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Wilas

Daño moral por infidelidad

¡Le diste al clavo! pero posiblemente debido a tu condición imperante ni cuenta te darás...
¿Es curiosa la vida, no?


¡Bastante curiosa, de hecho! E interesante, véase usted, por ejemplo, que es la muestra fehaciente que aunque el pendejo se vista de inteligente, pendejo se queda...¡Las maravillas del Internet!:ujuju:
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
mae que panchito mas necio.

Forer@ su consulta es totalmente valida no veo por que salen un montón de 'machos' disque si a ellos les dan vuelta se van a quedar con las manos cruzadas.

Aquí debe saber Estimad@ que son un montón de maricones ,empezando por 'panchito de tal' OJO esperate por que ese es tan marica que ahorita sale la novia a defenderlo , la gran loca no se puede defender solo y solo se esconde en las enaguas de una mujer así o mas pussy?

La verdad no se cuanto sera y si es posible pero veo con buenos ojos que se pueda plantear esa acusación , no es justo que de un matrimonio de años se acabe por una infidelidad y que una persona que fue fiel no pueda pedir nada a cambio.

Solo los hombres de este foro son verdaderos hombres , en filita india pueden irse todos a la hispanidad a lavarse la raja

La vida no es justa, tampoco es justo que a una infidelidad se le pueda poner una cifra en colones...por otro lado, me hace gracia que usted me diga maricón a mi... Precisamente usted, que no tiene ni el valor básico de usar su perfil real "veaaa" jejeje...
 
Este es mi perfil real ,zoncho , me lo han borrado varias veces ya pero no cambio mi nick por lo mismo marica


Usted sabe que yo me refiero a su nick inicial... Porque desde que entró "DEJALECAERTODOELPESO" es un troll, que sabe mucho de todos y de todo, como un forero viejo, pero con 5 mensajes... No me crea tan pendejo como usted.
 
el cónyuge inocente podrá
pedir, conjuntamente con la acción de separación o de divorcio, daños y perjuicios de conformidad
con el artículo 1045 del Código Civil.


codigo civil
Artículo 1045.-
Todo aquel que por dolo, falta, negligencia o imprudencia, causa a otro un daño,
está obligado a repararlo junto con los perjuicios.

como puedo interpretar este articulo?
 
Desconozco bajo qué figura legal o al amparo de cuál ley se demanda por daño moral, pero no es por el CÓDIGO DE FAMILIA.

CODIGO DE FAMILIA, Sobre el divorcio

ARTÍCULO 48.- Será motivo para decretar el divorcio:
1) El adulterio de cualquiera de los cónyuges;
2) El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de sus hijos;
3) La tentativa de uno de los cónyuges para prostituir o corromper al otro cónyuge y la
tentativa de corrupción o la corrupción de los hijos de cualquiera de ellos;
4) La sevicia en perjuicio del otro cónyuge o de sus hijos;
5) La separación judicial por un término no menor de un año, si durante ese lapso no ha
mediado reconciliación entre los cónyuges; durante dicho lapso el Tribunal, a solicitud de los
interesados y con un intervalo mínimo de tres meses, celebrará no menos de dos
comparecencias para intentar la reconciliación entre los cónyuges. La primera comparecencia
no podrá celebrarse antes de tres meses de decretada la separación.
Para tales efectos, el Tribunal solicitará los informes que considere pertinentes.
Si alguno de los cónyuges no asistiere a las comparecencias, si éstas no se solicitan, o si las
conclusiones a que llegue el Tribunal así lo aconsejan, el plazo para decretar el divorcio será
de dos años;
6) La ausencia del cónyuge, legalmente declarada; y
7) El mutuo consentimiento de ambos cónyuges.
El divorcio por mutuo consentimiento no podrá pedirse sino después de tres años de
celebrado el matrimonio y deberá presentarse al Tribunal el convenio en escritura pública en
la forma indicada en el artículo 60 de esta ley. El convenio y la separación, si son procedentes
y no perjudican los derechos de los menores, se aprobarán por el Tribunal en resolución
considerada; el Tribunal podrá pedir que se complete o aclare el convenio presentado si es
omiso, oscuro en los puntos señalados en este artículo de previo a su aprobación.
(Así reformado por Ley No. 5895 del 23 de marzo de 1976.)
8) La separación de hecho por un término no menor de tres años.
(Así reformado por Ley No.7532 del 8 de agosto de 1995).


