A ver si algún abogado ve este tema y me ayuda con un marco legal para disputarla:
Una empresa a la que le doy servicios, implementó una política que me parece abusiva. Y sobre la cual exije a sus empleados que no pueden ingresar al área de producción más que con su vestimenta. Es decir, tienen que dejar billeteras con todo su contenido, celulares, llaves, medicinas, o galletas o nada. Osea no los ponen a entrar chingos porque bueno.
Se dieron 2 broncas. La primera fue con un mae que dejó todo en su carro en el parqueo (de la empresa) y se lo tacharon y le robaron la billetera con la harina, un iphone y un mp3. Y la compañía solo le dijo que le reconocía el 50% de lo que valía, porque no podía probar que costara lo que el mae decia.
La segunda, fue un chavalo que se le dio un ataque y perdió el conocimiento por enfermedad X, se lo llevan al hospi en ambulancia y pues como los lockers no tienen número ni saben cual es de quien, nunca pudieron llevarle al mae, sus pertenencias personales, entre ellas la orden patronal, por lo que el compa tuvo una bronca en el hospi.
Con esto dicho. Me parece haber escuchado en algún momento a alguien decir, que impedir a una persona andar sus poseciones personales es comparable con un decomiso. Y que este solo se puede hacer por acuerdo de ambas partes o amparado en ámbito legal y de no ser así, se incurre en acciones abusivas y por ende el decomisador adquiere responsabilidad civil sobre los bienes.
Más aún en algún lugar había leído que retenerle a una persona la cédula o documentos personales, va en contra de un principio legal (no recuerdo cual) y que la sala había dado solo permiso cuando esto se hacía en instituciones por razones de seguridad.
Alguien por ahi, con un poquito más de conocimiento y que me pueda dar un marco legal para ayudar a justificar quitar tan absurda política.
Una empresa a la que le doy servicios, implementó una política que me parece abusiva. Y sobre la cual exije a sus empleados que no pueden ingresar al área de producción más que con su vestimenta. Es decir, tienen que dejar billeteras con todo su contenido, celulares, llaves, medicinas, o galletas o nada. Osea no los ponen a entrar chingos porque bueno.
Se dieron 2 broncas. La primera fue con un mae que dejó todo en su carro en el parqueo (de la empresa) y se lo tacharon y le robaron la billetera con la harina, un iphone y un mp3. Y la compañía solo le dijo que le reconocía el 50% de lo que valía, porque no podía probar que costara lo que el mae decia.
La segunda, fue un chavalo que se le dio un ataque y perdió el conocimiento por enfermedad X, se lo llevan al hospi en ambulancia y pues como los lockers no tienen número ni saben cual es de quien, nunca pudieron llevarle al mae, sus pertenencias personales, entre ellas la orden patronal, por lo que el compa tuvo una bronca en el hospi.
Con esto dicho. Me parece haber escuchado en algún momento a alguien decir, que impedir a una persona andar sus poseciones personales es comparable con un decomiso. Y que este solo se puede hacer por acuerdo de ambas partes o amparado en ámbito legal y de no ser así, se incurre en acciones abusivas y por ende el decomisador adquiere responsabilidad civil sobre los bienes.
Más aún en algún lugar había leído que retenerle a una persona la cédula o documentos personales, va en contra de un principio legal (no recuerdo cual) y que la sala había dado solo permiso cuando esto se hacía en instituciones por razones de seguridad.
Alguien por ahi, con un poquito más de conocimiento y que me pueda dar un marco legal para ayudar a justificar quitar tan absurda política.