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Wilas

Daño moral por infidelidad

Q rajado. Se supone q estos foros es para ayudarse entre todos no para burlas y comentarios fuera de lugar. La verdad si no tienen informacion al respecto no veo la necesidad de comentar...

Aikiu yo conozco a una abogada q le puede ser útil



¡Palabras inteligentes y amables!

Gracias...
 
Si es mujer no sea tan vividora y muerta de hambre, y si es mae no sea tan guineo y maricon! Si le pusieron los cachos aceptelo, superelo, siga su vida y listo.
Digamos que si le sacara no se 50 millones, no creo que se quiera andar jactando de como obtuvo la plata, piense mas seriamente.
Y daños morales? Que fue que le dio vuelta saliendo con usted y sus amigos? Eso le pasa a cualquiera, no hay que pasar haciendose la victima por cualquier vara.


¿El paladín de la lógica Op ≡ Ph¬p ≡ ¬P¬p?

¿La prueba irrefutable de un universo neuronal?

 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Argumentando ¿qué?

Gracias.
Argumentando que es una o un muerto de hambre, que es un o una vagabunda y que no quiere trabajar.

No entiendo, hay gente que no tiene dignidad pero ni para caerse en las gradas del bus, no le da verguenza?

Tenga un poquito de orgullo...
 
Q rajado. Se supone q estos foros es para ayudarse entre todos no para burlas y comentarios fuera de lugar. La verdad si no tienen informacion al respecto no veo la necesidad de comentar...

Aikiu yo conozco a una abogada q le puede ser útil


Va a llorar??
 
Argumentando que es una o un muerto de hambre, que es un o una vagabunda y que no quiere trabajar.

No entiendo, hay gente que no tiene dignidad pero ni para caerse en las gradas del bus, no le da verguenza?

Tenga un poquito de orgullo...

A es infiel a B.

1) ¿Qué posibilidades tiene B de ganarle el juicio a A por daños morales?

- ¿Cuánto $ podría ganar?

2) Dr. R: - pida 200 millones.

3) Aikiu: - argumentando ¿qué?

4) Piojo: arriba puedes leer lo que escribiste.

Conclusión: Sinceramente creo que no entendiste las preguntas y por ese motivo la respuesta no es inteligente.

Te agradezco el intento de razonar antes de opinar, pero debes esforzarte un poquito más para comprender las preguntas...

De todos modos la buena intención te la agradezco ;-)

¡Recuerda que nadie nace aprendido y que la práctica hace al maestro!
 
¡Hola compañer@s!

Si A es infiel a B

1) ¿Qué posibilidades tiene B de ganarle el juicio a A por daños morales?

2) ¿Cuántopodría ganar?


1) NINGUNA, porque el código de familia no establece sanción alguna for infidelidad como si la establece por sevicia o agresión.


2) Un frasquito de vaselina para que se meta el dedo "chocolateado" cuanto quiera, y una chupeta nueva para que llore desconsolado y al final, se ahorque con el cordón de la chupetica.
 
¿El paladín de la lógica Op ≡ Ph¬p ≡ ¬P¬p?

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¿Necesitas GAFAS o es caso perdido?

Tonto hablando - YouTube


A es infiel a B.

1) ¿Qué posibilidades tiene B de ganarle el juicio a A por daños morales?

- ¿Cuánto $ podría ganar?

2) Dr. R: - pida 200 millones.

3) Aikiu: - argumentando ¿qué?

4) Piojo: arriba puedes leer lo que escribiste.

Conclusión: Sinceramente creo que no entendiste las preguntas y por ese motivo la respuesta no es inteligente.

Te agradezco el intento de razonar antes de opinar, pero debes esforzarte un poquito más para comprender las preguntas...

De todos modos la buena intención te la agradezco ;-)

¡Recuerda que nadie nace aprendido y que la práctica hace al maestro!

Wooooooooooooooooow, que inteligente sos, todo un dechado de sarcasmo, creatividad y lógica (TOME EL TROFEO). Cuesta creer que le hayan puesto los cuernos... :ujuju::jajaja::jajaja::jajaja:

Si tan inteligente es, ¿Por qué no va a un consultorio jurídico? Así deja que este foro lo utilice gente que de verdad necesita hacer consultas con sentido y no pendejadas...
 
A es infiel a B.

1) ¿Qué posibilidades tiene B de ganarle el juicio a A por daños morales?

- ¿Cuánto $ podría ganar?

2) Dr. R: - pida 200 millones.

3) Aikiu: - argumentando ¿qué?

4) Piojo: arriba puedes leer lo que escribiste.

Conclusión: Sinceramente creo que no entendiste las preguntas y por ese motivo la respuesta no es inteligente.

Te agradezco el intento de razonar antes de opinar, pero debes esforzarte un poquito más para comprender las preguntas...

De todos modos la buena intención te la agradezco ;-)

¡Recuerda que nadie nace aprendido y que la práctica hace al maestro!


Lo que se entiende es que sos un o una muerta de hambre y que no tenes dignidad, además de ser bastante obtuso(a)

Esto no es un país donde pasan la estupideces que pasan en yankeelandia, s vaya y se queda de vividora, ahí le aseguro que puede encontar gente que simpatize con su forma de pensar. La plata no es un medio de venganza porque tienen mucha....ahí si que es cierto que una sanguijuela como usted le puede ir bien.
 
