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Wilas

Prestaciones por re contratación

Buenas tardes, alguien que me pueda ayudar a aclarar unas dudas. Yo trabajo en una empresa privada desde enero del 2012, hace años no me hacen aumentos de salario y ahora me avisan de manera informal que me van a liquidar para volver a contratar con un salario más bajo, que yo decido si acepto ser contratado otra vez o no. En mi caso me toca aceptar hasta no tener otro trabajo pero mis dudas son en cuanto a las prestaciones.
Me deben pagar preaviso por tratarse de una nueva contratación con un salario menor? O pagar la diferencia de salario como preaviso o del todo no me deben pagar preaviso?
Por el momento es la principal duda.
Mil gracias de antemano.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
si el despido es inmediato claro que deberían pagarle preaviso,

Le avisaron de manera informal? Tienen que darle su carta de despido!

Y si en la carta dice: dentro de 30 días finalizan sus labores, entonces pues ahí si le están avisando con tiempo y no tendrían que pagarlo por liquidación porque se lo gana como salario (me refiero al preaviso, el resto de derechos aguinaldo vacaciones y cesantía tienen que pagarlos)
 

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