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Wilas

despues de cuanto?

Cuando hablamos de instituciones públicas, hay reglamentos que definen eso, y es muy variable. Pero si hablamos de particulares o de empresas, te pueden cobrar al día siguiente de la fecha de pago, si es su voluntad.
 
Si la persona está pagando pero atrasada en su mensualidad,despues de cuanto atraso puede pasar a cobro judicial?
en derecho hay una máxima que reza que "el que tiene plazo nada debe", por lo tanto la obligación (salvo pacto en contrario) se hace efectiva o puede exigirse su cumplimiento al día siguiente de su fecha de vencimiento.
 

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