Si Usted tiene deudas comprometidas con firma (pagarés, letras, hipotecas, contratos, etc), cualquier acreedor puede cobrarle judicialmente y esto implica que le pueden embargar el salario. No importa si es el vaticano, al padre Maynor, Justo Orozco, Credomatic o un night club, una universidad o venta de electrodomésticos. El acreedor puede ser cualquiera.
Ahora bien, se pueden cobrar por los servicios o productos entregados y recibidos por Usted. En caso de una universidad, le pueden cobrar los estudios impartidos y asistidos por Usted (aunque no aprobara los cursos). No le puede cobrar cursos a los que Usted no matriculó.