcto. Sin entrar en detalles hay variada jurisprudencia de los tribunales de familia que lo desmienten. Todas las situaciones son diferentes y será el juez una vez valoradas las circunstancias quién decida. Puede consultar por ejemplo el expediente: 08-400051-924-FA del año 2009 del tribunal de familia de San José, donde en lo que interesa indica: “Se rechazan las excepciones de falta de derecho y falta de legitimación activa y pasiva. Se declara con lugar la demanda, se anula el reconocimiento que hizo el señor Francisco Varela Ulate del menor A. Se declara que el señor Carlos Rodríguez Araya es el padre del menor A. con todos los derechos y deberes inherentes a la paternidad. Una vez firme este fallo se ordena inscribirlo en el Registro Civil, registro de nacimientos de la Provincia de Alajuela, tomo ochocientos diecinueve, página cuatrocientos cincuenta y dos, asiento novecientos tres. Se conformidad con el artículo 221 del Código Procesal Civil se condena al pago de las costas procesales y personales a los dos demandados”
Este caso fue uno en el cual había con antelación un reconocimiento de otra persona, y le fue quitada la paternidad pues, se determinó él sabía no era el padre y falto a la verdad, existió falsedad. Si logra demostrar existió falsedad puede lograr se cambien los apellidos por la falsedad o engaño de la cual supuestamente fue objeto. No puede decirle, menos en materia de familia, que le rechazan por el fondo, todo depende, y aun siendo así, hay otras instancias de apelación.
 
Darnel y demás; aquí las personas vienen a obtener una opinión y dentro de las posibilidades sería bueno no confundir a las personas que necesitan tener un panorama claro de por dónde va la cosa, una vez dicho esto le indico señalar a rajatabla “, le desestiman la petición en la resolución de fondo” es aventurarse y no es en absoluto correcto. Sin entrar en detalles hay variada jurisprudencia de los tribunales de familia que lo desmienten. Todas las situaciones son diferentes y será el juez una vez valoradas las circunstancias quién decida. Puede consultar por ejemplo el expediente: 08-400051-924-FA del año 2009 del tribunal de familia de San José, donde en lo que interesa indica: “Se rechazan las excepciones de falta de derecho y falta de legitimación activa y pasiva. Se declara con lugar la demanda, se anula el reconocimiento que hizo el señor Francisco Varela Ulate del menor A. Se declara que el señor Carlos Rodríguez Araya es el padre del menor A. con todos los derechos y deberes inherentes a la paternidad. Una vez firme este fallo se ordena inscribirlo en el Registro Civil, registro de nacimientos de la Provincia de Alajuela, tomo ochocientos diecinueve, página cuatrocientos cincuenta y dos, asiento novecientos tres. Se conformidad con el artículo 221 del Código Procesal Civil se condena al pago de las costas procesales y personales a los dos demandados”
Este caso fue uno en el cual había con antelación un reconocimiento de otra persona, y le fue quitada la paternidad pues, se determinó él sabía no era el padre y falto a la verdad, existió falsedad. Si logra demostrar existió falsedad puede lograr se cambien los apellidos por la falsedad o engaño de la cual supuestamente fue objeto. No puede decirle, menos en materia de familia, que le rechazan por el fondo, todo depende, y aun siendo así, hay otras instancias de apelación.

No deja de tener razón Ud. todos los juicios son distintos, pero en los casos que Ud. cita, si el padre biológico comparece por vía incidental dentro del proceso de impugnación, a reconocer al impugnado, tiene acierto la demanda, sobre lo que hay también numerosa Jurisprudencia, como también la hay sobre el caso de mi respuesta. Cada juicio judicial es un universo aparte.
 
Que bateadora, por eso cuando no se algo, pregunto o no contesto, por eso estoy indicando textualmente. SI LA PERSONA FIRMA EN EL REGISTRO CIVIL, SI SE PUEDE, PERO NECESITA MAS PRUEBAS.
 
Que bateadora, por eso cuando no se algo, pregunto o no contesto, por eso estoy indicando textualmente. SI LA PERSONA FIRMA EN EL REGISTRO CIVIL, SI SE PUEDE, PERO NECESITA MAS PRUEBAS.


La pregunta es mas que la prueba de Paternidad que es negativa no es suficiente...con eso se demuestra que no es el padre biológico...y sino tiene mas pruebas que esas...entonces que...
 
Ayúdenme a buscar un padre irresponsable Costarricense.

Cordial saludo,

Vivo en Medellín, Colombia y tengo un par de amigas gemelas que hoy en día tienen 36 años y nunca conocieron a su padre de Costa Rica.

