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Wilas

Embargo de Cuentas Bancarias

Buenos dias gente,

Resulta que el viernes anterior fui a pagar unas cosas con tarjeta, a la cual le quedaban como 20 mil colones, y no me paso. Me fui y me fije en los movimientos y decía que me habian quitado los 20 rojos por un embargo, del cual hasta ese momento me entere que tenia un embargo. ese dinero era lo unico que tenia porque actualmente estoy sin trabajo.

ahora las preguntas son, me pueden quitar todo el dinero que tengo en la cuenta? me pueden embargar la cuenta sin haberme notificado por ningun medio? la otra es que tengo una sociedad limitada a mi nombre, pero es de mi hermano y quisiera saber si esa cuenta tambien puede estar embargada, ahorita esta en ¢0 pero porque se saco lo que tenia ahi antes de que ocurriera algo.

les agradeceria a los que conocen del tema una ayudadita para saber como puedo hacer.
 
Amigo le pudieron dejar la cuenta igual en ¢0.00 si tuviera mas plata.

Le explico: la entidad bancaria recibe un oficio de embargo, en donde un juez le ordena retener cierto monto, entonces, si el embargo total es por ¢200.000 y tienes un monto igual o menor a ese, te dejan la cuenta sin nada. Si hay más, entonces rebajan sólo el monto que el juez ordenó y el resto no lo tocan.

No hace falta ser notificado, el embargo de cuentas es algo "preventivo" y lo único que puedes hacer para que te devuelvan el dinero, sería demostrarle al juez que:

-La plata depositada es salario, prestaciones laborales, o pensión alimenticia
-Que la deuda se encuentra prescrita
-Que la deuda ya fue cancelada

Y para eso debes aportar los documentos pertinentes que demuestren alguna de esas situaciones. Por dicha no fue mucho lo que le rebajaron.

Le aconsejo que se abra una cuenta en el banco popular ya que ahí los ahorros son inembargables, excepto por pensión alimenticia
 
entiendo, entonces si ese dinero que me esta entrando a esa cuenta es desde la sociedad quiere decir que es un salario? lo malo es que no estoy incluido en la CCSS porque no trabajo con ellos, se puede decir que es un pago por servicios profesionales.... en este caso entonces puedo hacer algo???
 
No es salario porque no es registrado como tal a la CCSS y por tanto no tiene esa protección que le da la ley del trabajador.

Lo suyo no es un embargo de salario, sino de cuentas. Pero hay gente con mala suerte que le depositan el salario y el banco por error no se fijó que es de planillas y se la dejan en cero. El BNCR es el peor en cuanto a cometer ese tipo de errores. Pero ese no es su caso.

Lo mejor: que le depositen en una cuenta del banco popular
 
No porque el embargo es contra ud, no contra la persona jurídica que es la SRL.

ud es accionista de la empresa? Tengo entendido que si descubren que ud tiene participación en la sociedad, eso se lo pueden embargar, entonces mejor seria que le traspase esas acciones a alguien. Quizá algún abogado que nos ayude a aclarar ese punto...

Recalco, mejor el banco popular, ud no sabe a futuro alguna bronca con la sociedad y le hagan congelamiento de cuentas por algún asunto ajeno a usted.
 
Mae lo mejor es ir a un juzgado y pregunta por su expediente con la cédula. Si ya tiene algún embargo y no le pudieron sacar median su salario o propiedades esos mas del banco le sacan de la cuenta aunque usted tenga 5 colones, el único banco que no puede hacer eso es el banco popular.
 
A mi me dijeron que las cuentas de sociedades si son embargables si participo como socio en alguna. No sé si será cierto o solo estaban amenazando.
En cuanto al banco popular, lo que no son embargables tengo entendido son las cuentas de ahorros, que no provengan del salario que si lo es de previo. Creo que también los depositos a plazo porque los consideran depositos de ahorros a plazo.
 
Amigo le pudieron dejar la cuenta igual en ¢0.00 si tuviera mas plata.

Le explico: la entidad bancaria recibe un oficio de embargo, en donde un juez le ordena retener cierto monto, entonces, si el embargo total es por ¢200.000 y tienes un monto igual o menor a ese, te dejan la cuenta sin nada. Si hay más, entonces rebajan sólo el monto que el juez ordenó y el resto no lo tocan.

No hace falta ser notificado, el embargo de cuentas es algo "preventivo" y lo único que puedes hacer para que te devuelvan el dinero, sería demostrarle al juez que:

-La plata depositada es salario, prestaciones laborales, o pensión alimenticia
-Que la deuda se encuentra prescrita
-Que la deuda ya fue cancelada

Y para eso debes aportar los documentos pertinentes que demuestren alguna de esas situaciones. Por dicha no fue mucho lo que le rebajaron.

Le aconsejo que se abra una cuenta en el banco popular ya que ahí los ahorros son inembargables, excepto por pensión alimenticia
Compa, cómo prescribe la deuda?
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Compa, cómo prescribe la deuda?

Insisto en el concepto pésimo que le están dando a esta figura legal, están contando con ábaco los días, y esta figura legal, es muy amplia, el no pago o cancelación de una obligación tiene consecuencias.
 
Bueno, todo es mejor cuando se hace lo correcto... llamé al banco, me dijeron que solo la cuenta personal, la de la SRL gracias a dios no! ahora hice un arreglo de pago y listo.

Obviamente lo malo aqui es que queda la cuenta embargada hasta q se cancele el total de la deuda...

:buffo1:
 
No siempre se puede pagar, se puede perder el trabajo por ejemplo. Yo tenía dos tarjetas con saldos altos porque tenía un buen trabajo, mi salario neto era 1.250.000 al mes y el bruto 1.500.000. Paga a tiempo mis tarjetas. Estuve desempleado un largo período, con problemas de depresión, fui acumulando deudas. Hice un arreglo de una tarjeta y de un crédito. Sin embargo de la otra tarjeta no puedo pagar nada.
Además estoy ganando un salario inferior la mínimo legal, no sólo inferior al mínimo de un profesional. No soy embargable.
Tengo entendido que la prescripción es por cuatro años pero una vez que lo notifiquen que está en coblo judicial. Por eso se tardan en hacer los cobros y hacen ofertas de arreglos. Pero no siempre se puede, con dos acreedores arreglé, ya pagué el total de uno, de otro una parte y voy a pagos. Pero la otra deuda no puedo.
 

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