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Wilas

Demandas Civiles que las personas no contestan.

Hola, he visto que hay personas que no contestan demandas de cobro , incluso teniendo embargos. En ocasiones se hacen los complicados para notificar o bien se dicen "enfermos" para que la demanda se detenga. Qué pasa cuando alguien no ha contestado apropiadamente una demanda y llega a "Fallo" según el sistema de consulta de los tribunales? Gracias por la respuesta.
 
Cuando alquien no contesta una demanda, el juzgado que lleva la causa da por un hecho que el demandado ha aceptado lo reclamado y automáticamente falla de acuerdo a la ley en cuanto a lo solicitado por el demandante.

Por ejemplo, si lo demandan por falta de pago de cualquier cosa y no se contesta la demanda, entonces el juzgado le ordena al demandado "pagar" en la forma y modo que la ley dicte para la situación específica. No es lo mismo pagar una deuda financiera (tarjeta de crédito) que una deuda hipotecaria (garantía real) o una demanda de pensiones alimentarias (prioritaria sobe todas las cosas y con apremio corporal).

Si el demandado contesta que "está enfermo", obviamente está contestando la demanda con algún argumento que según él, le impide cumplir con lo demandado. En este caso, el proceso se extiende según la ley, para establecer la verdad real sobre la capacidad de pago del demandado.

Otro caso son las demandas por asuntos "no económicos", como por ejemplo, las demandas de divorcio, de separaciones, procesos mortuales, de usurpación o invasión de inmuebles, etc. En estos casos, siempre se aplica el principio del derecho en tiempo y ley (se verifica que el demandante tiene derecho otorgado por ley específica y la demanda se plantea cuando dicha ley dice que ha pasado el tiempo suficiente previsto para adquirir el derecho). Acto seguido, el juzgado fallará a favor del demandante, pero limitado a los extremos que le permite la ley y no precisamente a lo que solicite.
 
Excelente ayuda.

Cuando alquien no contesta una demanda, el juzgado que lleva la causa da por un hecho que el demandado ha aceptado lo reclamado y automáticamente falla de acuerdo a la ley en cuanto a lo solicitado por el demandante.

Por ejemplo, si lo demandan por falta de pago de cualquier cosa y no se contesta la demanda, entonces el juzgado le ordena al demandado "pagar" en la forma y modo que la ley dicte para la situación específica. No es lo mismo pagar una deuda financiera (tarjeta de crédito) que una deuda hipotecaria (garantía real) o una demanda de pensiones alimentarias (prioritaria sobe todas las cosas y con apremio corporal).

Si el demandado contesta que "está enfermo", obviamente está contestando la demanda con algún argumento que según él, le impide cumplir con lo demandado. En este caso, el proceso se extiende según la ley, para establecer la verdad real sobre la capacidad de pago del demandado.

Otro caso son las demandas por asuntos "no económicos", como por ejemplo, las demandas de divorcio, de separaciones, procesos mortuales, de usurpación o invasión de inmuebles, etc. En estos casos, siempre se aplica el principio del derecho en tiempo y ley (se verifica que el demandante tiene derecho otorgado por ley específica y la demanda se plantea cuando dicha ley dice que ha pasado el tiempo suficiente previsto para adquirir el derecho). Acto seguido, el juzgado fallará a favor del demandante, pero limitado a los extremos que le permite la ley y no precisamente a lo que solicite.

En este caso el sistema de consulta dice que está en "Fallo" el expediente, el supuesto enfermo presentó algo fuera de los tiempos que había definido el tribunal, aún así le permitieron incluir el escrito con unas declaraciones, certificados médicos y mencionando nombres de testigos pero el juzgado notificó que recibía eso, pero regreso el proceso a "Fallo" no se puso a considerar lo presentado o por lo menos a llamar testigos. La parte demandante es la que ha estado en todo mundo cumpliendo los plazos definidos por los tribunal .
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
En este caso el sistema de consulta dice que está en "Fallo" el expediente, el supuesto enfermo presentó algo fuera de los tiempos que había definido el tribunal, aún así le permitieron incluir el escrito con unas declaraciones, certificados médicos y mencionando nombres de testigos pero el juzgado notificó que recibía eso, pero regreso el proceso a "Fallo" no se puso a considerar lo presentado o por lo menos a llamar testigos. La parte demandante es la que ha estado en todo mundo cumpliendo los plazos definidos por los tribunal .


