Yo no le tendria mucha fe al asunto, maxime que uno siempre paga dicho seguro obligatorio todos los putos años, y siempre me he preguntado: que cubre este seguro?
como todos sabemos, siempre el seguro obligatorio del vehículo se a pagado al INS, pero ahora que ya entraron aseguradoras en que punto queda esto, uno puede escoger si el INS o las otras.
ahí perdonen la ignorancia.
Acabo de preguntarle a mi cuñada que es abogada en el INS y supuestamente la apertura si incluye la posibilidad de escoger pero según me explicó aún no se ha reformado la ley al respecto o está a punto de serlo.
Acabo de preguntarle a mi cuñada que es abogada en el INS y supuestamente la apertura si incluye la posibilidad de escoger pero según me explicó aún no se ha reformado la ley al respecto o está a punto de serlo.
Sin entrar en discusiones ni nada por el estilo pues no conozco el tema a fondo pero si la ley de apertura de seguros lo estipula y en el mismo INS se está hablando de estrategias para atraer clientes no veo como se pueda evitar dicho cambio.No lo van a hacer... porque precisamente de los miles y miles de millones que recauda el INS, es que se nutre el gobierno para hacer uso de fondos y jinetearlos en gastos de representación etc. Recordemos que el INS es una de las cajas chicas del gobierno central, la otra es el sector de telecomunicaciones del ICE.
No lo van a hacer... porque precisamente de los miles y miles de millones que recauda el INS, es que se nutre el gobierno para hacer uso de fondos y jinetearlos en gastos de representación etc. Recordemos que el INS es una de las cajas chicas del gobierno central, la otra es el sector de telecomunicaciones del ICE.
Sin entrar en discusiones ni nada por el estilo pues no conozco el tema a fondo pero si la ley de apertura de seguros lo estipula y en el mismo INS se está hablando de estrategias para atraer clientes no veo como se pueda evitar dicho cambio.
Buena info Rexton, pero para que sirve dicho seguro?
No estoy en contra del INS, todo lo contrario, siempre me han dado buena atencion, pero nunca he sabido para que sirve dicho seguro.
con gusto berserker. Aunque el término "obligatorio" lo puede asimilar al seguro que pagamos a la CCSS funciona diferente. El tema vá mas bien por la siniestralidad. Los accidentes de tránsito producen una demanda altisima de los servicios médicos y de rehabilitación de pacientes. De ahí que sea un seguro que se debe pagar por aparte de la CCSS. Si una persona sufre un accidente de tránsito, es pasado al hospital de la CCSS y de ahí en cuanto el paciente entra en fase de recuperación, si sobrevive por supuesto, lo pasan al INS, con la epicrisis y obviamente la caja le pasa la factura al INS para cobrarle desde que UD entró a emergencias hasta la ambulancia que lo trasladó al INS. Lo malo es que tiene un límite muy bajo por persona y por accidente. Si mal no recuerdo, actualmente está en un límite de 6 millones por persona pero una cirugía de patela por ejemplo cuesta 3.5 millones. Con lo que queda Ud tiene que jugarsela para sobrevivir el tiempo que esté incapacitado, porque inmediatamente lo sacan del régimen de planillas que el patrono debe reportar mes a mes. De ahí le cobran el traslado en ambulancia, las sesiones de rehabilitación que Ud recibe durante el período que el Doctor le ordene. Pero ojo ahi.... porque cuando la cuenta llegue a 0.. esté o no recuperado, lo devuelven a la CCSS. Ahi es donde se complica porque Ud entra en un control médico jamas va a ser igual al que recibía en el INS donde le hacen masajes etc, ahi le dan de lo que haya y punto. En resumen. El SOA sirve para accidentes con golpecillos leves. Pongamosle atención a lo que va a pasar con el accidente del bus de TUASA y la muerte de dos personas... Si no es por una demanda penal contra la empresa, esa familia no agarra mas que 12 millones de colones y se acabó.
con gusto berserker. Aunque el término "obligatorio" lo puede asimilar al seguro que pagamos a la CCSS funciona diferente. El tema vá mas bien por la siniestralidad. Los accidentes de tránsito producen una demanda altisima de los servicios médicos y de rehabilitación de pacientes. De ahí que sea un seguro que se debe pagar por aparte de la CCSS. Si una persona sufre un accidente de tránsito, es pasado al hospital de la CCSS y de ahí en cuanto el paciente entra en fase de recuperación, si sobrevive por supuesto, lo pasan al INS, con la epicrisis y obviamente la caja le pasa la factura al INS para cobrarle desde que UD entró a emergencias hasta la ambulancia que lo trasladó al INS. Lo malo es que tiene un límite muy bajo por persona y por accidente. Si mal no recuerdo, actualmente está en un límite de 6 millones por persona pero una cirugía de patela por ejemplo cuesta 3.5 millones. Con lo que queda Ud tiene que jugarsela para sobrevivir el tiempo que esté incapacitado, porque inmediatamente lo sacan del régimen de planillas que el patrono debe reportar mes a mes. De ahí le cobran el traslado en ambulancia, las sesiones de rehabilitación que Ud recibe durante el período que el Doctor le ordene. Pero ojo ahi.... porque cuando la cuenta llegue a 0.. esté o no recuperado, lo devuelven a la CCSS. Ahi es donde se complica porque Ud entra en un control médico jamas va a ser igual al que recibía en el INS donde le hacen masajes etc, ahi le dan de lo que haya y punto. En resumen. El SOA sirve para accidentes con golpecillos leves. Pongamosle atención a lo que va a pasar con el accidente del bus de TUASA y la muerte de dos personas... Si no es por una demanda penal contra la empresa, esa familia no agarra mas que 12 millones de colones y se acabó.