Última edición:
1) NINGUNA, porque el código de familia no establece sanción alguna for infidelidad como si la establece por sevicia o agresión.


2) Un frasquito de vaselina para que se meta el dedo "chocolateado" cuanto quiera, y una chupeta nueva para que llore desconsolado y al final, se ahorque con el cordón de la chupetica.


1) http://youtu.be/ifFa3iN-4oE

Viajas en un mentirini a 300 km hora, cuidado chocas contra la dura realidad...

2) Ética no es solamente una palabra...
¿Pero a falta de buenas ideas que podías hacer? Te comprendo. Me saludas a Triboniano, Jurista Romano, Río arriba etc...
 
Wooooooooooooooooow, que inteligente sos, todo un dechado de sarcasmo, creatividad y lógica (TOME EL TROFEO). Cuesta creer que le hayan puesto los cuernos... :ujuju::jajaja::jajaja::jajaja:

Si tan inteligente es, ¿Por qué no va a un consultorio jurídico? Así deja que este foro lo utilice gente que de verdad necesita hacer consultas con sentido y no pendejadas...

¡Le diste al clavo! pero posiblemente debido a tu condición imperante ni cuenta te darás...
¿Es curiosa la vida, no?
 
Lo que se entiende es que sos un o una muerta de hambre y que no tenes dignidad, además de ser bastante obtuso(a)

Esto no es un país donde pasan la estupideces que pasan en yankeelandia, s vaya y se queda de vividora, ahí le aseguro que puede encontar gente que simpatize con su forma de pensar. La plata no es un medio de venganza porque tienen mucha....ahí si que es cierto que una sanguijuela como usted le puede ir bien.

Con un halo de misterio te sumergiste en tus propias y confesas insensateces....

Pero tranquilo eso ya se veía venir...
 
Su sarcasmo es patético cuando mucho, practiquelo porque le falta.

1) Dame tu mejor ejemplo de sarcasmo, cualquier excusa para no dármelo, la tomaré como lo que pienso que eres...

2) ¿Cuántas horas a la semana piensas que será bueno practicar para alcanzar tu nivel?

3) Si quieres contestar otra genialidad no lo hagas en clave morse.

4) Únicamente leer el primer punto....
 
1) Daño moral por una infidelidad puede costar hasta ¢12 millones - YouTube

Viajas en un mentirini a 300 km hora, cuidado chocas contra la dura realidad...

2) Ética no es solamente una palabra...
¿Pero a falta de buenas ideas que podías hacer? Te comprendo. Me saludas a Triboniano, Jurista Romano, Río arriba etc...


Desconozco bajo qué figura legal o al amparo de cuál ley se demanda por daño moral, pero no es por el CÓDIGO DE FAMILIA.

CODIGO DE FAMILIA, Sobre el divorcio

ARTÍCULO 48.- Será motivo para decretar el divorcio:
1) El adulterio de cualquiera de los cónyuges;
2) El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de sus hijos;
3) La tentativa de uno de los cónyuges para prostituir o corromper al otro cónyuge y la
tentativa de corrupción o la corrupción de los hijos de cualquiera de ellos;
4) La sevicia en perjuicio del otro cónyuge o de sus hijos;
5) La separación judicial por un término no menor de un año, si durante ese lapso no ha
mediado reconciliación entre los cónyuges; durante dicho lapso el Tribunal, a solicitud de los
interesados y con un intervalo mínimo de tres meses, celebrará no menos de dos
comparecencias para intentar la reconciliación entre los cónyuges. La primera comparecencia
no podrá celebrarse antes de tres meses de decretada la separación.
Para tales efectos, el Tribunal solicitará los informes que considere pertinentes.
Si alguno de los cónyuges no asistiere a las comparecencias, si éstas no se solicitan, o si las
conclusiones a que llegue el Tribunal así lo aconsejan, el plazo para decretar el divorcio será
de dos años;
6) La ausencia del cónyuge, legalmente declarada; y
7) El mutuo consentimiento de ambos cónyuges.
El divorcio por mutuo consentimiento no podrá pedirse sino después de tres años de
celebrado el matrimonio y deberá presentarse al Tribunal el convenio en escritura pública en
la forma indicada en el artículo 60 de esta ley. El convenio y la separación, si son procedentes
y no perjudican los derechos de los menores, se aprobarán por el Tribunal en resolución
considerada; el Tribunal podrá pedir que se complete o aclare el convenio presentado si es
omiso, oscuro en los puntos señalados en este artículo de previo a su aprobación.
(Así reformado por Ley No. 5895 del 23 de marzo de 1976.)
8) La separación de hecho por un término no menor de tres años.
(Así reformado por Ley No.7532 del 8 de agosto de 1995).


ARTÍCULO 48 bis.- De disolverse el vínculo matrimonial, con base en alguna de las causales
establecidas en los incisos 2), 3) y 4) del artículo 48 de este Código, el cónyuge inocente podrá
pedir, conjuntamente con la acción de separación o de divorcio, daños y perjuicios de conformidad
con el artículo 1045 del Código Civil.
(Así adicionado este numeral por Ley No.7689 del 21 de agosto de 1997).
 
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