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Desalojo de inqiolino

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ANÓNIMO
Consulta, la vara esta así, hay un mae que el fresco lleva a mi mama en un puro cuento y ya tiene 3 meses si pagar el aparta, hay contrato de por medio una de las clausulas dice asi:
en ningún caso se permitirá el pago atrasadode la renta en plazos que excedan lo estipulado en la ley 58 de arrendamiento. La falta de pago de una mensualidad o atraso de la misma le dará derecho a la propietaria a declarar sin necesidad de requerimiento o trámite,disuelto el contrato y se procederá al desahucio en los demas casos q establece el articulo 114 citado.

Siendo así podemos proceder a sacar las chuicas? y que vea a ver que hace? o que me recomiendan?

Gracias x la info
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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