La madre de las gemelas es colombiana, pero ella vivió con el papá en Costa Rica un tiempo hace mas de 35 años, estaban jóvenes y disfrutando la vida... Pero ella quedó en embarazo, él le dijo que abortara y ella huyó a Colombia y tuvo sus hijas.. El padre supo del nacimiento de las niñas, tanto así que los abuelos (padres del papá) vinieron a Colombia a conocer las nietas e intentaron incluso llevárselas para Costa Rica por vías legales, lo cual nunca lograron. Pero el papá nunca dio la cara... El asunto quedó así y las gemelas crecieron sin conocer nunca a su padre y abuelos. Pero ellas tienen el apellido paterno y la abuela paterna es madrina de bautizo de una de ellas.

Ahora esas gemelas están intrigadas y quieren tratar de localizar a los abuelos si es que todavía viven y a su padre. Los datos que tenemos no son muchos, pero se los voy a narrar a continuación y espero que alguien pueda darme pistas de como ayudar a mis amigas a localizar a sus familiares en Costa Rica:

- Nombre del papá: Luís Rafael Díaz Escobar (No tenemos mas datos, salvo que debe tener entre 55 y 60 años de edad aprox.)
- Abuelos paternos: Rafael Díaz (y es posible que segundo apellido sea Echeverri) - Iris Díaz (parece ser que el apellido original de Iris es Escobar, pero ella utilizaba el apellido de su esposo). Solo sabemos que el señor Rafael Díaz (abuelo) trabajaba en un Banco en San José cuando nacieron las gemelas. El nombre del banco posiblemente es Interamericano.

No hay mas datos... Espero que alguien pueda darme pistas y ayudarme a localizar estas personas para ayudarle a mis amigas.

Saludos,
 
Cordial saludo,

Vivo en Medellín, Colombia y tengo un par de amigas gemelas que hoy en día tienen 36 años y nunca conocieron a su padre de Costa Rica.

La madre de las gemelas es colombiana, pero ella vivió con el papá en Costa Rica un tiempo hace mas de 35 años, estaban jóvenes y disfrutando la vida... Pero ella quedó en embarazo, él le dijo que abortara y ella huyó a Colombia y tuvo sus hijas.. El padre supo del nacimiento de las niñas, tanto así que los abuelos (padres del papá) vinieron a Colombia a conocer las nietas e intentaron incluso llevárselas para Costa Rica por vías legales, lo cual nunca lograron. Pero el papá nunca dio la cara... El asunto quedó así y las gemelas crecieron sin conocer nunca a su padre y abuelos. Pero ellas tienen el apellido paterno y la abuela paterna es madrina de bautizo de una de ellas.

Ahora esas gemelas están intrigadas y quieren tratar de localizar a los abuelos si es que todavía viven y a su padre. Los datos que tenemos no son muchos, pero se los voy a narrar a continuación y espero que alguien pueda darme pistas de como ayudar a mis amigas a localizar a sus familiares en Costa Rica:

- Nombre del papá: Luís Rafael Díaz Escobar (No tenemos mas datos, salvo que debe tener entre 55 y 60 años de edad aprox.)
- Abuelos paternos: Rafael Díaz (y es posible que segundo apellido sea Echeverri) - Iris Díaz (parece ser que el apellido original de Iris es Escobar, pero ella utilizaba el apellido de su esposo). Solo sabemos que el señor Rafael Díaz (abuelo) trabajaba en un Banco en San José cuando nacieron las gemelas. El nombre del banco posiblemente es Interamericano.

No hay mas datos... Espero que alguien pueda darme pistas y ayudarme a localizar estas personas para ayudarle a mis amigas.

Saludos,

Más que todo por curiosidad hice la busqueda. Aparecen 50 resultados y el único Rafael Diaz con padres Rafael y Iris es un Rafael Alberto Diaz Diaz cédula 1 0448 0767
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Hay que fijarse en la edad aproximada y con ese dato contactar con el detective que por 20 rojos lo ubica y consigue los números de teléfono.
 
Más que todo por curiosidad hice la busqueda. Aparecen 50 resultados y el único Rafael Diaz con padres Rafael y Iris es un Rafael Alberto Diaz Diaz cédula 1 0448 0767

Gracias por tu respuesta. Si, también encontré a este Rafael Alberto Díaz que me comentas... Pero estás seguro que la madre se llama Iris? Únicamente encontré información del padre que trabajaba en el Banco Centra...
 
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