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Wilas

Arreglos ExtraJudiciales en accidentes de transito con lesiones Culposas

Buenas Por el presente medio les saludo y aprovecho para realizar la siguiente consulta: Hace un tiempo atrás tuve una colisión en donde otro vehículo me invadió la vía de paso y se brincó un alto. El señor con el que colisione era un adulto mayor de unos 77 años, el mismo día del accidente el hijo del señor me pidió que no llamáramos al tránsito y que arregláramos directamente lo que no acepte, llego el tránsito y realizo las respectivas boletas. Acudí al INS y me valoraron en un dispensario médico en donde el Doctor me diagnostico solamente golpes leves y traumas por lo que me incapacito por 15 días, estando en la incapacidad el señor siguió insistiendo que arregláramos y como yo tenía mi moto algo dañada y el doctor me indico que solo tenía golpes leves, la mande donde el mecánico para que me valorara los gastos de reparación que eran 290.000.00 el señor acepto hacerme la reparación y fuimos a donde un notario a realizar el arreglo el notario indico en el documento que me estaba pagando los daños materiales, así como indemnización por los daños físicos sufridos, que se solicita al juzgado respectivo homologar el presente acuerdo conciliatorio y extinguida la acción penal, en consecuencia se eximen recíprocamente de toda responsabilidad civil, económica y penal, se autorizan recíprocamente a efecto de presentar este acuerdo conciliatorio ante autoridad judicial competente y solicitar la homologación respectiva. Pues días después de que se me termino la incapacidad y habiendo firmado ese arreglo, seguí con los dolores que no se me quitaban y volví a realizar un reapertura en el INS me mandaron a realizar un TAC y me salió una lesión que amerito operarme y a la fecha tengo una discapacidad permanente por lo ocurrido, por lo que llame al señor y le indique que yo iría a la fiscalía a continuar con el proceso y me dijo que lamentablemente para mí no podía hacer nada porque ya habíamos realizado un arreglo. En la actualidad el proceso está en la etapa preliminar ya que asistí a la audiencia preliminar y estoy en espera de la resolución de la misma. La consulta es que si un notario tiene el poder suficiente para hacer este tipo de arreglos y además si el documento que firme me limita a mis derechos civiles en la actualidad ya que yo no actué en mala fe si no que confié en la primer valoración médica, además de que lo que habíamos arreglado era el asunto material de la moto. Espero sus comentarios y recomendaciones muchas gracias.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Accidente con una moto

hola no se como montar un nuevo tema así que les contacto por este medio y les explico mi problema
hoy 01/01/2013 a las 3 pm tuve un accidente de transito yo manejaba una miniban toyota ace estaba en un establecimiento de compras algo parecido a un super el lugar tiene parque pero por lo general esta lleno así que parquie en la orilla de la calle mientras asía mis compras cuando regrese me monte al vehículo puse direccional vi que no viniera ningún otro vehículo en la vía que deseaba entrar metí la trompa del auto a la vía tuve que esperar como 10 segundos a que un auto que venia en la vía contraria pasara ya que esa era mi intención regresar me por donde bine mientras esperaba toda mi atención estaba en el auto que yo estaba esperando que pasara de pronto escuche un chillido de llantas era una moto pistera que freno como a los 10 mts pero no pudro frenar y me choco en la puerta del lado del chófer el muchacho traía casco por lo que no le paso mas que golpes sin embargo los daños fueron costosos el trafico no nos dijo nada solo tomo medidas nos entrego un papel y nos pidió quitar los vehículos de la vía ahora como no se nada yo no hice nada solo me vine para la casa pero no se que va a pasar lo mas seguro sera ir a juicio donde el juez con los datos de choque dictamine un responsable una cosa mas mi auto esta al día y no tiene póliza y el de la moto no tiene rebicion técnica ni marchamo de este año y tampoco póliza ahora no se cuales sean las consecuencias agradecería una inducción gracias
 
Re

En este caso debiera haber habido una audiencia con las partes y el juez para poder realizar la conciliación, así me sucedió a mi, hubo una audiencia preliminar antes de irnos a juicio y logramos conciliar a través de una póliza que le tiene el señor al carro. En este caso seria bueno que busque la ayuda legal porque lo que esta raro es que un abogado hiciera un acuerdo conciliatorio, entiendo que debe estar homologado por un juez.!!!
 
Indeminizacion por daño corporal - accidente de transito

Buenas tardes, mis dos hermanas se transportaban en una bicicleta cuando fueron atropelladas, una de ellas falleció la otra se encuentra actualmente en el hospital esta ultima tiene un gasto por servicios medicos a la fecha de mas de un millon de colones ya que las lesiones fueron graves, y mi otra hermana ya fue trasladado su cuerpo hasta nuestro pais, ya que somos extranjeras, ninguna de ellas tiene seguro, el conductor actualmente esta detenido, y ha manifestado llegar a un acuerdo extrajudicial, mi pregunta es la siguiente: Cuales son los pasos a seguiir para que efectivamente el conductor pague todos los daños? Agrego a esto que el auto del conductor tiene poliza. El conductor iba en estado de ebriedad.- Muchas gracias
 
Buenas tardes, mis dos hermanas se transportaban en una bicicleta cuando fueron atropelladas, una de ellas falleció la otra se encuentra actualmente en el hospital esta ultima tiene un gasto por servicios medicos a la fecha de mas de un millon de colones ya que las lesiones fueron graves, y mi otra hermana ya fue trasladado su cuerpo hasta nuestro pais, ya que somos extranjeras, ninguna de ellas tiene seguro, el conductor actualmente esta detenido, y ha manifestado llegar a un acuerdo extrajudicial, mi pregunta es la siguiente: Cuales son los pasos a seguiir para que efectivamente el conductor pague todos los daños? Agrego a esto que el auto del conductor tiene poliza. El conductor iba en estado de ebriedad.- Muchas gracias

Aquí hay que determinar varias cosas:

1) Si la aseguradora que emitió la póliza del vehículo involucrado, de hecho cubre un acto doloso (culposo) por cuanto el conductor estaba ebrio. Algunas aseguradoras tienen coberturas "opcionales" para esos casos, pero la regla general, es que si el conductor estaba ebrio (y comprobado), la póliza no lo cubre.

2) Una vez teniendo la certeza de que la póliza del automóvil SI CUBRE la responsabilidad CIVIL del accidente, entonces obligatoriamente debe contactar a la Aseguradora y exponerle el caso. El asegurado NO PUEDE HACER ARREGLOS EXTRAJUDICIALES sin el conocimiento y aprobación de la aseguradora. El hacerlo automáticamente anula cualquier cobertura que hubiera amparado el evento.

3) Recuerde que cualquier arreglo judicial o extrajudicial se hará sobre materia civil exclusivamente. Eso significa que se tratarán asuntos de carácter monetario para el pago de daños y perjuicios. Esto no exime al conductor de su responsabilidad penal, que bien podría ser condenado a carcel, aún existiendo arreglos en la parte civil.
 

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