ARTÍCULO 48 bis.- De disolverse el vínculo matrimonial, con base en alguna de las causales
establecidas en los incisos 2), 3) y 4) del artículo 48 de este Código, el cónyuge inocente podrá
pedir, conjuntamente con la acción de separación o de divorcio, daños y perjuicios de conformidad
con el artículo 1045 del Código Civil.
(Así adicionado este numeral por Ley No.7689 del 21 de agosto de 1997).

I. Si desconoces entonces lo mejor sería no opinar, o preguntarle a algún abogado que si conozca, como los del vídeo.

II. ¿Cuál es tu definición de ética? ( me puedes contestar como roquitico o Jurista romano, me da igual...)
 
¡Bastante curiosa, de hecho! E interesante, véase usted, por ejemplo, que es la muestra fehaciente que aunque el pendejo se vista de inteligente, pendejo se queda...¡Las maravillas del Internet!:ujuju:

Deberás reparar tu «Sarcasmometro». Otra vez “si entendiste". Por que...
Lo neuronal “si” se puede reparar...
Espero que “no" entiendas...
 
mae que panchito mas necio.

Forer@ su consulta es totalmente valida no veo por que salen un montón de 'machos' disque si a ellos les dan vuelta se van a quedar con las manos cruzadas.

Aquí debe saber Estimad@ que son un montón de maricones ,empezando por 'panchito de tal' OJO esperate por que ese es tan marica que ahorita sale la novia a defenderlo , la gran loca no se puede defender solo y solo se esconde en las enaguas de una mujer así o mas pussy?

La verdad no se cuanto sera y si es posible pero veo con buenos ojos que se pueda plantear esa acusación , no es justo que de un matrimonio de años se acabe por una infidelidad y que una persona que fue fiel no pueda pedir nada a cambio.

Solo los hombres de este foro son verdaderos hombres , en filita india pueden irse todos a la hispanidad a lavarse la raja

Un rocío de lucidez en un desierto de estulticia...

Intención bien recibida...
 
Deberás reparar tu «Sarcasmometro». Otra vez “si entendiste". Por que...
Lo neuronal “si” se puede reparar...
Espero que “no" entiendas...


Mi sarcasmómetro está perfecto, licenciado. Lo reparé donde usted compra los diccionarios... ;)
 
Tengo un doctorado en cariñología.





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La verdad no se cuanto sera y si es posible pero veo con buenos ojos que se pueda plantear esa acusación , no es justo que de un matrimonio de años se acabe por una infidelidad y que una persona que fue fiel no pueda pedir nada a cambio.

Solo los hombres de este foro son verdaderos hombres , en filita india pueden irse todos a la hispanidad a lavarse la raja

Seamos honestos, a mi la ex me dejo por otro mae pero si yo me hubiera puesto en pendejadas entonces la hubiera demandado? ahh bueno es que seguro como soy hombre y no una 'desprotegida' mujer seguro la gente me va a ver como un vividor.

No se la gente en que epoca vive, a estas alturas los hombres y las mujeres tienen la misma posibilidad de salir adelante en la vida con el estudio y el trabajo, habria que ser muy muerto de hambre para sacar provecho de una situación como una separación, al final en la vida todos estamos en busca de ser felices, si la pareja de uno no era feliz y lo dejo por estar con otro u otra lo mejor que se puede hacer es seguir con su vida y buscar la felicidad, demandar a las personas por eso solo muestra que la persona no supera que lo dejaran.

Pedir algo a cambio porque una persona no era feliz con uno, seas tan miamor....
 
Última edición:
monton de estultos hay en este foro..

:ujuju::ujuju::ujuju::ujuju::ujuju:

esta vacilona la discusion, muchas insultos nuevos...

con respecto a la consulta, ni idea... supongo ke se puede alegar daño moral...
 

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