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Wilas

Pensiones alimenticias - cancelación por parte de la actora.

Lord Satán

Evil Gangnam Style
Buen día.

Quisiera saber si alguien conoce el trámite para que un demandante por pensión alimenticia cancele el trámite por pensión impuesto en algún momento y si de esta forma el demandado volvería a disfrutar de tener libre tránsito fuera del país.

También quisiera cuánto tiempo podría durar un trámite de estos para que se haga efectivo.

Saludos.
 
Quiero aclarar que se trata de un acuerdo entre ambas partes donde deciden manejarlo a nivel personal.

La necesidad del demandado es contar con el permiso de salida sin tener que solicitar permisos adicionales, pero es muy importante conocer cuánto dura el trámite de cancelación de la pensión, cual es el proceso a seguir y cuánto tiempo es necesario esperar para que se levante el impedimento de salida.
 
El trámite es perfectamente posible. Y dura lo que dure la eficiencia del abogado que contrate para ello, y eso puede ser, desde días hasta meses. Y si lo hacés solo, dependerá del Juzgado. Por ejemplo, en San José, no te tardará menos de 3 meses.
Suerte!
 
Sabés por casualidad si se pueden hacer extensiones a permisos para salir del país. La actora en este caso me firmó un permiso que vence el próximo 25 de Septiembre y quisiera ver la posibilidad si se puede extender antes del vencimiento (al menos un mes más) y qué trámite se realiza.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Me respondo a mí mismo en este caso después de querer arrancarme el pelo en los juzgados de familia y hacer miles de consultas por correo y web, para todos aquellos que en algún momento deban atravesar este trámite.

Las únicas vías por las que puede levantarse el permiso de salida son las siguientes:

1. Depósito de 12 meses de pensión, 1 mes aguinaldo más salario escolar (si el niño o niña está ya en esta categoría). Debe entregarse el voucher del depósito en el juzgado y entrará en un proceso de revisión por parte de estos que puede tardar en liberarse de una semana a meses (depende la cantidad de trabajo que esta gente tenga).

2. Permiso temporal por parte de la actora/actor. El demandante se apersona al juzgado y solicita el levantamiento temporal del permiso de salida. El demandado únicamente deberá solicitar la certificación de este permiso en el registro judicial, sellado en agua y firmado. Es casi inmediata la liberación desde que la actora/actor firma el permiso para el levantamiento de salida.

3. Levantamiento total del impedimento de salida. Lo solicita el demandante. El demandado deberá ir 15 o 22 días después por la copia de la "exclusión de índice de obligados" al juzgado y para asegurar que no hay problemas, entregarlo a Registro Judicial (aunque esto ya lo hubiese hecho el juzgado), para revisar que los datos con los que fue impuesta la obligación son los mismos que los que incluye este documento.

Espero esto pueda ayudar a otros. No soy abogado, sólo un mae que ha tenido que pasar por esto incontables veces.
 

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