Según lo que describe, el juzgado no dio valor a lo presentado "fuera de tiempo", o sea, que el plazo para contestar la demanda ya había pasado. Ahora bien, los testigos ofrecidos qué iban a aportar? Podría ser que fueran testigos de la causa que se ventila (demanda) o simples testigos de que el demandado estaba realmente enfermo. Parece que lo real es esto último, razón por la cual el demandado "trató" de justificar el atraso en responder a la demanda, pero de hecho no respondió al demandante del todo.

Aún tomando en cuenta esto (que el caso regresa a estado de "fallo"), significando que aparentemente está cerca de finalizar, debo decirle que existen muchos procedimientos desafortunadamente "legales" para seguir atrasando el proceso. Luego del fallo del juzgado, viene el tiempo que se otorga para apelaciónes, que luego se resuelven en los Tribunales. Finalmente viene las apelaciones de casación, en donde se ventila "la calidad legal del proceso" y se decidirá si todo lo actuado estaba dentro de la ley (casación no ve la demanda ni el fallo, solamente ve si lo actuado por los jueces de juzgado y tribunales ha sido correcto). Casación podría negar la apelación final o acogerla para estudio. Solo el tiempo dirá si se resuelve que lo actuado estaba dentro de la ley o se ordena un nuevo juicio.

En pocas palabras, falta mucho más tiempo por delante del que se ha recorrido hasta ahora.... desgraciadamente.
 
Gracias por la respuesta.

Según lo que describe, el juzgado no dio valor a lo presentado "fuera de tiempo", o sea, que el plazo para contestar la demanda ya había pasado. Ahora bien, los testigos ofrecidos qué iban a aportar? Podría ser que fueran testigos de la causa que se ventila (demanda) o simples testigos de que el demandado estaba realmente enfermo. Parece que lo real es esto último, razón por la cual el demandado "trató" de justificar el atraso en responder a la demanda, pero de hecho no respondió al demandante del todo.

Aún tomando en cuenta esto (que el caso regresa a estado de "fallo"), significando que aparentemente está cerca de finalizar, debo decirle que existen muchos procedimientos desafortunadamente "legales" para seguir atrasando el proceso. Luego del fallo del juzgado, viene el tiempo que se otorga para apelaciónes, que luego se resuelven en los Tribunales. Finalmente viene las apelaciones de casación, en donde se ventila "la calidad legal del proceso" y se decidirá si todo lo actuado estaba dentro de la ley (casación no ve la demanda ni el fallo, solamente ve si lo actuado por los jueces de juzgado y tribunales ha sido correcto). Casación podría negar la apelación final o acogerla para estudio. Solo el tiempo dirá si se resuelve que lo actuado estaba dentro de la ley o se ordena un nuevo juicio.

En pocas palabras, falta mucho más tiempo por delante del que se ha recorrido hasta ahora.... desgraciadamente.
Muchas gracias Roquitico por su ayuda a entender estas cosas, sea como sea son buenas noticas.
 
Ya hubo fallo!

Muchas gracias Roquitico por su ayuda a entender estas cosas, sea como sea son buenas noticas.
Si lees esto Roquitico quiero actualizar de que ya hubo un fallo favorable a la parte que más me interesaba. En la sentencia dice que a partir de que el fallo quede firme se empiezan a generar los intereses en caso de que la parte no pague a tiempo. Cuánto hay que esperar para que el fallo quede en firme? Y perdona que te pregunte tanto
 

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