PUBLICIDAD
Wilas

Derecho de Posesión..

Buenas Forer@s,

Tengo una consulta sobre una situación que esta viviendo un amigo cercano,es la siguiente:

Este caballero laboro en una propiedad bastante extensa por más de 30 años, la propiedad primeramente se dedico a labores agricolas, luego la propiedad fue vendida y se dedico para el desarrollo urbanistico, cuando se realizo la venta, el patron anterior le indico al señor, que no se le iba a cancelar las prestaciones laborales y que el nuevo patrono se comprometía a continuar con la relacion laboral y se haría cargo por las garantías laborales, en efecto este señor continuo laborando con el nuevo patrono hasta la actualidad, esta persona siempre ha vivido en una casa dentro de la propiedad, con el paso del tiempo se han ido vendiendo terrenos de la propiedad original, en la actualidad solo quedan una area reducida de la propiedad original, de la cual es dueño el patrono del señor, el problema segun dice es que hace alrededor de 5 años, esta persona no recibe salarios, y no ubica al patrono, en una conversación anterior el patrono le había indicado que le iba a cancelar las prestaciones legales, segregandole la casa donde habita con un pequeño terreno, pero a la fecha no ha sucedido, la persona puede en estas condiciones hacer reclamo de la propiedad por derecho de posesión como garantía por el no pago de las obligaciones laborales ?? o que procede para el caso ??
Muchas Gracias
 
Buenas Forer@s,

Tengo una consulta sobre una situación que esta viviendo un amigo cercano,es la siguiente:

Este caballero laboro en una propiedad bastante extensa por más de 30 años, la propiedad primeramente se dedico a labores agricolas, luego la propiedad fue vendida y se dedico para el desarrollo urbanistico, cuando se realizo la venta, el patron anterior le indico al señor, que no se le iba a cancelar las prestaciones laborales y que el nuevo patrono se comprometía a continuar con la relacion laboral y se haría cargo por las garantías laborales, en efecto este señor continuo laborando con el nuevo patrono hasta la actualidad, esta persona siempre ha vivido en una casa dentro de la propiedad, con el paso del tiempo se han ido vendiendo terrenos de la propiedad original, en la actualidad solo quedan una area reducida de la propiedad original, de la cual es dueño el patrono del señor, el problema segun dice es que hace alrededor de 5 años, esta persona no recibe salarios, y no ubica al patrono, en una conversación anterior el patrono le había indicado que le iba a cancelar las prestaciones legales, segregandole la casa donde habita con un pequeño terreno, pero a la fecha no ha sucedido, la persona puede en estas condiciones hacer reclamo de la propiedad por derecho de posesión como garantía por el no pago de las obligaciones laborales ?? o que procede para el caso ??
Muchas Gracias

Se puede hablar de usucapión pasados 10 años de posesión pública y pacífica por lo que como en este caso ese plazo no ha pasado de una vez descartado el tema.

Aún así, habiendo pasado 10 años, el tema es otro. Este señor, aunque no le están pagando, sigue haciendo las labores que se le encomendaron? Es decir, sigue siendo "empleado" del propietario? El dicho del "patrono" de que le iba a segregar un terreno para regalárselo no pasa de ser eso, un simple dicho. La donación de bien registrable NO se presume, se debe hacer en escritura pública y es un acto FORMAL, es decir, se constituye en el propio acto de la firma de la escritura pública precisamente porque hasta antes de firmar el dueño tiene derecho a "recapacitar" si realmente quiere donar (animus donandi).

A lo sumo este trabajador lo que está es viviendo ahí por pura tolerancia. Dos alternativas: 1) Localizar al patrono y establecer el respectivo proceso laboral, debiendo demostrar que sigue "trabajando" al señor para eliminar la posibildad de una prescripción o 2) Ateniéndose a que el patrono no vuelva por esos lares (remota posibilidad) empezar a ejercer de manera más agresiva actos de posesión sobre el terreno para así, entonces sí, empezar a configurar la posibilidad de una usucapión.

Asesórese con un abogado en cuando a los actos de posesión. Típicos ejemplos: cercar la propiedad, sacar electricidad y teléfono a nombre propio, hacer cultivos, es decir, hacer los actos que haría cualquier propietario. Ello se debe hacer de manera PÚBLICA no clandestina ni oculta.
 
Un error muy común es creer que para la USUCAPIÓN solo se requiere del paso del tiempo (10 años), pero lo cierto es que ese es solo uno de los requisitos. En un caso como el que exponés, falta un elemento escencial: el JUSTO TÍTULO. Además esa posesión no ha sido a manera de dueño, sino de empleado. Por ahí no hay posibilidad alguna.

Yo lo veo así: hay que presentar un litigio laboral, para dar por terminado el contrato de trabajo por incumplimiento (el tema de los salarios no pagados...), cobrar lo que haya que cobrar, y EMBARGAR el terreno (embargo preventivo), para que responda por el resultado del proceso.

Busque asesoría profesional. Es un caso bonito...
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Evite multas y sanciones: Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes.
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie